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Ley antilavado: qué obliga, a quién y desde cuándo

Por Deepak Middha, fundador y autor de calcu.mxÚltima revisión normativa el 30 de septiembre de 2026

La ley antilavado —su nombre es LFPIORPI— no castiga el lavado de dinero: obliga a identificar y reportar ciertas operaciones para que la autoridad pueda detectarlo. Castigarlo es del artículo 400 Bis del Código Penal Federal, que es otra cosa.

Lo que hay que saber

  • El 30 de noviembre de 2026 entra el Acuerdo, no todo lo que contiene. Su transitorio Primero dice «salvo las excepciones previstas en los siguientes artículos transitorios», y hay cuatro fechas más: marzo de 2027, junio de 2027 y el ejercicio 2028.
  • Desde 2025 obliga a sociedades que no hacen nada vulnerable. Cualquier sociedad mercantil debe determinar quién es su beneficiario controlador. Es la ampliación más grande de la reforma y la menos comentada.
  • La conservación es de diez años, no de cinco. La reforma la subió. Es «por al menos» diez años y excluye a la fracción XIV del artículo 17.
  • El efectivo tiene una prohibición, no un impuesto. Ocho mil veinticinco veces la UMA para inmuebles y 3,210 para casi todo lo demás: $941,412.75 y $376,565.10.
  • Son diecisiete actividades vulnerables, aunque se numeren hasta la XVI. La reforma añadió la V Bis.

Esto no es asesoría legal. Es una guía de referencia con el texto de la ley, las fechas de sus transitorios y las cuentas hechas. Esta materia tiene exposición penal, y si una operación concreta encaja o no en un supuesto es una valoración que corresponde a quien firma el expediente. Vigente a septiembre de 2026.

¿Qué es el lavado de dinero y qué es la ley antilavado?

El lavado de dinero es dar apariencia lícita a recursos de procedencia ilícita, y quien lo comete responde por el artículo 400 Bis del Código Penal Federal. La ley antilavado es otra cosa: no tipifica ese delito, impone deberes de identificación y reporte para que pueda detectarse.

Su nombre completo es Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, publicada el 17 de octubre de 2012. La reforma que lo cambió casi todo se publicó el 16 de julio de 2025 y entró en vigor al día siguiente. Y las reglas que la desarrollan —las de carácter general— se reformaron por el Acuerdo 115/2026, publicado el 7 de agosto de 2026. Esos tres textos son el régimen completo: la ley dice qué, el reglamento y las reglas dicen cómo, y los transitorios dicen desde cuándo.

¿Quién está obligado a cumplir la ley antilavado?

Cuatro grupos, y no con las mismas obligaciones. Quien realiza una actividad vulnerable cumple el régimen completo del artículo 18. Las entidades financieras se rigen por otra sección y por sus propios supervisores. Las sociedades mercantiles tienen desde 2025 un deber propio. Y las entidades colegiadas avisan por sus agremiados.

Los cuatro grupos a los que obliga la LFPIORPI, con su fundamento y si les aplica el régimen del artículo 18
Quien realiza una Actividad VulnerableLas diecisiete fracciones del artículo 17: desde una joyería o una inmobiliaria hasta un notario, una agencia aduanal o una plataforma de activos virtuales. Es el régimen completo del artículo 18.Sección Segunda del Capítulo III, arts. 17 a 19Sí, completo
Las Entidades FinancierasSus actos, operaciones y servicios se consideran Actividades Vulnerables, pero se rigen por la Sección Primera y por las leyes que las regulan, con sus propios supervisores. No presentan los Avisos del artículo 17 ni cumplen el artículo 18.Sección Primera del Capítulo III, arts. 14 a 16No
Las sociedades mercantiles, aunque no realicen ninguna actividad vulnerableDesde la reforma de 2025 deben determinar quién es su beneficiario controlador, conservar la información que lo soporte y registrarla en el sistema electrónico de la Secretaría de Economía. Es la ampliación más grande de la reforma y la que menos se comenta.Capítulo IV Bis, arts. 33 Bis y 33 Ter (adicionados DOF 16-07-2025)No
Las Entidades ColegiadasAgrupaciones a las que quienes realizan actividades vulnerables pueden acudir para presentar sus Avisos en conjunto, cumpliendo los requisitos del artículo 27.Arts. 26 y 27Sí, completo

La confusión más común está en la segunda fila. Las entidades financieras sí están en la ley —el artículo 14 dice que sus actos se consideran actividades vulnerables— pero por la Sección Primera, que las remite a las leyes que las regulan. No presentan los avisos del artículo 17 ni cumplen el artículo 18. Y la tercera fila es la novedad que más gente pasa por alto: una sociedad mercantil que no realiza ninguna actividad vulnerable tiene, aun así, el deber de identificar a su beneficiario controlador.

