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Actividades vulnerables: las 17 fracciones del artículo 17 y sus umbrales

Por Deepak Middha, fundador y autor de calcu.mxÚltima revisión normativa el 30 de septiembre de 2026

Las actividades vulnerables son las operaciones que el artículo 17 de la Ley Antilavado obliga a identificar y, por encima de un monto mayor, a reportar. Son dos obligaciones con dos umbrales distintos, y confundirlas es el error más caro de esta materia.

Lo que hay que saber

  • Son diecisiete, no dieciséis. La ley numera de la I a la XVI, pero la reforma de julio de 2025 añadió la V Bis. Diecisiete supuestos con dieciséis números romanos.
  • Dos umbrales, no uno. Uno para identificar e integrar expediente y otro, más alto, para el Aviso. Las tablas de una sola columna convierten el segundo en el primero.
  • Hay fracciones sin umbral de entrada. Una inmobiliaria identifica desde el primer peso; el umbral de 8,025 UMA sólo decide cuándo además avisa.
  • El notario avisa desde 8,000 UMA, no desde 16,000. La reforma lo bajó a la mitad. La tabla publicada en el portal de prevención de lavado de dinero sigue mostrando la cifra anterior.
  • Seis meses suman. Una suma acumulada en seis meses por encima del umbral del Aviso podrá considerarse sujeta a esa obligación. La ley dice «podrá», no «deberá».

Esto no es asesoría legal. Es el texto del artículo 17 con los montos convertidos a pesos y la aritmética a la vista. Si una operación queda cerca de un umbral, o si encaja en más de una fracción, la decisión y su documentación corresponden a quien firma el expediente. Vigente a septiembre de 2026.

¿Qué actividades son vulnerables según el artículo 17 y desde qué monto?

Cada fracción tiene su propio umbral y muchas tienen dos: uno a partir del cual hay que identificar al cliente e integrar expediente, y otro, más alto, a partir del cual además hay que presentar Aviso. Los umbrales están escritos en veces la UMA, así que su equivalente en pesos cambia cada 1 de febrero.

Dos actividades vulnerables, dos escaleras de obligación distintasEn joyería, fracción VI, la obligación de identificar empieza en $94,435, el Aviso en $188,283 y la prohibición de cobrar en efectivo en $376,565: tres escalones separados y bajos. En construcción e intermediación inmobiliaria, fracción V, no hay escalón de entrada —se identifica desde el primer peso— y el Aviso y la prohibición de efectivo caen juntos en $941,413.La misma operación, dos escaleras distintasEje de pesos, de 0 a $1,000,000, con la UMA de 2026Joyeríafracc. VIidentificar$94,435+ avisar$188,283+ sin efectivo$376,565Inmobiliariafracc. Vse identifica desde el primer peso+ avisar y sin efectivo$941,413$0$250k$500k$750k$1000kDos formas
La joyería tiene tres escalones separados y por debajo del primero no hay obligación. La inmobiliaria no tiene escalón de entrada —integra expediente desde el primer peso— y sus otros dos caen en el mismo importe. Quien lee una tabla de una sola columna se lleva la idea contraria: que por debajo del Aviso nunca hay nada que hacer.

¿Cuáles son las actividades vulnerables?

Las diecisiete fracciones del artículo 17, con sus dos umbrales en veces la UMA y convertidos a pesos con la UMA de 2026, que es de $117.31 diarios. Donde la columna de identificación dice «desde el primer peso», la fracción no tiene umbral de entrada: la obligación de integrar expediente no espera a ninguna cifra.

