Ley 73 vs. Ley 97: por qué la primera pregunta lo cambia todo
La reforma de 1997 dividió a los trabajadores del IMSS en dos regímenes según cuándo empezaron a cotizar. Si comenzaste a cotizar antes del 1 de julio de 1997 te aplica la Ley 73: puedes elegir pensionarte bajo un esquema de beneficio definido, donde la pensión se calcula con tu salario promedio de las últimas 250 semanas, tu total de semanas cotizadas, tu edad y la conservación de tus derechos — no con el saldo de tu AFORE.
Si empezaste a cotizar a partir del 1 de julio de 1997 te aplica la Ley 97 (la llamada Generación AFORE): tu pensión depende directamente de lo que hayas acumulado en tu cuenta individual. Por eso, para la Ley 97, esta herramienta proyecta el saldo y estima un ingreso mensual sostenible; para la Ley 73, el saldo de tu cuenta es solo una parte del panorama y necesitas una estimación especializada del IMSS.
Importante: esta calculadora no promete ni calcula una pensión de Ley 73 a partir de unos pocos datos. Ese cálculo exige tu historial salarial, semanas, edad y la conservación de derechos, y lo realiza el IMSS.
Cuánto se aporta a tu AFORE (reforma de pensiones 2020)
Tu cuenta individual recibe la aportación de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV), integrada por cuotas del trabajador, el patrón y el gobierno (la cuota social). La reforma de pensiones de 2020 (publicada en el DOF el 16 de diciembre de 2020) aumenta de forma gradual, entre 2023 y 2030, la cuota patronal de Cesantía y Vejez según el salario del trabajador.
Con ese esquema, la aportación total que se deposita en la cuenta —que rondaba el 6.5% del salario base de cotización— se eleva progresivamente hasta acercarse al 15% del SBC hacia 2030. La cuota patronal de Cesantía y Vejez depende del rango salarial (en veces UMA) y del año calendario: sube cada año del esquema de transición y se congela en 2030. Para el rango salarial más alto pasa de 7.513% del SBC en 2026 a 11.875% en 2030; los rangos intermedios aportan porcentajes menores y el trabajador de un salario mínimo se mantiene en 3.150% todos los años. A esa cuota patronal se suma el 2% de Retiro (patrón) y el 1.125% de Cesantía y Vejez del trabajador. Por eso la proyección aplica la tasa que corresponde a cada año, no una tasa fija de 2026.
Además de lo obligatorio puedes hacer aportaciones voluntarias y abrir un PPR. Ambas pueden ser deducibles si cumplen los requisitos de permanencia (Art. 151 fr. V LISR).
El mínimo de semanas ya no es fijo de 1,250: la reforma de 2020 fijó un piso de 750 semanas en 2021 y lo incrementa 25 semanas por año hasta llegar a 1,000 en 2031. Rige el número vigente en el año en que presentas la solicitud de pensión, no el año en que dejas de trabajar. Verifica tus semanas en la app de tu AFORE o en el IMSS.
Qué es un PPR y cómo funciona su deducción
Un Plan Personal de Retiro (PPR) es un instrumento de ahorro e inversión de largo plazo, contratado con una institución autorizada (aseguradora, operadora de fondos o banco), diseñado para el retiro. Su principal ventaja es fiscal: las aportaciones son deducibles en tu declaración anual dentro de los límites del Art. 151 fracción V de la LISR.
La deducción está sujeta a su límite específico: el menor entre 10% del ingreso acumulable anual y cinco UMA anuales, además de los requisitos de elegibilidad y permanencia del producto (Art. 151 fr. V LISR). En 2026, cinco UMA anuales equivalen a 5 × $42,794.64 = $213,973.20. El beneficio real depende de tu tasa de ISR y sólo puede estimarse capturando tu ingreso anual acumulable.
- El beneficio fiscal es una estimación de reducción o devolución potencial de ISR, sujeta a tu ingreso, retenciones, límites de deducción, producto elegible y validación del SAT.
- Las aportaciones voluntarias a la AFORE con permanencia fiscal también pueden ser deducibles por la misma vía; el PPR es simplemente otro vehículo elegible.