¿Cuáles son las modificaciones a la ley antilavado para 2026?

Hay que separar dos instrumentos. La reforma a la ley es de julio de 2025 y ya rige. Lo de 2026 es el Acuerdo 115/2026, publicado el 7 de agosto: son las reglas de carácter general, entran en vigor el 30 de noviembre de 2026 y son las que ponen fecha a las obligaciones nuevas.

De la reforma de 2025 a la primera auditoría de 202816 jul 2025: Decreto de reforma a la LFPIORPI; 17 jul 2025: Entrada en vigor de la reforma; 7 ago 2026: Acuerdo 115/2026; 30 nov 2026: Entrada en vigor del Acuerdo; 1 mar 2027: Capítulos III Bis, III Ter y III Quinquies; 1 jun 2027: Mecanismos automatizados; 1 ene 2028: Primera auditoría. El Acuerdo entra en vigor el 30 de noviembre de 2026, pero sus capítulos escalonados tienen fechas propias en 2027 y 2028.La ley delegó; el Acuerdo fechóEl 30 de noviembre de 2026 entra el Acuerdo, no todas sus obligaciones20262027202816 jul 2025Decreto de reforma a la …17 jul 2025Entrada en vigor de la r…7 ago 2026Acuerdo 115/202630 nov 2026Entrada en vigor del Acu…1 mar 2027Capítulos III Bis, III T…1 jun 2027Mecanismos automatizados1 ene 2028Primera auditoría
La reforma de julio de 2025 no fechó las fracciones VII a XI del artículo 18: su transitorio Tercero las dejó «en los plazos que establezcan las reglas de carácter general». Esas reglas son el Acuerdo 115/2026, y son sus transitorios los que ponen las fechas de 2027 y 2028. Por eso el 30 de noviembre de 2026 es la entrada en vigor del Acuerdo y no la de todo lo que contiene.
Línea de tiempo del régimen antilavado: fecha, instrumento, qué cambia y el fundamento de cada fecha
16 de julio de 2025Decreto de reforma a la LFPIORPISe publica en el DOF la reforma que crea el Capítulo IV Bis (beneficiario controlador), baja el umbral de control al 25% y sube la conservación a diez años.DOF 16-07-2025
17 de julio de 2025Entrada en vigor de la reformaLa reforma entra en vigor al día siguiente de su publicación. Desde esta fecha corre el plazo de conservación de diez años.Transitorio Primero del Decreto
7 de agosto de 2026Acuerdo 115/2026Se publican las modificaciones a las Reglas de Carácter General: once capítulos nuevos, entre ellos el del beneficiario controlador, el enfoque basado en riesgo y la auditoría.DOF 07-08-2026, firmado el 24-07-2026
30 de noviembre de 2026Entrada en vigor del AcuerdoEntra en vigor el Acuerdo, salvo las excepciones de sus propios transitorios.Transitorio Primero del Acuerdo 115/2026
1 de marzo de 2027Capítulos III Bis, III Ter y III QuinquiesSe aplican a los actos u operaciones realizados a partir de esta fecha: entre ellos la prelación para identificar al beneficiario controlador. También desde aquí deben estar la evaluación de riesgo y el Manual con su metodología.Transitorios Segundo, Tercero, Cuarto y Sexto del Acuerdo
1 de junio de 2027Mecanismos automatizadosDeben existir los mecanismos automatizados del Capítulo XIII, con la información de las operaciones realizadas a partir de esa fecha.Transitorio Noveno del Acuerdo
1 de enero de 2028Primera auditoríaInicia el primer periodo de revisión de auditoría, que concluye el 31 de diciembre de 2028.Transitorio Octavo del Acuerdo

El mecanismo que explica la tabla está en el transitorio Tercero del decreto de 2025: las fracciones VII a XI del artículo 18 —riesgo, manual, capacitación, monitoreo y auditoría— se dejaron expresamente «en los plazos que para tal efecto establezcan las reglas de carácter general». Por eso la reforma pudo entrar en vigor en 2025 con cinco obligaciones sin fecha, y por eso el Acuerdo de 2026 es el que las fecha.

