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Modalidad 40 del IMSS 2026: cuánto cuesta y si te conviene

La Modalidad 40 te deja seguir cotizando al IMSS después de quedarte sin patrón, con el salario que tú elijas. Sirve para subir tu pensión de Ley 73, pero cuesta dinero cada mes y la cuota sube cada año hasta 2030. Aquí calculas las dos cosas que importan: cuánto vas a pagar en total y en cuántos meses de pensión lo recuperas.

Simulador de Modalidad 40: costo, aumento de pensión y recuperación

Estimación educativa. La Modalidad 40 conviene sobre todo bajo la Ley 73, porque esa fórmula promedia el salario de las últimas 250 semanas. La inscripción, la elegibilidad y el monto final los determina el IMSS. El trámite es gratuito: ningún gestor debe cobrarte por inscribirte.
Tu situación hoy

El promedio de tus últimas 250 semanas cotizadas.

Consúltalas gratis en IMSS Digital.

El porcentaje del Art. 171 queda fijo de por vida.

Tu plan de Modalidad 40

Tope de 25 UMA: $89,156 al mes.

Opcional. El salario a registrar no puede ser menor (Art. 218 LSS).

La fórmula promedia 250 semanas ≈ 5 años.

Supuesto

La subida de la cuota (14.438% → 18.8% en 2030) es un calendario publicado y se aplica tal cual. El valor futuro de la UMA no lo es: es un supuesto tuyo, y sólo mueve el resultado si cotizas en el tope de 25 UMA.

El cálculo se realiza en tu dispositivo. Calcu.mx no envía tus datos a un servidor.

Aumento mensual de tu pensión

Recuperas en 3.1 años

+$8,015.92 / mes

Costo total $299,137.50 en 60 meses

Tramo salarial aplicable (Art. 168)
4.01 UMA en adelante
Cuota mensual en 2026 (14.438%)
$4,331.25
Cuota mensual en el último año (18.8%)
$5,640.00
Costo total del plan (con la rampa aplicada)
$299,137.50
Cuánto de eso es por el aumento de la cuota
$39,262.50
Semanas que agregarías
260 semanas
Pensión SIN Modalidad 40
$9,582.47
Pensión CON Modalidad 40
$17,598.38

Recuperas lo aportado en un plazo intermedio. Sale si esperas cobrar la pensión bastantes años más que eso; conviene compararlo con dejar ese dinero invertido.

Lo que pagarías año por año

La cuota sube cada año hasta 2030, así que el mismo salario de registro cuesta más conforme avanza el plan. Multiplicar la cuota de hoy por todos los meses subestima el gasto en $39,262.50.

Costo de la Modalidad 40 desglosado por año
AñoMesesTramoCuotaAl mesEn el añoAcumulado
2026124.01 UMA en adelante14.438%$4,331$51,975$51,975
2027124.01 UMA en adelante15.528%$4,658$55,901$107,876
2028124.01 UMA en adelante16.619%$4,986$59,827$167,704
2029124.01 UMA en adelante17.709%$5,313$63,754$231,458
2030124.01 UMA en adelante18.8%$5,640$67,680$299,138

La tasa de Modalidad 40 no es la misma para todos los salarios. Varía según el año y según el tramo del salario base de cotización que fija el Art. 168 de la Ley del Seguro Social: va de 10.075% en el tramo de 1.00 salario mínimo a 14.438% de 4.01 UMA en adelante, en 2026. El cálculo aplica el tramo que corresponde al salario que capturaste, y la columna «Tramo» lo muestra. Porcentajes conforme al Art. 168 y al régimen transitorio de la reforma publicada en el DOF el 16 de diciembre de 2020; después de 2030 la rampa termina y la cuota se mantiene.

¿Con qué salario te conviene registrarte?

El mismo plan de 60 meses, simulado con distintos salarios de registro. Subir el salario aumenta la pensión, pero también la cuota: lo que decide es en cuántos meses recuperas lo aportado.

Comparación de salarios de registro contra costo, aumento de pensión y meses de recuperación
Salario a registrarCosto totalSube tu pensiónRecuperación simple
$15,000$149,569+$1,71087 meses
$29,831$297,453+$7,91738 meses
$44,662$445,338+$14,01032 meses
$59,493$593,223+$20,03530 meses
$74,324$741,107+$27,41927 meses
$89,156tope 25 UMA$888,992+$34,80226 mesesmás rápido

El renglón marcado recupera lo aportado en menos meses, que no siempre es el que más sube la pensión: registrar más alto puede darte más dinero al mes y aun así tardar más en pagarse solo.

