Formato de solicitud de vacaciones (Word y PDF)
Captura tu fecha de ingreso y los días que te corresponden se calculan solos con la tabla del artículo 76. Descárgala ya llena, bájala en blanco para escribirla a mano o mira un ejemplo. Gratis, sin registro y sin marcas de agua: lo que capturas no sale de tu navegador.
Generador de formato de solicitud de vacaciones editable
Captura tu fecha de ingreso y los días que te corresponden se calculan solos con la tabla del artículo 76. Si prefieres escribirla a mano, elige «En blanco» y descárgala sin capturar nada.
¿Cómo quieres empezar?
A quién va dirigidafaltan 15 de ejemplo
Tus datos5 de ejemplo
Tus días de vacacionesfaltan 2
Fechas que solicitasfaltan 21 de ejemplo
Vista previa
Faltan datos y aparecen como línea en blanco: Fecha de la solicitud, Fecha de ingreso a la empresa, Días que solicitas, Primer día de vacaciones, Último día de vacaciones. Puedes descargarla así e imprimirla para llenarla a mano.
Formato
Solicitud de vacaciones
EJEMPLO — persona ficticia. Sustituye los datos por los tuyos antes de entregarla.
Empresa
Comercializadora del Bajío, S.A. de C.V.
Lugar
Guadalajara, Jalisco
Fecha
Dirigida a (nombre, puesto y área)
Lic. Roberto Aguilar Mendoza — Gerente de Administración — Administración y finanzas
Nombre completo
María Fernanda López Ramírez
Puesto
Analista de cuentas por pagar
Fecha de ingreso
Número de empleado (opcional)
A-1427
Teléfono (opcional)
55 0000 0004
Correo (opcional)
mf.lopez@ejemplo.com
Años de servicio cumplidos
Días que corresponden
Días ya disfrutados
0
Días que solicita
Días que quedan después de este periodo
Solicita al menos 12 días continuos (art. 78)
SíNo
Primer día de vacaciones
Último día de vacaciones
Fecha de regreso al trabajo (opcional)
Motivo (opcional)
Viaje familiar programado con antelación.
Por medio del presente solicito que se me conceda el disfrute de los días que me corresponden de vacaciones, conforme al artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo. Solicito también que se me entregue acuse de recibido con la fecha de presentación.
María Fernanda López Ramírez
Firma de la persona trabajadora
Visto bueno del jefe inmediato
Autorización de Recursos Humanos
Para uso de la empresa
Resultado
AprobadaRechazada
Días autorizados
Días restantes del periodo
Fecha de autorización
Observaciones
Sale sólo la hoja del documento, sin el menú ni el resto de la página.
Ninguna ley impone un formato de solicitud de vacaciones: el trámite lo fija el reglamento interior de trabajo o el contrato colectivo, así que tu empresa puede pedir el suyo. Lo que sí está en la ley es el deber del patrón de conceder el periodo dentro de los seis meses siguientes a tu aniversario y de entregarte una constancia anual (art. 81 LFT). Lo que escribes se queda en tu navegador.
¿Cuántos días te tocan? Eso lo decide tu antigüedad
Esta hoja los calcula sola, pero conviene saber de dónde salen. Al cumplir tu primer año de servicios son 12 días laborables, y suben dos en cada aniversario hasta 20 al quinto; a partir del sexto aumentan dos días por cada cinco años de servicio. Los días se ganan al CUMPLIR cada año, no el 1 de enero.
Los días vigentes del año 1 al 35, con una columna aparte que los compara con los que daba la ley antes de 2023, una calculadora que te dice la fecha exacta en que suben tus días y el último día del plazo que tiene la empresa para concederte el periodo.
Cómo llenarla, renglón por renglón
En el mismo orden en que aparecen los campos arriba. Lo que sigue no es la definición de cada renglón —esa se entiende sola— sino qué conviene escribir y dónde está la trampa.
A quién va dirigida
El nombre de la empresa tal y como aparece en tu recibo de nómina, y la persona que de verdad autoriza: tu jefe inmediato, o Recursos Humanos si así se maneja en tu área. Si no sabes quién firma, pon el área: una solicitud entregada en Recursos Humanos con acuse vale igual que una dirigida a una persona concreta.