Qué me aplica hoy

El régimen está escalonado hasta 2028, así que «¿ya me aplica?» tiene once respuestas distintas. Ésta las separa con la fecha de tu equipo y cita el transitorio de cada una.

¿Qué obligaciones me aplican hoy?

Las doce obligaciones del artículo 18, con la fecha desde la que rige cada una y el transitorio que la fija. Se calcula en tu navegador, con la fecha de tu equipo.

  • Fr. I · Identificar y conocer a la persona clienteVerificar su identidad con documentos de reconocimiento oficial y recabar copia.Rige desde el 17 de julio de 2025. Art. 18 fr. I (reformada DOF 16-07-2025); transitorio Primero del decreto
  • Fr. II · Preguntar la actividad u ocupaciónCuando se establece una relación de negocios, apoyándose en los avisos del RFC.Rige desde el 17 de julio de 2025. Art. 18 fr. II (reformada DOF 16-07-2025)
  • Fr. III · Identificar al beneficiario controladorDe la persona moral cliente; y de la persona física, su declaración de si lo conoce.Rige desde el 17 de julio de 2025. Art. 18 fr. III (reformada DOF 16-07-2025)
  • Fr. IV · Conservar la documentación diez añosPor al menos diez años desde la operación, con una excepción: la fracción XIV del artículo 17.Rige desde el 17 de julio de 2025. Art. 18 fr. IV (reformada DOF 16-07-2025)
  • Fr. IV Bis · Darse de alta en el PadrónAlta, registro, modificación y baja por el Portal en Internet.Rige desde el 17 de julio de 2025. Art. 18 fr. IV Bis (adicionada DOF 16-07-2025)
  • Fr. V · Dar facilidades a las visitas de verificaciónEn los términos de la Ley, su Reglamento y las reglas de carácter general.Rige desde el 17 de julio de 2025. Art. 18 fr. V (reformada DOF 16-07-2025)
  • Fr. VI · Presentar los Avisos, y el de 24 horas por sospechaLos Avisos ordinarios; y si hay sospecha, uno dentro de las 24 horas siguientes, aunque la operación no se haya celebrado.Rige desde el 17 de julio de 2025. Art. 18 fr. VI (reformada DOF 16-07-2025)
  • Fr. VII · Evaluación con enfoque basado en riesgosIdentificar, analizar, entender y mitigar los riesgos propios y los de la clientela.Rige desde el 1 de marzo de 2027. Art. 18 fr. VII (adicionada 2025); transitorio Segundo del Acuerdo 115/2026
  • Fr. VIII · Manual de Políticas InternasCon los criterios y procedimientos de cumplimiento, incluida la detección de personas políticamente expuestas.Rige desde el 1 de marzo de 2027. Art. 18 fr. VIII (adicionada 2025); transitorio Tercero del Acuerdo 115/2026
  • Fr. IX · Selección de personal y capacitación anualProcesos de selección desde marzo de 2027; el primer periodo anual de capacitación es el año 2027 completo.Rige desde el 1 de enero de 2027. Art. 18 fr. IX (adicionada 2025); transitorios Sexto y Séptimo del Acuerdo 115/2026
  • Fr. X · Mecanismos automatizados de monitoreoMonitoreo permanente para detectar lo que sale del perfil transaccional y lo que deba acumularse por el penúltimo párrafo del artículo 17.Rige desde el 1 de junio de 2027. Art. 18 fr. X (adicionada 2025); transitorio Noveno del Acuerdo 115/2026
  • Fr. XI · Auditoría de cumplimientoInterna o externa según el riesgo; el primer periodo de revisión es el año 2028 completo.Rige desde el 1 de enero de 2028. Art. 18 fr. XI (adicionada 2025); transitorio Octavo del Acuerdo 115/2026

Las fechas salen de los transitorios del decreto del 16 de julio de 2025 y del Acuerdo 115/2026, citados en cada renglón. Que una obligación «ya aplique» no dice cómo se cumple: eso es materia de la página de obligaciones. Esto no es asesoría legal.

