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Tu recibo de nómina, explicado línea por línea

Qué es cada concepto, quién se queda con cada descuento, cuáles puedes rechazar y cómo descargar tus recibos timbrados del SAT. Al final hay una herramienta para comprobar si el ISR y el IMSS que te retienen cuadran con lo que marca la ley.

Datos verificados al 2026-10-07 contra el texto vigente de la Ley Federal del Trabajo (última reforma DOF 14-05-2026) y de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Tienes derecho al recibo, y en papel si lo pides

El artículo 101 de la Ley Federal del Trabajo es la pieza que casi ninguna guía menciona, y es la que te da tres cosas:

«En todos los casos, el trabajador deberá tener acceso a la información detallada de los conceptos y deducciones de pago. Los recibos de pago deberán entregarse al trabajador en forma impresa o por cualquier otro medio, sin perjuicio de que el patrón lo deba entregar en documento impreso cuando el trabajador así lo requiera.»
«…los recibos de pago contenidos en comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) pueden sustituir a los recibos impresos; el contenido de un CFDI hará prueba si se verifica en el portal de Internet del Servicio de Administración Tributaria…»
  • Derecho a la información detallada de cada concepto y cada deducción: no basta con que te digan el neto.
  • Derecho al recibo impreso cuando lo pidas, aunque la empresa use CFDI.
  • Y que el CFDI hace prueba si se verifica en el portal del SAT — por eso vale la pena saber comprobar un folio fiscal.

El primer párrafo del mismo artículo dice algo más que conviene saber: el salario «deberá pagarse precisamente en moneda de curso legal, no siendo permitido hacerlo en mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo». Los vales de despensa pueden ser una prestación además del sueldo, nunca el sueldo.

El recibo, campo por campo

Un recibo de ejemplo con datos ficticios. Las cifras están calculadas con el motor de nuestra calculadora de nómina sobre un sueldo de $18,000 al mes pagado por quincena, así que suman entre sí: las percepciones menos las deducciones dan exactamente el neto.

Datos de quien te paga

La empresa, su RFC y su registro ante el IMSS.

  • 1

    Nombre o razón social del patrón

    Comercializadora del Bajío, S.A. de C.V.

    Quién te paga. En el CFDI es el «emisor».

    Por qué importa: Tiene que ser la empresa con la que crees que tienes la relación laboral. Si aparece otra razón social, pregunta por qué: puede ser una subcontratación.

  • 2

    RFC del patrón

    CBA120315H45

    La clave fiscal de la empresa ante el SAT.

  • 3

    Registro patronal (IMSS)

    Y5512345108

    El número con el que la empresa está registrada ante el IMSS como patrón. Son once caracteres.

    Por qué importa: Si tu recibo no lo trae, no significa automáticamente que no te hayan dado de alta, pero es la pista más rápida para sospecharlo. Compruébalo con tu historial de semanas cotizadas, que es la fuente que de verdad lo dice.

Tus datos

Nombre, RFC, CURP y NSS. Revisa que sean los tuyos.

  • 4

    Nombre del trabajador

    María Fernanda Ramírez Ortiz

    Tú. En el CFDI eres el «receptor».

  • 5

    RFC del trabajador

    RAOM950312H45

    Tu clave fiscal. Es la que el SAT usa para asociarte este recibo.

    Por qué importa: Si está mal, el ingreso no se te acumula correctamente y tu declaración anual puede salir con datos que no son tuyos.

  • 6

    CURP

    RAOM950312MGTMRR04

    Tu clave única de población. Identifica a la persona, no al contribuyente.

  • 7

    Número de Seguridad Social (NSS)

    12345678901

    Tu número ante el IMSS. Son once dígitos y es tuyo de por vida.

    Por qué importa: Es el número con el que se acumulan tus semanas cotizadas. Si el recibo trae uno distinto del tuyo, tus semanas se están yendo a otra cuenta.

Periodo y salarios

Qué días cubre y con qué salarios se calcula.