Tu fecha de ingreso
Es el dato que hace trabajar a esta hoja. Con él se calculan tus años de servicio CUMPLIDOS a la fecha de la solicitud, los días que te corresponden según la tabla del artículo 76 y el último día del plazo que tiene la empresa para concedértelos. Ponla exacta: un mes de diferencia puede cambiar el renglón de la tabla en el que caes.
Los días que te corresponden
Sale calculado, y queda editable por una razón concreta: tu contrato individual o tu contrato colectivo pueden darte más días que la ley, y muchas empresas lo hacen. Lo que no pueden es darte menos — el artículo 5º fracción XIII no da efecto legal a la renuncia de un derecho de las normas de trabajo, aunque la firmes. Si capturas un número por debajo del mínimo, el recuadro de cifras te lo advierte.
Los días ya disfrutados
Sólo los de tu periodo ACTUAL, no los de años anteriores. Es lo que permite que la hoja calcule cuántos te quedan y avise si lo que pides no cabe. Si no llevas la cuenta, la constancia anual que el artículo 81 obliga a entregarte debería traerla; si nunca te la han dado, tu recibo de nómina del periodo en que las tomaste suele mostrar los días pagados.
Las tres fechas
Primer día de vacaciones, último día y fecha de regreso. Ojo con una confusión que cuesta discusiones: los días del artículo 76 son días LABORABLES, así que un periodo de diez días abarca más de diez de calendario si cae un domingo o un descanso obligatorio dentro. La hoja te sugiere la fecha de regreso saltando domingos y los días del artículo 74, pero la deja editable porque la ley no fija qué día libra cada persona.
Las firmas y el acuse
La hoja lleva tres: la tuya, el visto bueno del jefe inmediato y la autorización de Recursos Humanos. Y abajo, un recuadro «Para uso de la empresa» que sale SIEMPRE en blanco, con casillas de aprobada o rechazada, los días autorizados, los restantes y observaciones. Pide una copia firmada de recibido o manda la hoja por correo: lo que te protege es la fecha, no el formato.
Las tres formas de usar esta hoja
| Si quieres… | Elige | Qué obtienes |
|---|---|---|
| Entregarla impresa o por correo, ya escrita | Llenarla en línea | La solicitud con tus datos y tus días ya calculados, en Word o PDF. Sólo falta imprimirla y firmarla. |
| Llenarla con bolígrafo | En blanco | La hoja con todos los recuadros vacíos y a su altura completa, para escribir encima. No capturas nada. |
| Ver qué se escribe en cada renglón | Ejemplo ya lleno | Una solicitud completa de una persona ficticia, marcada como ejemplo dentro del propio archivo. |
Lo que la ley sí dice sobre pedir vacaciones
| Qué | Qué dice la ley | Artículo |
|---|---|---|
| El formato | Nada. No existe un formato legal de solicitud: lo fija el reglamento interior de trabajo o el contrato colectivo. | — |
| La anticipación | Nada. El aviso previo no está regulado; sale del reglamento interior o de la costumbre del área. | — |
| Quién reparte el periodo | Al menos 12 días continuos, y el periodo «a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera». | 78 |
| Cambiarlas por dinero | No se puede mientras siga la relación de trabajo: «las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración». | 79 |
| El plazo de la empresa | Concederlas dentro de los 6 meses siguientes al cumplimiento del año de servicios, y entregar una constancia anual con tu antigüedad, tus días y la fecha. | 81 |
Preguntas frecuentes
¿Estoy obligado a pedir mis vacaciones por escrito?
La Ley Federal del Trabajo no lo exige: no impone ningún formato para solicitar vacaciones, y el trámite lo fija el reglamento interior de trabajo o el contrato colectivo de cada empresa. Lo que sí está en la ley es el deber del PATRÓN: el artículo 81 lo obliga a conceder el periodo dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios y a entregarte cada año una constancia escrita con tu antigüedad, los días que te corresponden y la fecha en que los disfrutarás. Pedirlas por escrito te conviene por una razón práctica: el plazo corre contra la empresa y una conversación no deja constancia de cuándo lo pediste.
