Por Deepak Middha, fundador y autor de Calcu.mx·Revisado el 23 de septiembre de 2026
Respuesta rápida
El costo de ventas es lo que costó la mercancía que se vendió. En un negocio comercial con inventario periódico se determina así: inventario inicial más compras netas menos inventario final. En México la NIF C-4 sólo admite tres fórmulas para asignarlo —costos identificados, costos promedios y PEPS—; UEPS y costeo directo no están permitidos.
Antes de nada: UEPS y costeo directo no están permitidos en México
Es la primera cosa que hay que decir porque es la que más se enseña mal. El párrafo 85.1 de la NIF C-4 dice, de la fórmula de últimas entradas primeras salidas y del costeo directo, que son metodologías «que no son permitidas por esta NIF C-4 ni por las normas emitidas por el International Accounting Standards Board».
No es una preferencia ni una recomendación. Un material que presente UEPS como uno de los tres métodos válidos en México está enseñando algo que la norma no admite, y es exactamente lo que encontrarás en buena parte de los apuntes y de los artículos que circulan.
El matiz que sí importa, y que tampoco se cuenta: el mismo párrafo reconoce que ambas se siguen usando internamente para control y análisis, y eso es legítimo. Lo que el párrafo 85.2 exige es que, al preparar los estados financieros, esas cifras «deben ajustarse» a lo que habrían dado las fórmulas que la norma sí acepta. Usarlas por dentro, sí; reportar con ellas, no.
Fiscalmente ocurre lo mismo por otra vía: el artículo 41 de la Ley del ISR enumera cuatro métodos —PEPS, costo identificado, costo promedio y detallista— y UEPS tampoco está entre ellos.
Puntos clave
La fórmula corta que circula —inicial + compras − final— está incompleta: son compras NETAS, con los fletes sumados y las devoluciones y descuentos restados. Y es la fórmula del negocio comercial: un fabricante o un prestador de servicios lleva además producción o mano de obra directa.
La NIF C-4 admite tres fórmulas de asignación del costo: costos identificados, costos promedios y PEPS (párrafo 46.1.1.1, edición 2015).
UEPS y costeo directo «no son permitidas por esta NIF C-4» (párrafo 85.1). Pueden usarse internamente, pero las cifras hay que ajustarlas antes de llevarlas a los estados financieros.
Fiscalmente la Ley del ISR admite cuatro métodos en su artículo 41 —PEPS, costo identificado, costo promedio y detallista— y tampoco incluye UEPS.
El costo de ventas contable y el costo de lo vendido deducible no son lo mismo: una diferencia contable no se traduce automáticamente en impuesto, y la diferencia entre métodos hay que llevarla en un registro.
Calcula tu costo de ventas
Con la fórmula completa —compras netas, no compras a secas— y cada paso a la vista.
Para quién es esta fórmula: un negocio comercial —compra mercancía y la revende— con inventario periódico. No es la fórmula completa de un fabricante ni de un prestador de servicios: ahí el costo lleva además producción o mano de obra directa. Qué cambia en esos casos.
Resultado válidoLa aritmética cierra y los datos tienen sentido.
Determinación del costo de ventas, renglón por renglón.
=Mercancía disponible para ventainventario inicial + compras netas
$823,000.00
−Inventario final
$210,000.00
=Costo de ventasmercancía disponible − inventario final
$613,000.00
A dónde fue la mercancía
Las dos barras miden lo mismo a propósito: en este ejemplo, todo lo que tuviste disponible o se vendió o sigue en el almacén. En una contabilidad real hay más salidas —mermas, robos, deterioro, muestras— y esta fórmula no las separa: al calcular el costo por diferencia, quedan dentro de «se vendió».
De dónde vino
Inv. inicial
Compras netas
A dónde fue
Se vendió
Quedó
Los mismos importes del diagrama, en tabla.