Las 17 actividades vulnerables del artículo 17 de la LFPIORPI, con su umbral de identificación y su umbral de Aviso en UMA y en pesos de 2026
IJuegos con apuesta, concursos y sorteos325 UMA · $38,125.75645 UMA · $75,664.95Por operación
II a)Tarjetas de servicios o de crédito805 UMA · $94,434.551,285 UMA · $150,743.35Mensual
II b)Tarjetas prepagadas645 UMA · $75,664.95645 UMA · $75,664.95Por operación
II c)Instrumentos de almacenamiento de valor monetario645 UMA · $75,664.95645 UMA · $75,664.95Por operación
IIICheques de viajeroDesde el primer peso645 UMA · $75,664.95Por operación
IVPréstamos, créditos, mutuo y garantíasDesde el primer peso1,605 UMA · $188,282.55Por operación
VConstrucción, desarrollo e intermediación inmobiliariaDesde el primer peso8,025 UMA · $941,412.75Por operación
V BisRecepción de recursos para un desarrollo inmobiliarionueva 2025Desde el primer peso8,025 UMA · $941,412.75Por operación
VIMetales y piedras preciosas, joyas y relojes (monedas de oro y plata)805 UMA · $94,434.551,605 UMA · $188,282.55Por operación
VIIObras de arte2,410 UMA · $282,717.104,815 UMA · $564,847.65Por operación
VIIIVehículos aéreos, marítimos y terrestres3,210 UMA · $376,565.106,420 UMA · $753,130.20Por operación
IXBlindaje de vehículos e inmuebles2,410 UMA · $282,717.104,815 UMA · $564,847.65Por operación
XTraslado o custodia de dinero o valoresDesde el primer peso3,210 UMA · $376,565.10Por operación
XIServicios profesionales independientesDesde el primer pesoSiemprePor operación
XII-AFe pública — notariosDesde el primer peso8,000 UMA · $938,480.00Por operación
XII-BFe pública — corredores públicosDesde el primer peso8,025 UMA · $941,412.75Por operación
XIIIDonativos a asociaciones sin fines de lucro1,605 UMA · $188,282.553,210 UMA · $376,565.10Por operación
XIVComercio exterior (agencias y agentes aduanales)Desde el primer pesoSiemprePor operación
XVArrendamiento de inmuebles (arrendamiento)1,605 UMA (superior a) · $188,282.553,210 UMA · $376,565.10Mensual
XVIActivos virtualesDesde el primer peso210 UMA · $24,635.10Por operación

El archivo lleva la nota metodológica y la fuente de cada cifra. Se arma en tu navegador: no pasa por ningún servidor.

Calcula si una operación cruza el umbral

Elige la fracción y escribe el monto. La calculadora responde por separado a las tres preguntas —identificar, avisar, cobrar en efectivo— porque son tres obligaciones distintas con tres umbrales distintos.

¿Esta operación obliga a identificar, a avisar o las dos cosas?

Se calcula en tu navegador: el monto y la actividad que escribas no salen de esta pestaña. Los umbrales están en UMA y se convierten con el valor vigente.

Identificar e integrar expediente

Sí

Umbral: 805 UMA (igual o superior a) = $94,434.55

Presentar Aviso

No

Umbral: 1,605 UMA = $188,282.55

Pago en efectivo (artículo 32)

Permitido en efectivo

Transmisión de propiedad de relojes, joyería, metales y piedras preciosas —por pieza o por lote— y de obras de arte: desde 3,210 UMA = $376,565.10. La prohibición alcanza monedas y billetes, en pesos o en divisas, y metales preciosos, aunque el pago se haga por conducto de una entidad financiera.

Fracción VI. Se exceptúan las operaciones en las que interviene el Banco de México.

Los umbrales son los del texto vigente de la LFPIORPI tras la reforma del 16 de julio de 2025. No es asesoría legal: si la operación está cerca de un umbral, o si la actividad encaja en más de una fracción, la decisión y su documentación corresponden a quien firma el expediente.

¿Qué pasa si varias operaciones pequeñas suman más que el umbral?

El penúltimo párrafo del artículo 17 lo prevé. Las operaciones por debajo de los montos no generan obligación; pero una suma acumulada en un periodo de seis meses que supere el monto del Aviso podrá ser considerada sujeta a esa obligación.

«Los actos u operaciones que se realicen por montos inferiores a los señalados en las fracciones anteriores no darán lugar a obligación alguna. No obstante, si una persona realiza actos u operaciones por una suma acumulada en un periodo de seis meses que supere los montos establecidos en cada supuesto para la formulación de Avisos, podrá ser considerada como operación sujeta a la obligación de presentar los mismos para los efectos de esta Ley.»

Tres precisiones que cambian el resultado y que casi ninguna guía recoge. La ventana es de seis meses, no de un año ni de un ejercicio. La comparación se hace contra el umbral del Aviso, no contra el de identificación. Y el verbo es «podrá», no «deberá»: es una facultad de la autoridad, de modo que lo que corresponde es vigilar la suma, valorarla y dejar documentada la decisión, no presentar un Aviso automático por haber cruzado una suma.

Notarios: de 16,000 a 8,000 UMA

La reforma publicada el 16 de julio de 2025 bajó a la mitad el umbral del Aviso de la operación más común ante notario. Y el monto no se mide sobre el precio de la escritura sin más: la ley manda tomar el que resulte más alto entre cuatro valores.