  • 8

    Periodo de pago

    16 al 31 de marzo de 2027

    Los días que cubre este pago.

  • 9

    Días pagados

    15

    Cuántos días se te pagan en este recibo.

    Por qué importa: Si son menos de los del periodo, tuvo que haber un motivo: una incapacidad, un permiso sin goce de sueldo o un alta a media quincena. Si no lo hubo, pregunta.

  • 10

    Salario diario

    $600.00

    Tu sueldo dividido entre los días del mes. Es la base de casi todo lo demás.

  • 11

    Salario base de cotización (SBC)

    $629.59

    El salario con el que estás registrado ante el IMSS. Es tu salario diario MÁS la parte proporcional de aguinaldo, prima vacacional y cualquier otra prestación que integre.

    Por qué importa: Es el dato más importante del recibo, por encima del ISR. De él dependen tu pensión, tu crédito de vivienda y lo que te paguen en una incapacidad. Un SBC por debajo del que te corresponde te perjudica durante toda tu vida laboral.

Percepciones

Todo lo que suma antes de los descuentos.

  • 12

    Sueldo (percepción ordinaria)

    $9,000.00

    Tu sueldo del periodo, antes de cualquier descuento.

  • 13

    Otras percepciones gravadas

    $0.00

    Horas extra por encima del límite exento, comisiones, bonos, prima dominical. Suman a la base del ISR.

  • 14

    Percepciones exentas

    $0.00

    Vales de despensa, fondo de ahorro, la parte exenta del aguinaldo y de la prima vacacional. No pagan ISR dentro de sus límites.

    Por qué importa: No son un regalo del patrón: son prestaciones con un tratamiento fiscal propio. Aparecen aquí porque forman parte de lo que recibes.

Deducciones

Todo lo que resta, y quién se queda con cada cosa.

  • 15

    ISR retenido

    $990.66

    El impuesto sobre la renta que el patrón te retiene y entrega al SAT por ti. Se calcula con la tarifa del periodo.

    Por qué importa: No se lo queda la empresa: lo entera al SAT a tu nombre, y por eso al final del año cuenta como impuesto ya pagado en tu declaración anual.

  • 16

    Subsidio para el empleo

    $0.00

    Un apoyo que REDUCE tu ISR cuando tu ingreso es bajo. No es un descuento: va del lado del impuesto y puede dejar la retención en cero.

    Por qué importa: Si tu sueldo está en el rango del subsidio y tu recibo no lo muestra, puede que te estén reteniendo más de lo que toca. Es el concepto que menos se explica y uno de los que más dinero mueve en sueldos bajos.

  • 17

    Cuota obrera del IMSS

    $240.95

    Tu parte de la seguridad social. El patrón paga bastante más que tú: la mayor parte de la cuota es suya.

  • 18

    Descuento Infonavit

    $0.00

    El pago de tu crédito de vivienda, si tienes uno. Lo retiene el patrón y lo entrega al Infonavit.

    Por qué importa: Sólo aparece si pediste un crédito. Si lo ves sin haber pedido ninguno, reclámalo de inmediato.

  • 19

    Descuento Fonacot

    $0.00

    El pago de un crédito del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, si lo solicitaste. El patrón está obligado a retenerlo y enterarlo.

    Por qué importa: Es un crédito que pediste tú; el patrón sólo descuenta. Si el descuento aparece y tú no pediste nada, o si el saldo no baja, revísalo con el Fonacot directamente.

  • 20

    Pensión alimenticia

    $0.00

    Una retención ordenada por un juez en favor de un hijo, una expareja u otro acreedor alimentario. El patrón no puede negarse ni puede aplicarla sin orden judicial.

    Por qué importa: Si aparece, debe existir una resolución judicial que la respalde y tienes derecho a conocerla. Si no la hay, el descuento es indebido.

Total

Lo que llega a tu cuenta.

  • 21

    Neto a pagar

    $7,768.39

    Lo que de verdad te llega a la cuenta: percepciones menos deducciones.

