¿Qué es una semana cotizada ante el IMSS?
Una semana cotizada es cada semana en la que un patrón te tuvo dado de alta ante el IMSS y pagó tus cuotas de seguridad social. El IMSS lleva la cuenta en semanas, no en años: internamente convierte los días que cotizaste (los que aparecen en tus altas y bajas) dividiéndolos entre siete. Por eso un año de trabajo continuo equivale a aproximadamente 52 semanas cotizadas.
Tus semanas cotizadas son la llave de tu pensión: junto con tu edad, definen si tienes derecho a una pensión por cesantía en edad avanzada o vejez. Si nunca has trabajado formalmente o cotizaste muy poco, es posible que no alcances el mínimo, aunque existen alternativas para seguir sumando semanas de forma voluntaria.
Importante: esta página es un estimador educativo. No puede mostrar tu número real de semanas porque ese dato está protegido y sólo el IMSS lo emite con tu NSS y CURP. Lo que sí hace es ayudarte a calcular, con el tiempo que has trabajado, un aproximado y compararlo con el mínimo que te exige tu régimen.
Cómo consultar tus semanas cotizadas (paso a paso)
La forma más rápida y gratuita de conocer tu número exacto de semanas cotizadas es en línea, sin ir a una oficina. Necesitas tu Número de Seguridad Social (NSS), tu CURP y un correo electrónico. Sigue estos pasos:
- Descarga la app IMSS Digital (Android o iOS) o entra a la página serviciosdigitales.imss.gob.mx.
- Selecciona la opción "Semanas cotizadas".
- Captura tu CURP, tu NSS y tu correo electrónico registrado.
- El sistema genera tu reporte con el total de semanas cotizadas, las semanas descontadas (por reingresos) y el historial de tus patrones.
- Descarga el PDF: ese documento es tu constancia o reporte de semanas cotizadas, útil para trámites de pensión.
Si no conoces tu NSS, puedes obtenerlo en la misma app IMSS Digital con tu CURP, o consultarlo en un recibo de nómina anterior. Si detectas semanas faltantes —por ejemplo, un empleo que no aparece— puedes iniciar una aclaración ante el IMSS presentando tus comprobantes (recibos, contratos o estados de cuenta de la Afore).
¿Cuántas semanas necesito para pensionarme?
El mínimo de semanas depende del régimen que te aplica, y eso lo define la fecha en que cotizaste por primera vez:
- Ley 73: si tu primer registro ante el IMSS fue antes del 1 de julio de 1997, necesitas 500 semanas cotizadas.
- Ley 97: si empezaste a cotizar el 1 de julio de 1997 o después, el mínimo ya no es fijo. Por la reforma de pensiones de 2020 partió de 750 semanas en 2021 y sube 25 semanas cada año hasta llegar a 1,000 en 2031. En 2026 son 875 semanas.
Un detalle clave de la Ley 97: el requisito que cuenta es el del año en que SOLICITAS la pensión, no el año en que empezaste a cotizar. Por eso, entre más pospongas tu solicitud, más alto puede ser el mínimo. La tabla de "Semanas mínimas (Ley 97)" de esta página muestra el requisito año por año.
Ley 73 vs. Ley 97: ¿cuál te aplica y por qué importa?
La diferencia va más allá del número de semanas. Bajo la Ley 73, tu pensión se calcula con un promedio de tu salario de las últimas 250 semanas, tus semanas cotizadas y tu edad; es una pensión definida que paga el gobierno. Con solo 500 semanas ya tienes derecho, aunque más semanas y un mejor salario aumentan el monto.
Bajo la Ley 97 (la "Generación AFORE"), tu pensión depende principalmente de lo que acumules en tu cuenta individual de Afore. Por eso, además de cumplir las semanas mínimas, el ahorro voluntario y el rendimiento de tu Afore pesan mucho en cuánto recibirás. Para proyectar ese saldo puedes usar nuestra calculadora de retiro AFORE y PPR.