Es un periodo de recuperación simple: divide lo aportado entre el aumento mensual. No incorpora el valor del dinero en el tiempo, el rendimiento de invertir esa cantidad por otra vía, la inflación, tu esperanza de vida ni efectos fiscales.

¿Qué es la Modalidad 40?

Su nombre oficial es continuación voluntaria en el régimen obligatorio y viene del artículo 218 de la Ley del Seguro Social. Permite que una persona que dejó de trabajar para un patrón siga aportando al IMSS por su cuenta, eligiendo el salario con el que cotiza —desde el último que tuvo registrado hasta un tope de 25 UMA. Ese tope se mueve cada 1 de febrero, cuando entra en vigor el nuevo valor de la UMA: si estás planeando un registro para el año que entra, conviene ver cuánto podría valer la UMA en 2027.

Lo que la hace interesante no es seguir cotizando por seguir: es que la pensión de la Ley 73 se calcula con el salario promedio de las últimas 250 semanas. Cotizar alto justo en ese tramo final levanta el promedio que definirá tu pensión de por vida.

Lo que casi nadie te dice: la Modalidad 40 no incluye servicio médico. Cubre invalidez y vida, y retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, pero no atención médica. Si la necesitas mientras cotizas, hay que contratarla por separado.

¿Quién puede inscribirse? Los cuatro requisitos

Se piden los cuatro juntos. Fallar uno deja fuera, y el más traicionero es el plazo: se cuenta desde tu baja, no desde que decides inscribirte.

Requisitos para inscribirse a la Modalidad 40
RequisitoQué significaDónde se atora la gente
Baja del régimen obligatorioYa no cotizas por medio de un patrónSi sigues empleado, no aplica
52 semanas en los 5 años previosCotizaste al menos un año dentro del último quinquenio antes de tu bajaTrayectorias con huecos largos
Solicitarlo dentro de 5 añosEl plazo corre desde la fecha de tu bajaSe vence sin aviso: es el error más común
Salario igual o mayor al últimoNo puedes registrar menos del último salario que cotizasteQuien quería pagar poco se topa con este piso

Artículos 218 y 219 de la Ley del Seguro Social. La resolución de tu alta la determina el IMSS.

Cuánto cuesta en 2026: tabla de pagos

La cuota no es un porcentaje único: el Art. 168 de la Ley del Seguro Social la fija por tramo salarial. En 2026 va de 10.075% en el tramo de 1.00 salario mínimo hasta 14.438% de 4.01 UMA en adelante. Cada renglón lleva el porcentaje que le corresponde:

Cuota mensual y anual de la Modalidad 40 en 2026 por salario registrado, con el porcentaje del tramo que corresponde a cada salario
Salario registradoEn UMACuota %Cuota mensualAl año
$10,0002.8 UMA12.951%$1,295$15,541
$15,0004.21 UMA14.438%$2,166$25,988
$20,0005.61 UMA14.438%$2,888$34,650
$30,0008.41 UMA14.438%$4,331$51,975
$45,00012.62 UMA14.438%$6,497$77,963
$89,156tope25 UMA14.438%$12,872$154,462

El tope es de 25 UMA mensuales: $89,156 con la UMA de 2026 ($117.31 diarios). No se puede cotizar por encima de esa cifra. Los salarios de 4.01 UMA en adelante —la mayoría de los registros— pagan 14.438%; por debajo de ese tramo la cuota es menor, como en el renglón de $10,000.

Cuánto costará si pagas cinco años: la rampa hasta 2030

Aquí está el dato que las tablas publicadas suelen omitir. La reforma de pensiones sube la cuota cada año, así que el mismo salario de registro cuesta más conforme avanza tu plan. Multiplicar la cuota de hoy por sesenta meses subestima el gasto real.

Porcentaje de cuota de la Modalidad 40 por año hasta 2030
AñoCuota (4.01 UMA+)Al mes con $20,000Avance de la rampa
2026vigente14.438%$2,888
202715.528%$3,106
202816.619%$3,324
202917.709%$3,542
203018.8%$3,760

Reforma de pensiones publicada en el DOF el 16 de diciembre de 2020. La serie parte de una base de 10.075% y sube 1.090625 puntos cada año hasta 18.8% en 2030. El simulador de arriba aplica esta rampa automáticamente y te dice cuánto de tu costo total se debe a ella.