Umbrales de Aviso de los actos celebrados ante notario público, fracción XII apartado A del artículo 17
a)Transmisión o constitución de derechos reales sobre inmuebles, salvo garantías a favor del sistema financiero u organismos públicos de vivienda8,000 UMA · $938,480.00(antes 16,000)
b)Poderes para actos de administración o dominio otorgados con carácter irrevocableSiempre
c)Constitución de personas morales, aumento o disminución de capital, fusión o escisión, y compraventa de acciones y partes socialesSiempre
d)Constitución o modificación de fideicomisos traslativos de dominio o de garantía, con la misma salvedad del inciso a)4,000 UMA · $469,240.00
e)Contratos de mutuo o crédito cuyo acreedor no forme parte del sistema financiero ni sea organismo público de viviendaSiempre

Los cuatro valores que compiten en el inciso a) son el precio pactado, el valor catastral, el valor comercial del inmueble y, en su caso, el monto garantizado por suerte principal. Se toma el más alto de los cuatro, no el de la operación. El apartado B, el de los corredores públicos, tiene su propio umbral para los avalúos —8,025 UMA, que no es la misma cifra que la del notario— y la reforma de 2025 añadió un apartado D para las personas facilitadoras de mecanismos alternativos de solución de controversias.

Comercio exterior: el umbral es por mercancía

La fracción XIV no fija un umbral por operación sino por tipo de mercancía, y en cuatro de los seis casos no hay umbral en absoluto: cualquiera que sea el valor de los bienes.

Umbrales por mercancía de la fracción XIV del artículo 17, comercio exterior
Vehículos terrestres, aéreos y marítimos, nuevos y usadosCualquier valor
Máquinas para juegos de apuesta y sorteos, nuevas y usadasCualquier valor
Equipos y materiales para la elaboración de tarjetas de pagoCualquier valor
Joyas, relojes, piedras preciosas y metales preciosos485 UMA · $56,895.35
Obras de arte4,815 UMA · $564,847.65
Materiales de resistencia balística para blindaje de vehículosCualquier valor

En todos esos casos el Aviso procede siempre. Y esta fracción tiene otra particularidad que no comparte ninguna: es la única excluida del plazo de conservación de diez años del artículo 18, fracción IV.

¿Cómo se da de alta una actividad vulnerable en el SAT?

El alta se hace en el Padrón de personas que realizan Actividades Vulnerables, por el Portal en Internet, y es una obligación propia: la exige la fracción IV Bis del artículo 18, con su registro, sus modificaciones y su baja, en el formato oficial que determina la Secretaría.

Conviene separar dos cosas que suelen mezclarse. El alta se hace una vez y se mantiene actualizada; los Avisos se presentan operación por operación, a más tardar el día 17 del mes siguiente. El detalle del expediente, del manual, de la capacitación y del calendario de avisos es materia de la página de obligaciones de este clúster. Si la actividad es la compraventa de metales, los umbrales concretos y su lado fiscal están en monedas de oro y plata y en el precio del oro; si es el alquiler, en arrendamiento. Quién es la persona física detrás de un cliente persona moral se resuelve en beneficiario controlador, y el valor con el que se convierten todos estos umbrales, en la UMA y su serie del INPC. Las dudas de trámite las atiende el chat del SAT, y el resto de obligaciones de una empresa está en la sección para empresas.

Preguntas frecuentes sobre las actividades vulnerables

¿Cuáles son las actividades vulnerables?

Son las operaciones que el artículo 17 de la Ley Antilavado obliga a identificar y, por encima de ciertos montos, a reportar. La lista cubre juegos con apuesta; tarjetas de servicios, de crédito y prepagadas; cheques de viajero; préstamos y créditos fuera del sistema financiero; construcción, desarrollo e intermediación inmobiliaria; la recepción de recursos para un desarrollo; metales y piedras preciosas, joyas y relojes; obras de arte; vehículos; blindaje; traslado y custodia de valores; ciertos servicios profesionales independientes; la fe pública de notarios y corredores; los donativos a asociaciones sin fines de lucro; el comercio exterior de determinadas mercancías; el arrendamiento de inmuebles; y el intercambio de activos virtuales.

¿Cuáles son las 16 actividades vulnerables?

