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Cuota fija ligada a la UMA · estimación, sin decreto todavía

Subsidio al empleo 2027

Estimación: cuota fija del 15.02 % de la UMA mensual 2027 (≈ $556.56), pendiente del decreto de diciembre de 2026.

Respuesta rápida

Todavía no hay cifra oficial para 2027. Si el decreto de diciembre de 2026 repite el 15.02 % de la UMA mensual, el subsidio de febrero a diciembre de 2027 rondaría ≈ $556.56 al mes ($3,705.46 de UMA 2027 estimada × 15.02 %), con tope de ingreso gravable supuesto de $11,492.66. Enero queda pendiente del porcentaje transitorio del decreto. Es una estimación de Calcu.mx.

Por Deepak Middha, fundador y autor de calcu.mxRevisado el 27 de septiembre de 2026

Las cifras de 2027(estimación)

Cuota mensual

$556.56

Porcentaje

15.02 %

UMA mensual

$3,705.46

Tope de ingreso

$11,492.66

La operación, escrita

De febrero a diciembre: $3,705.46 × 15.02 % = $556.56.

En enero de 2027: pendiente. Ese mes rige todavía la UMA de 2026 ($3,566.22 mensuales) y el decreto fija un porcentaje transitorio que no se conoce: fue 14.39 % en enero de 2025 y 15.59 % en enero de 2026, en los dos casos por encima del porcentaje de febrero a diciembre. Mientras no exista el decreto, la calculadora usa provisionalmente 15.02 % sobre la UMA de 2026 ($535.65), que es un piso, no la cifra.

Datos actualizados al 2026-09-27. Porcentaje y tope SUPUESTOS iguales a los del decreto del DOF del 31 de diciembre de 2025; UMA 2027 estimada con la inflación esperada al cierre de 2026. La cuota se calcula, no se transcribe, y no es oficial.

Estimación. Estimación de Calcu.mx calculada el 27 de septiembre de 2026; no es una cifra oficial. La fuente oficial la publica hacia el 31 de diciembre de 2026.

La fórmula con las tres UMA posibles de 2027

La única incógnita de la cuota de febrero a diciembre —si el porcentaje no cambia— es la UMA de 2027, y la UMA no se negocia: el INEGI multiplica la de 2026 por la inflación anual de diciembre (artículo 4 de su ley). Los tres escenarios son los cuartiles de la inflación esperada al cierre de 2026 por los analistas que encuesta Banco de México; la proyección completa está en la UMA 2027 estimada.

Cuota mensual estimada del subsidio para el empleo de 2027 en tres escenarios de UMA
EscenarioUMA diaria 2027UMA mensual (× 30.4)× 15.02 %Cuota mensual
Bajo$121.70$3,699.68$3,699.68 × 15.02 %≈ $555.69
Central$121.89$3,705.46$3,705.46 × 15.02 %≈ $556.56
Alto$122.00$3,708.80$3,708.80 × 15.02 %≈ $557.06
Vigente (2026)$117.31$3,566.22× 15.02 %$535.65

Enero de 2027 no está en esta tabla a propósito. En enero rige la UMA de 2026 y el decreto fija un porcentaje transitorio propio (14.39 % en 2025, 15.59 % en 2026). Hasta que se publique, cualquier cifra de enero de 2027 es un supuesto: aquí no se afirma ninguna.

Cómo lo calculamos

Dos supuestos y una multiplicación. El primer supuesto es que el decreto de diciembre de 2026 conserve el 15.02 % de febrero a diciembre y el tope de $11,492.66; es el decreto vigente (DOF 31-dic-2025) y no hay iniciativa pública que lo cambie, aunque los dos decretos anteriores sí subieron ambas cifras. El segundo es la UMA de 2027: la de 2026 ($117.31 diarios) multiplicada por uno más la inflación anual de diciembre de 2026, para la que usamos la mediana de la Encuesta Banxico de agosto de 2026 (3.9 %) y sus cuartiles como escenarios. Ni Banxico ni el INEGI pronostican el subsidio: la operación es nuestra.