    Por qué importa: Compáralo con el depósito de tu banco. Si no coinciden, el problema está en el pago, no en el recibo.

Sello fiscal

Lo que convierte el papel en un comprobante válido.

  • 22

    Folio fiscal (UUID)

    A1B2C3D4-5E6F-4A7B-8C9D-0E1F2A3B4C5D

    El identificador único que el SAT le dio a este recibo al timbrarlo. Son 36 caracteres.

    Por qué importa: Con él puedes comprobar en el portal del SAT que el recibo existe y está vigente. Un recibo sin UUID no está timbrado.

  • 23

    Sello digital del CFDI y del SAT

    (cadena larga de caracteres)

    La firma electrónica del documento. Hay dos: la de la empresa y la del SAT, que se añade al timbrarlo.

    Por qué importa: Es lo que hace que el recibo no se pueda alterar sin que se note. No hace falta que lo entiendas: basta con que esté.

¿Cuadra tu recibo?

Copia tres cifras de tu recibo y compáralas con lo que debería retenerte el patrón. El cálculo lo hace el mismo motor que la calculadora de nómina del sitio, así que el número de referencia es el mismo que publicamos allá.

Revisa tu recibo

Copia tres cifras de tu recibo y compáralas con lo que debería salir. Se calcula aquí mismo, en tu navegador: nada se envía a ningún servidor.

Es el dato más importante del recibo. Si lo capturas, se compara con el que te correspondería.

Vales, fondo de ahorro y demás prestaciones exentas, si aparecen por separado.

Captura al menos el total de percepciones para ver la comparación.

Qué te pueden descontar y qué no

Cada descuento tiene una base legal, y algunos tienen límites. Uno de ellos no es legal nunca: el artículo 107 de la LFT prohíbe «la imposición de multas a los trabajadores, cualquiera que sea su causa o concepto».

Deducciones de un recibo de nómina: qué es cada una, en qué norma se funda y si puede rechazarse
ISREl impuesto sobre tu sueldo. El patrón lo retiene y lo entrega al SAT por ti. Ver detalleLISR arts. 96 y 99 fr. INo. La retención es obligatoria para el patrón; no es algo que puedas pedir que no te descuenten.
Cuota obrera del IMSSTu parte de la seguridad social, calculada sobre el salario base de cotización. Ver detalleLSS arts. 25, 106, 107, 147 y 168No. Es obligatoria y el patrón está obligado a retenerla y enterarla.
Crédito InfonavitEl pago de tu crédito de vivienda. Ver detalleLey del Infonavit art. 29 fr. IIINo mientras tengas el crédito, porque lo pediste tú. Lo que sí puedes es verificar en tu estado de cuenta del Infonavit que lo retenido se esté aplicando.
Crédito FonacotEl pago de un crédito para consumo que solicitaste al Fonacot.LFT art. 132 fr. XXVI BisNo si tienes el crédito. Pero el descuento sólo procede sobre un crédito que tú solicitaste: no se puede imponer.
Pensión alimenticiaUna retención en favor de un acreedor alimentario.LFT art. 110 fr. INo, cuando hay orden de un juez. Y al contrario: sin orden judicial el patrón NO puede aplicarla.
Cuota sindicalLa aportación al sindicato, cuando estás sindicalizado.LFT art. 110 fr. VISólo procede si lo consintió el trabajador o lo prevé el contrato colectivo. No es automática por trabajar en una empresa con sindicato.
Préstamo del patrón o caja de ahorroEl descuento de un anticipo o un préstamo que te dio la empresa.LFT art. 110 fr. I y 111Tiene límites: los descuentos por deudas con el patrón no pueden pasar del 30 % del excedente del salario mínimo, y el art. 111 prohíbe que los salarios se embarguen salvo por pensión alimenticia.
Faltas, retardos o «multas»Un descuento por no asistir o llegar tarde.LFT art. 107Un día no trabajado puede no pagarse, pero una MULTA no: el artículo 107 prohíbe «la imposición de multas a los trabajadores, cualquiera que sea su causa o concepto». Si tu recibo dice «multa», está mal.

