Subsidio al empleo 2026
Si llegaste buscando la tabla, la respuesta corta es que ya no hay tabla: desde el 1 de mayo de 2024 el subsidio es una cantidad fija ligada a la UMA. La tabla sigue siendo la correcta para los ejercicios anteriores, y está publicada en sus páginas de año.
Respuesta rápida
El subsidio para el empleo de 2026 es de $535.65 al mes de febrero a diciembre y de $536.21 en enero. Sale de multiplicar la UMA mensual ($3,566.22) por 15.02 %, y sólo aplica a ingresos por salarios con un ingreso gravable mensual de hasta $11,492.66. Por encima de esa cifra el subsidio es cero, sin degradación.
Por Deepak Middha, fundador y autor de calcu.mxRevisado el 10 de septiembre de 2026
Cuota mensual de 2026 (febrero a diciembre)
$535.65
- Porcentaje de la UMA
- 15.02 %
- UMA mensual
- $3,566.22
- Tope de ingreso
- $11,492.66
- Cuota de enero
- $536.21
Datos actualizados al 2026-09-10. Porcentaje y tope leídos del decreto publicado en el Diario Oficial el 31 de diciembre de 2025; UMA del INEGI, vigente desde el 1 de febrero de 2026. La cuota no se transcribe: se calcula multiplicando los dos, para que no pueda desincronizarse de la UMA que publica el resto del sitio.
Puntos clave
Datos al 10 de septiembre de 2026- No hay tabla desde el 1 de mayo de 2024. Si estás viendo once tramos con tope de $7,382.33, es el régimen derogado. Sirve para calcular un periodo anterior a esa fecha, no una nómina de hoy.
- El tope es un acantilado, no una rampa. A $11,492.66 cobras $535.65; un peso más y cobras cero. Un aumento pequeño puede dejar un neto menor.
- El subsidio se resta del impuesto, no del sueldo. Primero la tarifa del artículo 96 sobre el ingreso gravable, y sólo después el subsidio contra el impuesto resultante.
- El remanente ya no se paga en efectivo. Hasta abril de 2024, si el subsidio superaba al ISR la diferencia iba al recibo del trabajador. El decreto de mayo de 2024 lo eliminó.
Calcula el tuyo
Cuánto subsidio te toca en 2026
Escribe tu ingreso gravable del periodo: el sueldo más la parte gravada de las prestaciones, sin las cuotas del IMSS descontadas.
ISR de la tarifa
$620.22
Subsidio del mes
$535.65
Del periodo
$535.65
Retención final
$84.57
La operación: $620.22 − $535.65 = $84.57. El subsidio se resta del impuesto, no del sueldo.
Te quedan $2,492.66 de margen hasta el tope de $11,492.66. Ojo con el mes del aguinaldo: la parte gravada suma al ingreso del mes y puede cruzar esa línea.
Estimación educativa. Calcula el ISR con la tarifa mensual del artículo 96 de 2026 y el subsidio del régimen aplicable a 2026; no incluye cuotas del IMSS ni otras retenciones. Para el neto completo, la calculadora de salario neto hace la nómina entera. Nada de lo que escribes aquí sale de tu navegador.
Dónde encaja el subsidio en el cálculo de la nómina
Éste es el punto que más se malinterpreta. El subsidio no se suma al sueldo y no se resta de la base gravable: se resta del impuesto ya calculado. Restarlo antes de aplicar la tarifa daría un impuesto más bajo del que corresponde, y es un error que aparece en hojas de cálculo caseras con más frecuencia de la que parece.
El punto exacto donde el subsidio deja de aplicarse
La línea verde es plana: la cuota fija no depende del sueldo mientras estés por debajo del tope. La roja sube porque la tarifa del ISR es progresiva. Y en $11,492.66 la verde cae a plomo: eso es el acantilado, y explica el efecto que más desconcierta a quien recibe un aumento pequeño y ve bajar su neto.
Puedes republicar esta gráfica citando a Calcu.mx; la imagen ya incluye título, series y fuente.