La cuenta, para que la rehagas:

UMA diaria 2027 ≈ $117.31 × (1 + 3.9 ÷ 100) = $121.89

UMA mensual 2027 ≈ $121.89 × 30.4 = $3,705.46

Cuota febrero–diciembre ≈ $3,705.46 × 15.02 % = $556.56

Datos actualizados al 2026-09-27 · Comprobado el 2026-09-27. La tarifa del ISR contra la que se resta no cambiaría en 2027: las tablas del ISR 2027 explican por qué.

Qué podría cambiar la estimación

  • El decreto de diciembre de 2026: porcentaje y tope

    Los decretos de 2025 y 2026 subieron el porcentaje (11.82 → 13.8 → 15.02 %) y el tope junto con el salario mínimo. Si el de 2027 repite el patrón, la cuota y el tope de esta página se quedan cortos; si lo congela, el tope de $11,492.66 dejaría a un trabajador de salario mínimo muy cerca del corte.

  • La inflación de diciembre de 2026, que fija la UMA

    El INEGI la publica en la primera quincena de enero de 2027 y la UMA se conoce hacia el 7 de enero. Cada décima de inflación mueve la cuota unos 5 centavos: el rango entre cuartiles va de $555.69 a $557.06.

  • El porcentaje transitorio de enero

    No se conoce y no se estima aquí. En 2025 fue 14.39 % y en 2026 15.59 %, siempre por encima del de febrero para compensar que enero corre con la UMA vieja. La nómina de enero se calcula con lo que diga el decreto, no con esta página.

  • Un cambio de diseño del subsidio

    El esquema de cuota fija tiene tres años; nada en el Paquete Económico 2027 lo toca, pero un decreto puede rediseñarlo como el de mayo de 2024 rediseñó la tabla. Si ocurre, esta página describe la mecánica nueva y conserva la estimación como historia.

Qué cambió en 2027 respecto a 2026

Todavía nada oficial. Si el decreto de finales de diciembre de 2026 repite el 15.02 % y el tope de $11,492.66, lo único que mueve la cuota es la UMA 2027, que el INEGI publica en enero con la inflación de diciembre de 2026: con la mediana de los analistas (3.9 %) la cuota pasaría de $535.65 a unos $556.56 mensuales. Los decretos de 2025 y 2026 subieron además el porcentaje y el tope junto con el salario mínimo; un tercer ajuste es posible y no está en esta estimación.

El contexto de la UMA y el salario mínimo. La UMA diaria de 2027 todavía no existe: el INEGI la publica en enero con la inflación de diciembre de 2026. Con la mediana esperada (3.9 %) pasaría de $117.31 a unos $121.89, y como el subsidio está ligado a ella, la cuota subiría en la misma proporción. El valor de la UMA año por año tiene la serie completa.

Subsidio e ISR según el sueldo, en 2027

Bajo la cuota fija la línea verde es plana y cae a plomo en el tope. Es más simple de calcular y se actualiza sola con la UMA, pero el acantilado del tope es más brusco que la escalera del régimen anterior.

Calcu.mx · Decretos del subsidio para el empleo (DOF), Anexo 8 de la RMF e INEGI (UMA) · datos al 2026-09-27Subsidio al empleo e ISR retenido según el sueldo mensual, 2027De $0 a $18,000 de ingreso gravable al mesSubsidio al empleoISR de la tarifaRetención finalLa retención final es el ISR menos el subsidio, con piso en cero. Desde el 1 de mayo de 2024 el subsidio que sobra ya no se entrega enefectivo: se pierde.$0$500$1,000$1,500$2,000Tope: $11,493 · aquí el subsidio pasa a ceroDesde $8,500 ya hay retención$0$3,600$7,200$10,800$14,400$18,000
Fíjate en el salto de la línea morada justo en el tope: ahí la retención sube de golpe $556.56 sin que el sueldo haya subido nada equivalente. Es el efecto que convierte un aumento pequeño en un neto menor.

Tres casos resueltos de 2027

Los tres van con la cuota fija estimada, tomando junio como mes de referencia, y valen para febrero a diciembre de 2027. Son ejemplos con la cuota estimada de $556.56, no con una cifra publicada. El ingreso es gravable mensual, y el ISR sale de la tarifa mensual del artículo 96 de 2027.