Cómo descargar tus recibos timbrados del SAT

Tus recibos de nómina son facturas que tu patrón emite a tu nombre, así que están en el portal del SAT y siguen ahí aunque la empresa haya cerrado. El paso donde más gente se pierde es el tercero.

  1. 1

    Entra al portal de facturación del SAT

    Es el mismo portal donde se consultan todas las facturas emitidas a tu nombre, incluidos los recibos de nómina.

    https://portalcfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx

  2. 2

    Identifícate con tu RFC y tu contraseña, o con tu e.firma

    La contraseña del SAT basta para consultar. Si no la tienes, se recupera en el propio portal con tu correo registrado.

  3. 3

    Elige «Consultar facturas recibidas»

    Las de nómina te las emite tu patrón, así que para ti son RECIBIDAS, no emitidas. Es el paso donde más gente se pierde.

  4. 4

    Filtra por periodo y por tipo de comprobante «Nómina»

    Puedes bajar un mes, un año o un rango. El sistema limita la consulta por rangos, así que para varios años conviene ir año por año.

  5. 5

    Descarga el XML, no sólo el PDF

    El XML es el documento legal; el PDF es una representación impresa. Si algún día necesitas acreditar tu ingreso, el XML es el que vale.

  6. 6

    Verifica el folio fiscal cuando tengas dudas

    El verificador público del SAT confirma si un CFDI existe y si está vigente o cancelado, con sólo el UUID y los RFC.

    https://verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx

El SAT también tiene el «Visor de nómina del trabajador», que resume lo que tus patrones reportaron en el año. No lo enlazamos porque el 7 de octubre de 2026 su dominio no resolvía y las páginas internas de sat.gob.mx no responden a una comprobación automática: se llega a él desde el portal del SAT, en la sección de declaraciones.

Seis señales de que algo va mal

Tu recibo no está timbrado

No tiene folio fiscal (UUID) ni sellos, o no aparece en el portal del SAT. Un papel con el logotipo de la empresa no es un CFDI.

Qué hacer: Pide el CFDI. El artículo 99 fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta obliga al patrón a expedir comprobantes fiscales por los pagos de sueldos.

Tu SBC es menor que tu salario real

Estás registrado ante el IMSS por menos de lo que ganas. Es la irregularidad que más daño hace, porque reduce tu pensión, tu crédito de vivienda y lo que cobrarías en una incapacidad.

Qué hacer: Compara el SBC del recibo con tu salario diario integrado. Si no cuadra, puedes presentar una aclaración ante el IMSS.

Comprobarlo →

No apareces en el IMSS

Te pagan con recibo pero no te dieron de alta, o te dieron de alta con otro NSS.

Qué hacer: Consulta tu historial de semanas cotizadas: ahí aparecen los patrones y los periodos registrados a tu nombre.

Comprobarlo →

Una parte del sueldo va «por fuera»

Te pagan una parte en el recibo y otra en efectivo o por transferencia sin comprobante. El recibo bajo reduce tu SBC y todo lo que depende de él.

Qué hacer: Guarda evidencia de los pagos reales. El artículo 804 de la LFT obliga al patrón a conservar nóminas y recibos, y el 805 presume ciertos los hechos de tu demanda si no los exhibe.

Dice «multa»

El artículo 107 de la LFT prohíbe expresamente imponer multas a los trabajadores, cualquiera que sea su causa.

Qué hacer: Reclámalo por escrito. Es un descuento improcedente, no una interpretación discutible.

Te piden firmar en blanco o firmar recibos de días que no trabajaste

Un recibo firmado es prueba de que te pagaron. Firmar en blanco es renunciar a poder discutirlo.

Qué hacer: No firmes. El artículo 101 de la LFT te da derecho a que el recibo te lo entreguen impreso cuando lo pidas, así que puedes leerlo antes.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Mi patrón está obligado a darme un recibo de nómina?