Tres sueldos, tres resultados
Todas las cifras salen del mismo motor que la calculadora, con la tarifa mensual del artículo 96 vigente y la cuota de febrero a diciembre.
| Ingreso gravable | ISR de la tarifa | Subsidio | Retención | Margen al tope |
|---|---|---|---|---|
| $8,000 | $511.42 | $535.65 | $0.00 | $3,493 |
| $11,000 | $837.82 | $535.65 | $302.17 | $493 |
| $14,000 | $1,236.00 | $0.00 | $1,236.00 | rebasado |
Lee la tercera fila con cuidado. Entre $11,000 y $14,000 de ingreso gravable, la retención sube $933.83 mientras el sueldo sube $3,000. Una parte de ese salto es la progresividad normal de la tarifa; la otra es la pérdida del subsidio, que se va entera de golpe al cruzar el tope.
Y el caso de diciembre. Un trabajador con $11,000 de sueldo gravable está por debajo del tope once meses del año. En diciembre, con la parte gravada del aguinaldo sumada al mes, puede rebasarlo y perder el subsidio de ese mes. No es un error de nómina y no se recupera después: la calculadora de aguinaldo muestra qué parte queda gravada y ayuda a anticiparlo.
El peso que cuesta $534.76
El tope de $11,492.66 no reduce el subsidio: lo apaga. Y como el subsidio entero desaparece de golpe, hay un punto en el que ganar más deja menos dinero en la mano. Éstas son las dos nóminas, separadas por un solo peso de ingreso gravable.
Justo en el tope: $11,492.66
Le corresponde el subsidio completo de $535.65, así que la retención es el ISR menos esa cuota:
$891.42 − $535.65 = $355.77
En la mano quedan $11,136.89.
Un peso más: $11,493.66
No hay subsidio que restar. La retención es el ISR completo:
$891.53 − $0.00 = $891.53
En la mano quedan $10,602.13, es decir $534.76 menos que con un peso menos de sueldo.
No es un error de nómina ni una interpretación: es cómo está escrito el decreto. El subsidio se pierde entero al rebasar el tope, y para volver a alcanzarlo en la mano hace falta un aumento de alrededor de $602 de ingreso gravable, no de un peso. Es la diferencia de fondo con la tabla derogada, donde el subsidio bajaba por escalones y nunca se caía de golpe: el detalle de aquel régimen está en el subsidio al empleo de 2023, el último ejercicio íntegro de la tabla.
Qué cambió, año por año
Esta tabla es la razón de ser del clúster. La mecánica del subsidio cambió de raíz en 2024, y la mitad de las páginas que salen primeras para «tabla subsidio al empleo» no lo mencionan.
| Ejercicio | Mecánica | Importe / tope | ¿Remanente en efectivo? |
|---|---|---|---|
| 2026 | Cuota fija ligada a la UMA | $535.65 · tope $11,492.66 | No |
| 2025 | Cuota fija ligada a la UMA | $474.65 · tope $10,171.00 | No |
| 2024 | Tabla hasta abril, cuota fija desde mayo | $390.12 · tope $9,081.00 | No |
| 2023 | Tabla de 11 tramos | $407.02 máx · tope $7,382.33 | Sí |
| 2022 | Tabla de 11 tramos | $407.02 máx · tope $7,382.33 | Sí |
| 2021 | Tabla de 11 tramos | $407.02 máx · tope $7,382.33 | Sí |
El detalle del porcentaje de enero. En cada ejercicio de cuota fija hay dos porcentajes: uno transitorio para enero y otro para el resto del año. No es un capricho del decreto. La UMA nueva no entra en vigor hasta el 1 de febrero por mandato del artículo 5 de su propia ley, así que en enero todavía rige la del año anterior; el porcentaje de enero es mayor para que, aplicado sobre una UMA menor, el importe salga parecido. En 2026 son 15.59 % en enero y 15.02 % de febrero a diciembre. El valor de la UMA y su calendario explican esa fecha de entrada en vigor.
El subsidio de cada ejercicio
Cada año tiene su página con la mecánica que le tocaba: los de 2021 a 2023 traen la tabla completa con sus cinco periodicidades, y los de 2024 en adelante, la cuota fija con su decreto. La de 2024 es la única con las dos.
Subsidio al empleo 2026
Cuota fija del 15.02 % de la UMA mensual, con tope de $11,492.66.