Si empezaste a cotizar cerca de la frontera de julio de 1997, conviene confirmar tu régimen directamente con el IMSS: en algunos casos quien cotizó antes de esa fecha conserva el derecho a elegir la pensión de Ley 73 aunque haya dejado de cotizar por un tiempo.
Qué pasa si me faltan semanas: la Modalidad 40
Si ya no tienes un empleo formal pero te faltan semanas o quieres mejorar tu salario promedio, la Modalidad 40 (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio) te permite seguir cotizando por tu cuenta. Tú pagas una cuota mensual calculada sobre el salario con el que decides registrarte, y ese periodo suma semanas y eleva el promedio salarial que usa la Ley 73.
La Modalidad 40 suele convenir a quienes están bajo la Ley 73 y quieren aumentar su pensión en los últimos años antes del retiro, porque la fórmula premia el salario promedio de las últimas 250 semanas. No basta con que hayan pasado menos de cinco años desde tu baja: necesitas haber cotizado al menos 52 semanas en los cinco años previos a esa baja, inscribirte dentro de los cinco años siguientes a ella, registrar un salario que no supere el que tenías al causar baja (tope de 25 UMA) y mantener los pagos al corriente. Para dimensionar el costo frente al aumento de pensión, revisa nuestra calculadora de retiro AFORE y Modalidad 40.
Cómo recuperar o sumar semanas cotizadas
- Vuelve a cotizar: cualquier empleo formal reanuda la suma de semanas. El reconocimiento de tus semanas anteriores depende del tiempo de interrupción (Art. 151): inmediato hasta 3 años, con 26 semanas nuevas si fue de 3 a 6 años, y con 52 semanas nuevas si pasó de 6 años.
- Corrige semanas faltantes: si un patrón no te dio de alta o hay errores, presenta una aclaración en el IMSS con tus comprobantes para que se reconozcan.
- Modalidad 40: continúa cotizando de forma voluntaria para sumar semanas y subir tu salario promedio (Ley 73).
- Conserva tus derechos: bajo la Ley 73, si dejas de cotizar puedes conservar el derecho a pensión durante un periodo proporcional a las semanas que ya tenías; consulta tu caso con el IMSS.
Cómo estima tus semanas esta calculadora
El estimador es sencillo y transparente. Toma los años que has cotizado y los multiplica por 52 semanas, que es la duración aproximada de un año de cotización continua. Si indicas periodos sin cotizar, los resta antes de convertir a semanas. El resultado se redondea a semanas completas, tal como las registra el IMSS.
Después compara tus semanas estimadas con el mínimo que te exige tu régimen: 500 si marcaste Ley 73, o el mínimo del año de solicitud que elijas si estás en Ley 97 (875 en 2026). La diferencia es tu "brecha": las semanas que te faltarían y, en años, cuánto tiempo más tendrías que cotizar para cerrarla.
Es una aproximación pensada para orientarte, no un cálculo oficial: no considera semanas descontadas por reingresos, incapacidades ni ajustes finos del historial. Para el número exacto, consulta siempre tu reporte en IMSS Digital.
Errores comunes al contar tus semanas
- Confundir años calendario con años cotizados: si tuviste huecos de desempleo, esas semanas no cuentan; réstalas en el campo "años sin cotizar".
- Suponer que el mínimo de la Ley 97 es 1,250 semanas: ese requisito cambió con la reforma de 2020 y hoy es menor (875 en 2026), aunque sube cada año.
- Creer que basta con las semanas: también necesitas cumplir la edad (60 años para cesantía, 65 para vejez) y, en Ley 73, tener un buen salario promedio.
- Olvidar semanas de empleos antiguos: revisa tu reporte completo; a veces aparecen patrones que ya no recordabas y suman a tu favor.
- Usar esta estimación para un trámite formal: para pensionarte necesitas tu reporte oficial del IMSS, no una estimación.