- Para conservar el beneficio, los recursos deben permanecer hasta los 65 años (o invalidez/incapacidad). Retirarlos antes revierte la deducción y genera retención.
Nominal vs. pesos de hoy: por qué mostramos ambos
Un saldo de varios millones de pesos dentro de 30 años suena impresionante, pero la inflación erosiona su poder de compra. Por eso la calculadora muestra el saldo nominal (los pesos del futuro) y el saldo en pesos de hoy (deflactado por la inflación que ingreses), además de la tasa de rendimiento real con la ecuación de Fisher.
El ingreso mensual sostenible se expresa como un rango en pesos de hoy: el extremo bajo usa una regla de retiro del 4% real (que tiende a preservar el capital) y el alto anualiza el saldo hasta la edad en que quieres que dure tu ahorro. La cifra de dividir el saldo entre 240 meses se muestra solo como ilustración cruda, claramente etiquetada, porque ignora rendimientos futuros y tu esperanza de vida.
Supuestos de la proyección
- El rendimiento que ingresas se interpreta como rendimiento nominal neto de comisiones (el rendimiento neto que publica CONSAR); la calculadora descuenta la inflación por separado para mostrar el saldo en pesos de hoy.
- Se asume aportación continua durante todo el periodo, sin interrupciones por desempleo ni periodos sin cotizar.
- La aportación obligatoria no es fija: aplica la tasa de Cesantía y Vejez que corresponde a cada año del esquema de transición 2023–2030 y se congela en 2030.
- El salario se mantiene constante salvo que actives el crecimiento anual de aportaciones; en ese caso, el importe crece a la tasa que indiques.
- Los resultados son estimaciones educativas, no un monto de pensión garantizado; los rendimientos futuros y tu esperanza de vida no se conocen con certeza.
Riesgos y restricciones de retiro que debes conocer
- Los rendimientos no están garantizados. Consulta en CONSAR el rendimiento neto histórico de tu SIEFORE; varía por generación, periodo y comisión y no garantiza resultados futuros. Usa ese dato en la calculadora en lugar de suponer una cifra.
- Las aportaciones voluntarias tienen distintos plazos de disponibilidad (corto, mediano y largo plazo); las de permanencia y el PPR se retiran hasta el retiro para conservar el beneficio fiscal.
- El retiro por desempleo reduce el saldo y las semanas cotizadas en la proporción legal. La ayuda para gastos de matrimonio utiliza recursos de la cuenta, pero no reduce las semanas cotizadas.
- El retiro anticipado de un PPR (antes de cumplir la permanencia) revierte la deducción, se acumula como ingreso y puede tener retención.
- Si dejas de cotizar, se detiene la aportación patronal; conserva un fondo de emergencia para no tocar tu ahorro de retiro.
Errores comunes al planear el retiro
- Suponer que la aportación obligatoria bastará para una pensión adecuada: bajo la Ley 97, sin ahorro voluntario la tasa de reemplazo suele ser baja.
- Confundir el saldo nominal con poder de compra: siempre planea en pesos de hoy.
- Creer que el mínimo son 1,250 semanas fijas: desde 2021 el piso es menor y sube cada año (875 en 2026).
- Pensar que el SAT reembolsa un monto garantizado por el PPR: es una estimación sujeta a tu situación fiscal y a validación.
- Empezar tarde: el interés compuesto premia el tiempo; cada año que retrasas tus aportaciones cuesta desproporcionadamente.
- No comparar comisiones y rendimiento neto entre AFORE en el portal de la CONSAR.
Cómo usar la calculadora
- Responde primero si empezaste a cotizar antes del 1 de julio de 1997 (define Ley 73 o Ley 97).
- Captura tu edad actual, tu edad de retiro y el saldo actual de tu AFORE.
- Indica tu aportación obligatoria: estímala desde tu salario base o ingrésala directamente de tu estado de cuenta.
- Agrega, si aplica, tu aportación voluntaria mensual y tu aportación mensual a un PPR.
- En opciones avanzadas ajusta rendimiento, inflación, ingreso anual, tasa marginal de ISR, semanas cotizadas y crecimiento de aportaciones.
- Lee la comparación de estrategias, la gráfica de aportaciones vs. rendimiento y el beneficio fiscal, y descarga tu PDF.