Ver el subsidio de 2026 →Subsidio al empleo 2025
Cuota fija del 13.8 % de la UMA mensual, con tope de $10,171.00.
Ver el subsidio de 2025 →Subsidio al empleo 2024
Ejercicio partido: tabla de enero a abril, cuota fija de 11.82 % de la UMA desde el 1 de mayo.
Ver el subsidio de 2024 →Subsidio al empleo 2023
Último ejercicio completo con tabla y con entrega del remanente en efectivo.
Ver el subsidio de 2023 →Subsidio al empleo 2022
La misma tabla, con el tope de $7,382.33 mensuales cada vez más cerca del mínimo.
Ver el subsidio de 2022 →Subsidio al empleo 2021
Tabla por tramos, de $407.02 a $0 al rebasar $7,382.33 mensuales.
Ver el subsidio de 2021 →
Los tres decretos que hay que leer juntos
El subsidio para el empleo no vive en la Ley del ISR: vive en un decreto del Ejecutivo, y eso tiene una consecuencia práctica. El decreto vigente es el del 1 de mayo de 2024, pero su Artículo Segundo —el que lleva el porcentaje y el tope— ha sido reformado dos veces, el 31 de diciembre de 2024 y el 31 de diciembre de 2025. Los decretos posteriores no sustituyen al primero: reforman párrafos concretos de su Artículo Segundo. Por eso citar «el decreto del subsidio» sin fecha es insuficiente, y por eso hay que leer los tres.
- Decreto del 01/05/2024
Deroga la tabla y crea la cuota fija. Rige desde el 1 de mayo de 2024, así que 2024 es un ejercicio partido en dos.
- Decreto del 31/12/2024
Sube el porcentaje de 11.82 % a 13.8 % y el tope de $9,081.00 a $10,171.00, con un 14.39 % transitorio para enero.
- Decreto del 31/12/2025
Sube el porcentaje a 15.02 % y el tope a $11,492.66, con un 15.59 % transitorio para enero, para acompañar el alza del 13 % del salario mínimo.
El decreto también fija dos reglas que se olvidan: el subsidio no se considera ingreso acumulable y no aplica a los pagos por separación —indemnización, prima de antigüedad—, que se calculan por su propio procedimiento. Si estás en ese caso, la calculadora de finiquito y liquidación usa las reglas que sí le corresponden.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el subsidio al empleo y de dónde sale esa cifra?
De $535.65 al mes de febrero a diciembre de 2026, y de $536.21 en enero. Sale de multiplicar la UMA mensual de 2026 —$3,566.22— por 15.02 %, como manda el decreto publicado en el Diario Oficial el 31 de diciembre de 2025. Sólo aplica si tu ingreso gravable mensual por salarios no rebasa $11,492.66; por encima de esa cifra el subsidio es cero, sin degradación.
¿Hay tabla del subsidio al empleo 2026?
No, y por eso no la encuentras. Hasta el 30 de abril de 2024 el subsidio era una tabla de once tramos que iba de $407.02 a $0; el decreto publicado en el Diario Oficial el 1 de mayo de 2024 la derogó y la sustituyó por una cantidad fija ligada a la UMA. Si estás viendo una tabla con el tope de $7,382.33, estás viendo el régimen viejo. Sigue siendo la tabla correcta para un ejercicio anterior a 2024, y por eso la publicamos en las páginas de esos años.
¿Por qué el subsidio de enero es distinto al del resto del año?
Porque la UMA nueva no entra en vigor hasta el 1 de febrero, por el artículo 5 de la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización. En enero todavía rige la UMA del año anterior, así que el decreto fija un porcentaje transitorio más alto —15.59 % en enero de 2026, frente al 15.02 % de febrero a diciembre— para que el importe salga parecido. No es un error del decreto: es la forma de que el trabajador no cobre menos en enero.
¿Qué pasa si el subsidio es mayor que el ISR que me retienen?