Los porcentajes de la tabla de arriba corresponden al tramo de 4.01 UMA en adelante, que es donde cae la mayoría de los registros. Pero la cuota no es la misma para todos los salarios: el Art. 168 la fija por tramos, desde 10.075% en 1.00 salario mínimo hasta 14.438% de 4.01 UMA en adelante (cifras de 2026). La rampa hasta 2030 corre en todos los tramos, pero cada uno arranca y termina en cifras distintas. El simulador aplica el tramo que corresponde al salario que capturaste y te dice cuál usó.

Cómo inscribirte, paso a paso

El trámite es gratuito y personal. Ningún gestor debería cobrarte por hacerlo.

  1. 1

    Confirma que cumples los requisitos. Haber causado baja del régimen obligatorio, tener al menos 52 semanas cotizadas en los cinco años previos a esa baja, y solicitarlo dentro de los cinco años siguientes a la baja.

  2. 2

    Reúne tus documentos. Identificación oficial vigente, CURP, número de seguridad social (NSS) y comprobante de domicilio. Ten a la mano el último salario con el que cotizaste.

  3. 3

    Presenta la solicitud. En la subdelegación del IMSS que te corresponda por domicilio, o por los medios digitales que el Instituto habilite. El trámite es gratuito y personal.

  4. 4

    Elige el salario con el que vas a cotizar. Puede ser el último salario registrado o uno mayor, con tope de 25 UMA. Es la decisión que más pesa: define tanto lo que pagas como cuánto sube tu pensión.

  5. 5

    Recibe tu formato de pago. El IMSS emite la línea de captura para cubrir las cuotas por mensualidad adelantada, que es como las exige el Art. 218. Guarda cada comprobante: son la prueba de que estuviste al corriente.

  6. 6

    Paga puntualmente y sin interrupciones. Dejar de pagar las cuotas durante dos meses causa la baja (Art. 220, fracción II). Las semanas ya cubiertas no se pierden, pero el esquema se interrumpe. Si la baja fue por dos meses consecutivos sin pago, puedes solicitar el reingreso por escrito dentro de los doce meses siguientes.

Cómo se pierde la Modalidad 40

Casi todas las guías se quedan en «si dejas de pagar, la pierdes». El artículo 220 de la Ley del Seguro Social es más preciso: la baja procede al dejar de pagar las cuotas durante dos meses, no por un recibo suelto. Y contempla una vía de regreso que casi nadie menciona. Vale la pena separar qué se pierde de verdad y qué no:

Qué ocurre al dejar de pagar la Modalidad 40
Qué pasaConsecuencia real
Las semanas ya pagadasSe conservan. No se borran ni se devuelven en dinero.
El esquemaCausas baja de la continuación voluntaria al dejar de pagar dos meses (Art. 220, fracción II).
El promedio de 250 semanasAquí está el daño: una interrupción larga deja semanas de salario bajo dentro del promedio que definirá tu pensión.
Volver a entrarSi la baja fue por falta de pago de dos meses consecutivos, el Art. 220 permite solicitar el reingreso por escrito, dentro de los doce meses siguientes a la fecha de la baja.

Modalidad 40 y la Ley 73: por qué funciona

El artículo 167 de la Ley del Seguro Social de 1973 calcula tu pensión a partir del salario promedio de tus últimas 250 semanas —unos 4.8 años—, más un porcentaje por las semanas que excedan de 500 y un factor según tu edad de retiro. La Modalidad 40 actúa directamente sobre la primera variable, que es la que más pesa.

De ahí sale la regla práctica, con un matiz que suele contarse mal. Las últimas 250 semanas son las que forman el promedio, así que cotizar alto en ese tramo es lo que mueve directamente el monto. Eso no vuelve inútil cotizar antes: las aportaciones previas siguen sumando semanas, ayudan a cumplir requisitos y cambian cuáles semanas terminan entrando en la ventana del promedio. Lo que no hace pagar diez años es mejorar el promedio más que pagar cinco. Para ver el efecto sobre tu caso, calcula primero tu pensión en la calculadora de Pensión IMSS Ley 73 y comprueba tus semanas en la calculadora de semanas cotizadas.

¿Y si estoy en la Ley 97?