Enero de 2027 va aparte, y además no se conoce. El decreto fija para enero un porcentaje transitorio sobre la UMA de 2026; mientras no exista, la calculadora usa provisionalmente 15.02 % sobre esa UMA ($535.65), que es un piso y no la cifra. Todo lo demás de estos tres casos —la tarifa y el tope— es igual en enero.

Subsidio, ISR y retención final en tres niveles de ingreso gravable de 2027
Ingreso gravable mensualISRSubsidioRetenciónSe pierde
$8,000$511.42$556.56$0.00$45.14
$10,993$837.02$556.56$280.46—
$11,993$945.82$0.00$945.82—

La última columna es el subsidio que no llegó a aplicarse porque el ISR era menor. Desde mayo de 2024 esa cantidad se pierde: no se entrega al trabajador ni se guarda para el mes siguiente.

Cómo llega el subsidio al recibo de nómina de 2027

El subsidio no es un pago: es una resta contra el ISR del mes. De esa resta salen dos desenlaces distintos, y son los dos renglones extremos de la tabla de arriba desarrollados operación por operación —con el mismo mes de referencia, así que valen para febrero a diciembre de 2027. En una nómina de enero de 2027 las dos restas se rehacen con $535.65 de subsidio en vez de $556.56.

Sueldo bajo: el subsidio se come el impuesto

Con un ingreso gravable de $8,000 al mes, la tarifa del artículo 96 da $511.42 de ISR y el subsidio del mes es $556.56:

$511.42 − $556.56 = $0.00

La resta se queda en cero y sobran $45.14 de subsidio sin aplicar. Desde mayo de 2024 esa cantidad se pierde: ni se entrega al trabajador ni se guarda para el mes siguiente.

Sueldo alto: el subsidio ya no alcanza

Con $11,993 al mes, el ISR sube a $945.82 y el subsidio es cero:

$945.82 − $0.00 = $945.82

Ese es el efecto del tope: un peso por encima de $11,492.66 y el subsidio no baja, desaparece entero. Por eso un aumento pequeño cerca del tope puede dejar menos dinero en la mano que antes del aumento.

Datos actualizados al 2026-09-27. El ISR sale de la tarifa mensual del artículo 96 vigente en 2027, no de la de hoy: entre 2027 y 2026 los límites de la tarifa se actualizaron por inflación, y usar la tarifa equivocada es el fallo más común al rehacer una nómina vieja. Las tarifas de cada ejercicio están en las tablas de ISR por año.

Calcula con las reglas de 2027

Usa el régimen que regía en 2027, no el de hoy.

Cuánto subsidio te toca en 2027

Escribe tu ingreso gravable del periodo que te pagan: el sueldo más la parte gravada de las prestaciones, sin las cuotas del IMSS descontadas. Si te pagan por semana, escribe lo de la semana; no lo conviertas a mes.

ISR del mes

$620.22

Subsidio del mes

$556.56

Subsidio que se pierde

$0.00

Retención del mes

$63.66

La operación: $620.22 − $556.56 = $63.66. Los dos números son de tu periodo mensual. El subsidio se resta del impuesto, no del sueldo.

Te quedan $2,492.66 de margen hasta el tope de $11,492.66. Ojo con el mes del aguinaldo: la parte gravada suma al ingreso del mes y puede cruzar esa línea.

Estimación educativa. Calcula el ISR con la tarifa mensual del artículo 96 de 2027 y el subsidio del régimen aplicable a 2027; no incluye cuotas del IMSS ni otras retenciones. Para el neto completo, la calculadora de salario neto hace la nómina entera. Nada de lo que escribes aquí sale de tu navegador.

El ISR se calcula con la tarifa mensual del artículo 96 que estuvo vigente en 2027, no con la de hoy, y el subsidio con el régimen de ese ejercicio. Las tarifas de cada año, con su fuente, están en las tablas del ISR. No incluye cuotas del IMSS ni otras retenciones.

Preguntas frecuentes

¿De cuánto será el subsidio al empleo en 2027?

Todavía no hay cifra oficial. Si el decreto de diciembre de 2026 repite el 15.02 % de la UMA mensual, la cuota de febrero a diciembre de 2027 rondaría $556.56 al mes: $3,705.46 de UMA mensual 2027 estimada × 15.02 %. Con los cuartiles de inflación de la Encuesta Banxico el rango va de $555.69 a $557.06. En 2026 es $535.65.