La retención queda en cero y ahí se acaba. Hasta abril de 2024 la diferencia se le entregaba al trabajador en efectivo junto con su sueldo, y el patrón la recuperaba acreditándola contra sus propias contribuciones. El decreto del 1 de mayo de 2024 eliminó esa entrega: hoy el subsidio sólo puede llevar el impuesto a cero, no convertirse en dinero adicional. Es el cambio que más sigue apareciendo mal contado en guías de este año.
¿El subsidio al empleo se acumula a mis ingresos o paga impuesto?
No. El decreto es expreso: «El subsidio para el empleo a que se refiere este decreto no se considerará como ingreso acumulable». Tampoco entra en la base del salario diario integrado para efectos del IMSS, porque no es una prestación derivada de la relación de trabajo: es un estímulo fiscal que acredita el patrón. Lo que sí hace es reducir tu ISR retenido, así que sube tu sueldo neto.
¿A quién NO le aplica el subsidio para el empleo?
A tres grupos. Primero, a quien gana más de $11,492.66 de ingreso gravable mensual por salarios. Segundo, a quien no percibe ingresos por sueldos y salarios asimilables: honorarios, actividad empresarial, arrendamiento y RESICO quedan fuera, porque el subsidio vive en el capítulo de salarios. Y tercero, no aplica a los pagos por separación —indemnización, prima de antigüedad— que el propio decreto excluye.
¿Dónde entra el subsidio dentro del cálculo de la nómina?
Va al final, y ése es el punto que más confunde. Primero se determina el ingreso gravable del periodo; después se le aplica la tarifa del artículo 96 de la Ley del ISR para obtener el impuesto; y sólo entonces se resta el subsidio del impuesto resultante. No se resta del sueldo ni de la base gravable: se acredita contra el impuesto ya calculado. Por eso dos personas con el mismo sueldo bruto pueden tener netos distintos si una rebasa el tope y la otra no.
¿El subsidio cambia si me pagan por quincena o por semana?
El importe mensual es el mismo; lo que cambia es cuánto te toca en cada recibo. Para un periodo menor al mes se prorratea la cantidad mensual entre 30.4 días y se multiplica por los días del periodo, así que una quincena de 15 días lleva alrededor de $264.30 en 2026. En el régimen derogado no era así: había una tabla publicada para cada periodicidad, y la quincenal no era la mensual entre dos.
Para seguir
El subsidio es un renglón de la nómina, no la nómina entera. Para el neto completo con cuotas del IMSS y prestaciones, la calculadora de salario neto hace la cadena completa, y la calculadora de nómina la mira desde el lado del patrón, con el costo total. Si lo que buscabas era la tarifa y no el subsidio, las tablas del ISR tienen la mensual, la quincenal, la semanal y la anual, y el salario mínimo vigente explica el alza que arrastró el tope de este año.
Autor y revisión editorial
Fundador y autor de Calcu.mx
Contenido fiscal con enfoque contable, verificado contra fuentes oficiales (Decretos del subsidio para el empleo (DOF), Anexo 8 de la RMF e INEGI). Conoce nuestra metodología editorial o escríbenos a support@calcu.mx.
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Publicado: 10 de septiembre de 2026Última revisión normativa: 10 de septiembre de 2026
Fuentes oficiales y referencias
- Decreto que otorga el subsidio para el empleo (DOF 1-may-2024) — El decreto que deroga la tabla y crea la cuota fija ligada a la UMA. Artículo Segundo: 11.82 % de la UMA mensual, tope de $9,081.00.
- Decreto que modifica el subsidio para el empleo (DOF 31-dic-2024) — Sube a 13.8 % y tope de $10,171.00, con 14.39 % transitorio para enero de 2025.
- Decreto que modifica el subsidio para el empleo (DOF 31-dic-2025) — Sube a 15.02 % y tope de $11,492.66, con 15.59 % transitorio para enero de 2026.
- Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 — PDF del SAT del que se transcriben las cinco tablas del régimen derogado (diaria, semanal, decenal, quincenal y mensual).
- Decreto que compila diversos beneficios fiscales, artículo 1.12 — La tabla mensual del régimen derogado, cotejada dígito a dígito contra la imagen que publica el propio Diario Oficial.
- UMA — INEGI — Valor diario, mensual y anual de la Unidad de Medida y Actualización. Entra en vigor cada 1 de febrero.
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