Sí, por dos vías. El artículo 101 de la Ley Federal del Trabajo dice que «los recibos de pago deberán entregarse al trabajador en forma impresa o por cualquier otro medio, sin perjuicio de que el patrón lo deba entregar en documento impreso cuando el trabajador así lo requiera», y que «en todos los casos, el trabajador deberá tener acceso a la información detallada de los conceptos y deducciones de pago». Por el lado fiscal, el artículo 99 fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta obliga a expedir el comprobante fiscal (CFDI) por los pagos de sueldos.

¿El recibo digital sustituye al impreso?

Sí, pero el impreso sigue siendo tu derecho si lo pides. El artículo 101 de la LFT dice que «los recibos de pago contenidos en comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) pueden sustituir a los recibos impresos», y en la misma frase conserva la obligación de entregarlo impreso «cuando el trabajador así lo requiera». Así que puedes pedirlo en papel y la empresa no puede negarse.

¿Cómo descargo mis recibos de nómina del SAT?

Entra al portal de facturación del SAT con tu RFC y contraseña, elige «Consultar facturas recibidas» —tus recibos de nómina los emite tu patrón, así que para ti son recibidas— y filtra por el tipo de comprobante «Nómina» y el periodo que quieras. Descarga el XML y no sólo el PDF: el XML es el documento legal. Los recibos siguen ahí aunque la empresa haya cerrado.

¿Qué es el SBC y por qué importa más que el ISR?

El salario base de cotización es el salario con el que estás registrado ante el IMSS: tu salario diario más la parte proporcional de aguinaldo, prima vacacional y las demás prestaciones que integran. Importa más que el ISR porque de él dependen tu pensión, tu crédito de vivienda y lo que te paguen si te incapacitas. Un ISR mal calculado se corrige en la declaración anual; un SBC bajo te afecta durante toda la vida laboral.

¿Qué es el subsidio para el empleo que aparece en mi recibo?

Es un apoyo que reduce el ISR de los sueldos bajos. No es un descuento más: va del lado del impuesto y puede dejar tu retención en cero. Si tu ingreso está en el rango del subsidio y tu recibo no lo refleja, puede que te estén reteniendo más de lo que corresponde.

¿Me pueden descontar una multa por llegar tarde?

No. El artículo 107 de la Ley Federal del Trabajo prohíbe «la imposición de multas a los trabajadores, cualquiera que sea su causa o concepto». Una cosa es que un día no trabajado no se pague y otra es una multa: si tu recibo usa esa palabra o descuenta un importe fijo como sanción, el descuento es improcedente.

¿Qué hago si mi recibo no cuadra con lo que me depositaron?

Primero compara el neto del recibo con el depósito del banco. Si el recibo está bien y el depósito no, el problema es el pago. Si el recibo mismo no cuadra, revisa los días pagados y las deducciones una por una con la herramienta de esta página, y pide la aclaración por escrito a Recursos Humanos: el artículo 101 de la LFT te da derecho a «la información detallada de los conceptos y deducciones de pago».

¿Puede mi patrón pagarme en vales en lugar de en dinero?

No. El primer párrafo del artículo 101 de la LFT dice que el salario en efectivo «deberá pagarse precisamente en moneda de curso legal, no siendo permitido hacerlo en mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda substituir la moneda». Los vales de despensa pueden ser una prestación ADEMÁS del salario, nunca el salario mismo.

¿Cuánto tiempo debo guardar mis recibos de nómina?

Guárdalos indefinidamente si puedes: son la prueba de tu ingreso y de tu antigüedad. Por el lado del patrón, el artículo 804 de la LFT lo obliga a conservar las nóminas y los recibos de salarios «durante el último año y un año después de que se extinga la relación laboral», y el 805 establece que no exhibirlos presume ciertos los hechos que el trabajador afirme en su demanda.

Fuentes oficiales

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