¿Cuánto efectivo permite la ley antilavado?

Depende de qué se compre, y no es un impuesto sino una prohibición. El artículo 32 prohíbe liquidar o pagar en efectivo por encima de cada umbral, y la prohibición alcanza a las dos partes: a quien paga y a quien acepta el pago.

Límites de pago en efectivo del artículo 32 de la LFPIORPI, en UMA y en pesos de 2026
IConstitución o transmisión de derechos reales sobre bienes inmuebles8,025 UMA$941,412.75
IITransmisión de propiedad o constitución de derechos reales sobre vehículos aéreos, marítimos o terrestres, nuevos o usados3,210 UMA$376,565.10
IIITransmisión de propiedad de relojes, joyería, metales y piedras preciosas —por pieza o por lote— y de obras de arte3,210 UMA$376,565.10
IVAdquisición de boletos para juegos con apuesta, concursos o sorteos, y la entrega o pago de premios3,210 UMA$376,565.10
VServicios de blindaje para vehículos o para bienes inmuebles3,210 UMA$376,565.10
VITransmisión de dominio o constitución de derechos sobre títulos representativos de partes sociales o acciones3,210 UMA$376,565.10
VIIConstitución de derechos personales de uso o goce sobre inmuebles, vehículos o bienes blindadosEste umbral es MENSUAL: la ley dice «tres mil doscientas diez veces el valor diario de la UMA, mensuales».3,210 UMA$376,565.10

Tres precisiones. La prohibición cubre monedas y billetes en pesos o en divisas y también los metales preciosos, y aplica «aun cuando la liquidación o el pago se realice en efectivo por conducto de una Entidad Financiera». Todos los umbrales son «igual o superior»: la cifra exacta ya está dentro. Y la fracción VIII, la consignación de pago, no tiene umbral propio: toma el de la fracción con la que se relacione.

Esto no es lo mismo que el impuesto sobre los depósitos en efectivo: ese umbral es fiscal, lo fija la Ley del Impuesto sobre la Renta y obliga al banco a informar, no prohíbe nada. Aquí no hay impuesto: hay una conducta prohibida, y participar en ella es una de las infracciones más caras de la ley.

¿Cuántos años hay que conservar la documentación?

Diez años, y conviene decirlo con precisión porque circula mucho la cifra anterior. La fracción IV del artículo 18, reformada el 16 de julio de 2025, dice «por al menos un plazo de diez años contado a partir de la fecha de la realización de la Actividad Vulnerable».

  • Es un mínimo, no un plazo fijo: la ley dice «por al menos».
  • Excluye a la fracción XIV del artículo 17, la del comercio exterior. Es la única excepción del párrafo.
  • El plazo se interrumpe si se promueve un recurso o un juicio, y se reinicia cuando la resolución definitiva queda firme.
  • Cuenta desde la operación, no desde el cierre del ejercicio.

Fundamento: LFPIORPI art. 18, fr. IV (reformada DOF 16-07-2025). La documentación se conserva de manera física o electrónica en el domicilio registrado ante la Secretaría para ese efecto.

Las páginas de este tema

Una obligación por página, para que ninguna repita a otra. Éstas son las que ya están publicadas:

En preparación, y en este orden: las obligaciones del Acuerdo 115/2026, las personas políticamente expuestas y las sanciones. Mientras tanto, el resto de las obligaciones de una empresa está en la sección para empresas, el valor con el que se convierten todos estos umbrales en la UMA y su serie en el INPC, y las dudas de trámite las atiende el chat del SAT. Si la actividad es la compraventa de metales, los umbrales concretos y su lado fiscal están en monedas de oro y plata; si es el alquiler, en arrendamiento.

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Preguntas frecuentes sobre la ley antilavado

¿Qué es la ley antilavado y cómo se llama en realidad?

Su nombre es Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, que se abrevia LFPIORPI. Se publicó el 17 de octubre de 2012 y su reforma más importante se publicó el 16 de julio de 2025. No castiga el lavado de dinero —eso lo hace el artículo 400 Bis del Código Penal Federal—: lo que hace es obligar a identificar y reportar ciertas operaciones para que la autoridad pueda detectarlo. Son dos cosas distintas que suelen confundirse: una impone deberes administrativos, la otra tipifica un delito.