En realidad son diecisiete, y por eso la pregunta se hace tanto. El artículo 17 numera sus fracciones de la I a la XVI, así que a primera vista parecen dieciséis, pero la reforma publicada el 16 de julio de 2025 añadió una fracción intermedia, la V Bis, sobre la recepción de recursos destinados a un desarrollo inmobiliario. Con ella el catálogo pasó a tener diecisiete supuestos con dieciséis números romanos. Quien cuente los romanos dirá dieciséis; quien cuente las obligaciones distintas dirá diecisiete.

¿Qué actividades son vulnerables según el artículo 17 y desde qué monto?

Cada fracción tiene su propio umbral y muchas tienen dos: uno a partir del cual hay que identificar al cliente e integrar expediente, y otro, más alto, a partir del cual además hay que presentar Aviso. Los umbrales están escritos en veces la UMA, así que su equivalente en pesos cambia cada 1 de febrero. Hay fracciones sin umbral de entrada —construcción e intermediación inmobiliaria, préstamos, cheques de viajero, traslado de valores— en las que la obligación de identificar empieza desde el primer peso y el umbral sólo decide el Aviso.

¿Cómo se da de alta una actividad vulnerable en el SAT?

El alta se hace en el Padrón de personas que realizan Actividades Vulnerables, a través del Portal en Internet de prevención de lavado de dinero, y es una obligación propia: la fracción IV Bis del artículo 18 la exige, con su registro, sus modificaciones y su baja. El trámite se envía por medios electrónicos en el formato oficial que determina la Secretaría. Darse de alta no es lo mismo que presentar Avisos: el alta se hace una vez y se mantiene actualizada; los Avisos se presentan operación por operación, a más tardar el día 17 del mes siguiente.

¿Qué pasa si varias operaciones pequeñas suman más que el umbral?

El penúltimo párrafo del artículo 17 lo prevé, y conviene leerlo con cuidado porque no dice lo que suele citarse. Las operaciones por debajo de los montos no generan obligación; pero si una persona realiza actos u operaciones por una suma acumulada en un periodo de seis meses que supere el monto establecido para el Aviso, «podrá ser considerada» sujeta a esa obligación. Dice podrá, no deberá: es una facultad de la autoridad, no un automatismo. Lo prudente es vigilar la suma de seis meses y documentar la decisión que se tome.

¿Desde qué monto tiene que avisar un notario por la compraventa de una casa?

Desde 8,000 veces la UMA. La reforma del 16 de julio de 2025 bajó ese umbral: antes eran 16,000. Y no se mide sobre el precio de la escritura sin más: la ley manda tomar el precio pactado, el valor catastral, el valor comercial del inmueble o el monto garantizado por suerte principal, el que resulte más alto de los cuatro. Otros actos ante notario avisan siempre, sin umbral: los poderes irrevocables para actos de administración o dominio, la constitución y modificación de sociedades con la compraventa de sus acciones, y el mutuo o crédito cuyo acreedor no pertenezca al sistema financiero.

¿El alquiler de un inmueble es actividad vulnerable?

Sí, es la fracción XV, y tiene una particularidad que no comparte ninguna otra. La constitución de derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles es actividad vulnerable cuando el valor mensual es «superior a» 1,605 veces la UMA: es el único umbral del artículo que excluye la cifra exacta en lugar de incluirla, así que una renta mensual de exactamente 1,605 UMA queda fuera. El Aviso llega en 3,210 veces la UMA mensuales. Los dos umbrales se miden por mes, no por contrato ni por año.

¿Las casas de intercambio de criptomonedas son actividad vulnerable?

Sí, por la fracción XVI, y su umbral de Aviso es el más bajo de todo el artículo. Alcanza a quien ofrece de forma habitual y profesional el intercambio de activos virtuales sin ser Entidad Financiera, a través de plataformas que administre u opere, e incluye expresamente las operaciones con ciudadanos mexicanos realizadas desde otra jurisdicción. El Aviso procede desde 210 veces la UMA por operación del cliente, y desde apenas 4 veces la UMA cuando lo que se cobra es una contraprestación por el servicio.

Fuentes oficiales y referencias

Consulta fuentes oficiales o un profesional antes de tomar decisiones fiscales, laborales, legales o financieras.

Los umbrales se transcribieron el 30 de septiembre de 2026 del texto consolidado de la Cámara de Diputados. La ley los escribe con letra —«ocho mil veinticinco veces el valor diario de la UMA»—, así que aquí se guarda el número y el peso se calcula, no se copia de ninguna tabla secundaria. El segundo umbral de los activos virtuales, el de 4 UMA sobre la contraprestación cobrada, es el más bajo de todo el artículo. Vigente a septiembre de 2026.

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