Puedes inscribirte si cumples los requisitos, pero el mecanismo es otro. Bajo la Ley 97 tu pensión sale del saldo acumulado en tu cuenta individual, no de un promedio salarial, así que lo que aportas se convierte en saldo y en semanas —no en un multiplicador de la fórmula. Antes de decidirlo conviene comparar ese destino con una aportación voluntaria o un PPR deducible en la calculadora de AFORE y PPR. Si no estás seguro de qué régimen te toca, lo decide la fecha de tu primera cotización.

Subir tu pensión sin Modalidad 40

No es la única palanca, y a veces no es la mejor. Estas son las alternativas y cuándo tienen sentido:

Alternativas a la Modalidad 40 para aumentar la pensión
VíaQué mejoraCuándo conviene
Retrasar tu retiroEl factor de edad: de 75% a los 60 a 100% a los 65Casi siempre. Es gratis y el efecto es grande.
Corregir tus semanasSemanas que el IMSS no tiene registradasSi tu reporte tiene huecos. El trámite es gratuito.
Seguir empleado con salario altoEl mismo promedio de 250 semanas, sin costo propioSi puedes seguir trabajando: lo paga el patrón.
Modalidad 40El promedio de 250 semanas y las semanas totalesLey 73, sin patrón y a menos de cinco años del retiro.

Otros nombres con los que se busca

Si llegaste buscando continuación voluntaria al régimen obligatorio, modalidad 40 altas pensiones, simulador de Modalidad 40, tabla de pagos de la Modalidad 40 o inscripción a la Modalidad 40, es todo lo mismo y está en esta página: el simulador de arriba calcula el costo con la cuota vigente, la tabla anual y los pasos del trámite están más abajo. Los montos cambian cada año porque cambian la UMA y el porcentaje de la cuota, así que las búsquedas con año —modalidad 40 2026— apuntan a esta misma herramienta, siempre actualizada.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta la Modalidad 40 en 2026?

Depende del salario con el que te registres, porque el Art. 168 de la Ley del Seguro Social fija la cuota por tramos. En 2026 va de 10.075% en el tramo de 1.00 salario mínimo a 14.438% de 4.01 UMA en adelante, que es donde cae la mayoría de los registros. Con un salario de $20,000 (5.61 UMA) pagas alrededor de $2,888 al mes; con uno de $10,000 (2.8 UMA) caes en un tramo más bajo y pagas unos $1,295. En el tope de 25 UMA ($89,156 mensuales) la cuota llega a unos $12,872. Además el porcentaje sube cada año por la reforma de pensiones hasta 18.8% en 2030 para ese tramo alto, así que un plan de cinco años cuesta más que cinco veces la cuota de hoy.

¿Cuáles son los requisitos para inscribirse a la Modalidad 40?

Son cuatro y se piden juntos: haber causado baja del régimen obligatorio del IMSS, acreditar un mínimo de 52 semanas cotizadas dentro de los cinco años anteriores a esa baja, presentar la solicitud dentro de los cinco años siguientes a la baja, y registrar un salario igual o mayor al último con el que cotizaste, sin rebasar el tope de 25 UMA. Si dejaste pasar más de cinco años desde tu baja, ya no puedes entrar.

¿La Modalidad 40 incluye servicio médico del IMSS?

No. Es el punto que más sorprende a quien se inscribe: la continuación voluntaria cubre las ramas de invalidez y vida y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, pero no da atención médica. Si necesitas cobertura mientras cotizas en Modalidad 40, tienes que contratarla aparte —por ejemplo el Seguro de Salud para la Familia del propio IMSS— o mantener otra vía de atención.

¿A quién le conviene realmente la Modalidad 40?

Sobre todo a quienes están en la Ley 73 y les faltan pocos años para retirarse. La razón es la fórmula: el Art. 167 usa el salario promedio de las últimas 250 semanas, unos cinco años, así que cotizar alto justo en ese tramo levanta el promedio que se usará para toda tu pensión. Si estás en la Ley 97 el efecto es distinto y mucho menor, porque ahí la pensión depende del saldo de tu cuenta individual.

¿Qué pasa si dejo de pagar la Modalidad 40?