¿Quién está obligado a cumplir la ley antilavado?

Cuatro grupos, y no con las mismas obligaciones. Primero, quien realiza alguna de las diecisiete actividades vulnerables del artículo 17: ése cumple el régimen completo del artículo 18. Segundo, las entidades financieras, cuyos actos también son actividades vulnerables pero se rigen por la Sección Primera y por sus propios supervisores, sin presentar los avisos del artículo 17. Tercero, y es lo nuevo desde 2025, cualquier sociedad mercantil aunque no realice ninguna actividad vulnerable: debe determinar quién es su beneficiario controlador y registrarlo. Cuarto, las entidades colegiadas que presentan avisos en representación de sus agremiados.

¿Cuánto efectivo permite la ley antilavado?

Depende de qué se compre, y el límite no es un impuesto sino una prohibición. El artículo 32 prohíbe liquidar o pagar en efectivo —monedas y billetes, en pesos o en divisas, y metales preciosos— la constitución o transmisión de derechos reales sobre inmuebles por 8,025 veces la UMA o más, y por 3,210 veces la UMA o más los vehículos, la joyería y las obras de arte, los boletos y premios de juegos con apuesta, el blindaje, las acciones y partes sociales, y el arrendamiento medido por mes. Con la UMA de 2026, que es de 117.31 pesos diarios, son 941,412.75 y 376,565.10 pesos. La prohibición aplica aunque el pago se haga por conducto de una entidad financiera.

¿Cuáles son las modificaciones a la ley antilavado para 2026?

Hay que separar dos instrumentos. La reforma a la ley se publicó el 16 de julio de 2025 y entró en vigor al día siguiente: creó el capítulo del beneficiario controlador, añadió la fracción V Bis al catálogo de actividades vulnerables, subió la conservación de documentos a diez años, bajó de 16,000 a 8,000 veces la UMA el umbral de aviso del notario y añadió cinco obligaciones nuevas al artículo 18. Lo de 2026 es el Acuerdo 115/2026, publicado el 7 de agosto de 2026, que son las reglas de carácter general: entra en vigor el 30 de noviembre de 2026 y es el que pone fecha a esas cinco obligaciones nuevas, escalonadas hasta 2028.

¿Cuántos años hay que conservar la documentación de una actividad vulnerable?

Diez años, y conviene ser preciso porque circula mucho la cifra anterior. La fracción IV del artículo 18, reformada el 16 de julio de 2025, dice «por al menos un plazo de diez años contado a partir de la fecha de la realización de la Actividad Vulnerable». Tres detalles que suelen perderse: es un mínimo, no un plazo fijo; excluye expresamente a la fracción XIV del artículo 17, la del comercio exterior; y el plazo se interrumpe si se promueve algún recurso o juicio, y se reinicia cuando la resolución definitiva queda firme.

¿Qué pasa el 30 de noviembre de 2026?

Entra en vigor el Acuerdo 115/2026, que reforma las reglas de carácter general de la ley. Lo que no ocurre ese día es que entren en vigor todas sus obligaciones: su transitorio Primero dice «salvo las excepciones previstas en los siguientes artículos transitorios», y esas excepciones son varias. La evaluación de riesgos, el manual con su metodología y el capítulo del beneficiario controlador aplican a los actos realizados desde el 1 de marzo de 2027; los mecanismos automatizados de monitoreo, desde el 1 de junio de 2027; y el primer periodo de auditoría es el año 2028 completo.

Fuentes oficiales y referencias

Consulta fuentes oficiales o un profesional antes de tomar decisiones fiscales, laborales, legales o financieras.

Las fechas y los importes de esta página se leyeron el 30 de septiembre de 2026 del texto consolidado de la Cámara de Diputados y de la nota del Diario Oficial del Acuerdo 115/2026. Cada fecha de la tabla cita el transitorio que la fija, porque es justo ahí donde se equivocan los resúmenes: dan el 30 de noviembre de 2026 como fecha única de un régimen que en realidad tiene cinco. Vigente a septiembre de 2026.

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