¿Por qué el subsidio de 2027 depende de la UMA y no del salario mínimo?

Porque desde el decreto del 1 de mayo de 2024 el subsidio es «la cantidad que resulte de multiplicar el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización» por un porcentaje. La UMA la calcula el INEGI con la inflación de diciembre (artículo 4 de su ley) y entra en vigor el 1 de febrero; el salario mínimo lo fija la CONASAMI y sube el 1 de enero. Lo que sí acompaña al salario mínimo es el TOPE de ingreso, que los decretos de 2025 y 2026 subieron a la par del mínimo.

¿Cuándo se publica el decreto del subsidio al empleo 2027?

Los dos últimos salieron en el Diario Oficial el 31 de diciembre: el de 2025 el 31-dic-2024 y el de 2026 el 31-dic-2025. Lo esperable es el mismo calendario: finales de diciembre de 2026, con vigencia desde el 1 de enero de 2027. La UMA 2027 —el otro insumo— la publica el INEGI hacia el 7 de enero de 2027 y rige desde el 1 de febrero. Esta página se actualiza con cada uno de los dos documentos; la URL no cambia.

¿Cuánto será el subsidio de enero de 2027?

No se sabe todavía, y por eso aquí no se afirma una cifra. En enero rige la UMA del año anterior (la de 2026, $3,566.22 mensuales) y el decreto fija para ese mes un porcentaje transitorio: fue 14.39 % en enero de 2025 y 15.59 % en enero de 2026, en los dos casos por encima del porcentaje de febrero a diciembre. Si el decreto de 2027 repite la fórmula, el subsidio de enero quedaría cerca de la cuota de 2026; el número exacto sale del decreto.

¿El tope de ingreso del subsidio cambia en 2027?

Esta estimación lo deja en $11,492.66, el de 2026, porque el tope lo fija el decreto y no la UMA. Pero conviene saber que en 2025 y en 2026 el decreto lo subió junto con el salario mínimo (de $9,081.00 a $10,171.00 y luego a $11,492.66) para que un trabajador de salario mínimo no se quedara fuera. Si el mínimo de 2027 vuelve a subir alrededor de 12 %, un tope congelado dejaría a ese trabajador muy cerca del corte: es la parte de la estimación con más probabilidad de cambiar.

¿Qué tabla de ISR se usa junto con el subsidio de 2027?

La misma tarifa mensual del artículo 96 que en 2026, salvo que el Anexo 8 de la RMF 2027 traiga una actualización, y con la inflación observada no la traería: las tarifas sólo se actualizan cuando la inflación acumulada desde la última actualización rebasa el 10 %, y desde noviembre de 2025 va por debajo del 4 %. Así que en 2027 cambia el subsidio (por la UMA) y no la tarifa; la retención final se mueve sólo por la primera de las dos.

Deepak Middha, Fundador y autor de Calcu.mx

Autor y revisión editorial

Deepak Middha

Fundador y autor de Calcu.mx

Contador calificadoChartered AccountantSeries 65Autor de dos libros

Contenido fiscal con enfoque contable, verificado contra fuentes oficiales (Decretos del subsidio para el empleo (DOF), Anexo 8 de la RMF e INEGI). Conoce nuestra metodología editorial o escríbenos a support@calcu.mx.

Aviso: contenido informativo y educativo; no constituye asesoría fiscal, legal ni contable. Calcu.mx no está afiliado al SAT ni a ninguna autoridad. Las fechas, tasas y montos pueden cambiar por reformas o actualizaciones; verifica siempre el dato vigente en el DOF o en el SAT, y consulta a un contador antes de tomar decisiones.

Publicado: 10 de septiembre de 2026Última revisión normativa: 27 de septiembre de 2026

Fuentes oficiales y referencias

Calcu.mx no está afiliada al SAT. Estas cifras son estimaciones educativas calculadas con los decretos y la UMA publicados; el importe que corresponde a cada trabajador depende de su ingreso gravable real y lo determina quien timbra la nómina. Si detectas un dato equivocado, escríbenos y lo corregimos dejando constancia de la fecha.

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