No ocurre por un recibo suelto: el artículo 220 de la Ley del Seguro Social establece que la continuación voluntaria termina al dejar de pagar las cuotas durante dos meses. Las semanas que ya cubriste no se borran ni se te devuelve el dinero, quedan registradas. Lo que se pierde es la continuidad, y ahí está el daño real: si tu plan era levantar el promedio de las últimas 250 semanas, una interrupción deja semanas bajas dentro de ese promedio. El mismo artículo prevé una vía de regreso: cuando la baja se debió a la falta de pago de dos meses consecutivos, puedes solicitar por escrito el reingreso dentro de los doce meses siguientes a la fecha de la baja, sujeto a los requisitos aplicables.

¿Con qué salario me conviene registrarme?

No siempre con el más alto. Subir el salario de registro aumenta tu pensión, pero la cuota sube en la misma proporción, así que lo que decide es en cuántos meses de pensión recuperas lo aportado. La tabla de sensibilidad de esta página simula tu mismo plazo con varios salarios y marca cuál se paga solo más rápido. Suele no coincidir con el tope de 25 UMA.

¿Cómo se pagan las cuotas de la Modalidad 40?

Por mensualidad adelantada. El Art. 218 de la Ley del Seguro Social lo dice con esas palabras: «el asegurado cubrirá las cuotas que le correspondan por mensualidad adelantada». El IMSS emite la línea de captura correspondiente y el pago se hace en banco o por los canales en línea del Instituto. No hay en la ley una periodicidad a elección del asegurado; si te interesa alguna facilidad distinta, confírmala directamente en tu subdelegación antes de contar con ella. Lo que sí conviene tener claro es que la forma de pago no cambia el cálculo de la pensión: cuentan los periodos efectivamente cubiertos y el salario registrado.

¿Cuánto tiempo conviene pagar la Modalidad 40?

El referente natural son cinco años, porque la fórmula de la Ley 73 promedia las últimas 250 semanas, que equivalen a unos 4.8 años. Pagar menos tiempo levanta el promedio sólo parcialmente, ya que las semanas viejas con salario bajo siguen dentro del cálculo. Pagar más tiempo no aporta al promedio, aunque sí suma semanas cotizadas, lo que sirve si aún no llegas al mínimo de 500.

¿Cobran por inscribirme a la Modalidad 40?

No. La inscripción es un trámite gratuito que se hace directamente ante el IMSS, y ningún gestor, despacho o intermediario debería cobrarte por realizarlo. Lo único que pagas son las cuotas mensuales del esquema, siempre mediante la línea de captura que emite el propio Instituto y a través de los canales oficiales de pago. Desconfía de quien te ofrezca «gestionar» la inscripción por una comisión.

¿La Modalidad 40 sirve si estoy en la Ley 97?

Puedes inscribirte si cumples los requisitos, pero el beneficio funciona distinto. Bajo la Ley 97 tu pensión sale del saldo acumulado en tu Afore, no de un promedio salarial, así que lo que aportas se traduce en saldo y semanas, no en un multiplicador de la fórmula. Antes de decidirlo conviene comparar el rendimiento de esas aportaciones con el de una aportación voluntaria o un PPR deducible.

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Autor y revisión editorial

Deepak Middha

Fundador y autor de Calcu.mx

Contador calificadoChartered AccountantSeries 65Autor de dos libros

Contenido sobre la Modalidad 40 del IMSS con enfoque contable, verificado contra fuentes oficiales (DOF, IMSS, INEGI). Conoce nuestra metodología editorial o escríbenos a support@calcu.mx.

Aviso: contenido informativo y educativo; no constituye asesoría fiscal, legal ni contable. Calcu.mx no está afiliado al IMSS ni a ninguna autoridad, y no gestiona inscripciones: el trámite de alta en la Modalidad 40 es gratuito y se realiza directamente ante el Instituto. Las cuotas y los topes cambian cada año; verifica el dato vigente ante el IMSS antes de tomar decisiones.

Publicado: 17 de agosto de 2026Última revisión normativa: 17 de agosto de 2026

Aviso

Este simulador ofrece una estimación educativa y no constituye asesoría legal, fiscal ni financiera. La elegibilidad para la Modalidad 40, las semanas reconocidas y el monto final de la pensión los determina el IMSS con tu historial y tu salario actualizado por INPC. Los porcentajes de la cuota provienen de la reforma de pensiones (DOF 16-dic-2020) y se actualizan cada año; el crecimiento de la UMA que utiliza la proyección es un supuesto ajustable, no un dato publicado. La inscripción a la Modalidad 40 es un trámite gratuito que se realiza directamente ante el Instituto.

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