¿Con cuánta anticipación tengo que pedir las vacaciones?
No hay un plazo legal. La ley no dice nada sobre el aviso previo, así que el número de días que te pidan de anticipación sale del reglamento interior de trabajo, del contrato colectivo o de la costumbre de tu área. Lo habitual en México es entre una y cuatro semanas, y en operaciones con guardias o cierres de mes puede ser más. Si tu empresa no tiene nada escrito, pedirlas con dos o tres semanas de margen y por un medio que deje fecha es lo que mejor te protege.
¿Puedo pedir solo algunos de mis días y dejar el resto?
Sí, y desde 2023 es tu decisión. El artículo 78 dice que del total del periodo disfrutarás «doce días de vacaciones continuos, por lo menos», y añade que ese periodo «a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera». O sea: 12 días seguidos están garantizados si los quieres, y el resto puedes repartirlo. Este formato trae una casilla para dejarlo dicho por escrito, y el recuadro de cifras te muestra cuántos días te quedarían después del periodo que pides.
¿Qué pongo en el motivo si no quiero decir para qué son?
Puedes dejarlo vacío: en este formato el motivo es un campo opcional a propósito. Las vacaciones son un derecho del artículo 76, no un permiso que haya que justificar, y la ley no condiciona su disfrute a ninguna razón. Si tu empresa pide el dato en su propio formulario interno, «asuntos personales» o «descanso programado» son respuestas suficientes. Donde sí conviene escribir algo es cuando pides más días de los que te quedan del periodo: ahí vale la pena decir que son a cuenta del siguiente, para que quien autoriza sepa qué está firmando.
¿Qué hago si me rechazan la solicitud?
Primero, conserva el acuse con la fecha: es lo que prueba que lo pediste. La empresa puede no concederte las fechas exactas que pediste —la ley no te da un derecho absoluto a elegir el calendario— pero sí tiene que concederte el periodo dentro de los 6 meses siguientes a tu aniversario, y no puede cambiártelo por dinero mientras sigas trabajando: el artículo 79 dice que «las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración». Si el plazo del artículo 81 se vence sin que te las hayan dado, la asesoría de PROFEDET es gratuita y conviene llegar con tu fecha de ingreso, tus recibos y este acuse.
Formatos y guías relacionadas
Tabla de vacaciones 2026
Los días que te tocan del año 1 al 35, la fecha en que suben y el plazo del artículo 81.
Calculadora de prima vacacional
Cuánto te pagan por esos días, el 25 % de ley y cuánto ISR lleva la prima.
Constancia laboral
La que tu patrón está obligado a expedir en tres días, con la carta para pedirla y su acuse.
Carta de renuncia
Si lo que vas a pedir no son vacaciones: renuncia con fecha de separación y sin renunciar a tus derechos.
Prestaciones de ley
Todas las que te tocan, con su artículo y su valor anual en pesos.
Documentos para trabajar
Qué papeles te piden al entrar a un empleo y cuáles te deben entregar dentro.
Fuentes oficiales y referencias
- Ley Federal del Trabajo (arts. 5º fr. XIII, 76 a 81 y 334 Bis) — Cámara de Diputados. Última reforma DOF 14-05-2026; releída el 14 de octubre de 2026.
- DECRETO de reforma de los artículos 76 y 78 en materia de vacaciones — DOF 27-12-2022, edición vespertina, p. 704. De aquí salen los doce días continuos del art. 78 y la potestad de distribuir el periodo.
- PROFEDET — Asesoría, conciliación y representación laboral gratuitas.
Ninguna disposición legal impone un formato de solicitud de vacaciones: el trámite lo fija el reglamento interior de trabajo o el contrato colectivo de cada empresa.
Aviso
Este formato es orientativo y no constituye asesoría legal. Los días que calcula son los mínimos del artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo a partir de las fechas que tú capturas; tu contrato individual o colectivo puede otorgar más, y entregar esta hoja no sustituye el procedimiento interno que tenga tu empresa. Los datos que escribes se procesan en tu navegador para generar el documento y no se envían ni almacenan en los servidores de Calcu.mx.