Inventario inicial
$180,000.00
Compras netas
$643,000.00
Mercancía disponible
$823,000.00
Costo de ventas (se vendió)
$613,000.00
Inventario final (quedó)
$210,000.00
Utilidad bruta
$277,000.00
Margen bruto: 31.12 % de las ventas
Ventas netas − costo de ventas. Es el primer nivel del estado de resultados.
Rotación de inventarios
3.14 veces
Tarda 116 días en venderse
Costo de ventas ÷ inventario promedio, y 365 ÷ rotación.
Llévatelo
Al imprimir sale la determinación renglón por renglón con tus cifras, en una hoja: sirve como papel de trabajo del cierre.
Todo se queda en este navegador: no hay cuenta, no hay correo y nada viaja a un servidor. Los importes van sin IVA —el IVA acreditable no es un costo, es un activo fiscal que se aplica contra el trasladado; un impuesto que NO se recupera sí forma parte del costo—, y el resultado es 613,000.00 de costo de ventas.
La fórmula, y la mitad que casi siempre se omite
La versión que circula por todas partes es inventario inicial + compras − inventario final. Es la idea correcta y el cálculo incompleto, porque «compras» ahí no significa el importe de la factura: significa las compras netas. Y conviene decir para quién es: es la determinación de un negocio comercial —compra mercancía y la revende— con inventario periódico, el que cuenta el almacén al cierre. No es una fórmula universal: un fabricante y un prestador de servicios tienen un costo que la fórmula no alcanza, y lo desarrollamos más abajo.
Compras netas
compras + gastos sobre compras − devoluciones − descuentos y bonificaciones
Costo de ventas
inventario inicial + compras netas − inventario final
Los gastos sobre compras —fletes, maniobras, seguros, impuestos de importación— suman porque forman parte de lo que costó tener la mercancía lista para venderse. La NIF C-4 lo dice en su párrafo 44.2.1 (edición NIF 2015): el costo de compra incluye «los derechos de importación y otros impuestos […], los costos de transporte, almacenaje, manejo, seguros», y los descuentos, bonificaciones y rebajas «deben restarse». La Ley del ISR lo repite, para la deducción, en el segundo párrafo de su artículo 39.
Ese mismo párrafo resuelve otra duda frecuente: los impuestos «que posteriormente la entidad recupera de las autoridades impositivas» quedan fuera del costo. Por eso el IVA acreditable no forma parte del costo de ventas: no es un costo, es un activo fiscal —un crédito que se aplica contra el IVA trasladado que la entidad cobra—. No es en automático una cuenta por cobrar al SAT: sólo cuando queda un saldo a favor legalmente devolvible nace un derecho a pedir su devolución.
Y fíjate en el converso, porque la regla no dice «el IVA nunca entra al costo» ni «los impuestos nunca entran al costo». Lo que queda fuera es el impuesto recuperable. Un impuesto que la entidad no puede recuperar sí forma parte del costo de adquisición: por eso el mismo párrafo enumera «los derechos de importación y otros impuestos» entre los conceptos que el costo de compra incluye. El caso típico es quien realiza actividades por las que no puede acreditar el IVA que le trasladan: para él ese IVA no es un activo fiscal, es parte de lo que le costó la mercancía.
Si fabricas o prestas servicios, la fórmula no termina ahí
La fórmula de arriba supone que lo que salió del almacén se compró hecho. Cuando la entidad produce lo que vende, o vende servicios, el costo lleva componentes que ninguna factura de compra trae. La NIF C-4 (párrafos 44.3.1, 44.3.2 y 44.5.1, edición NIF 2015) y el artículo 39 de la Ley del ISR coinciden en los elementos, aunque cada uno con sus reglas:
Fabricante
Materia prima y materiales directos, mano de obra directa y gastos indirectos de producción —fijos y variables— asignados a las unidades producidas. El costo de ventas sale del costo de producción de lo que se vendió, no de las compras.
Prestador de servicios
Mano de obra y otros costos del personal directamente involucrado en prestar el servicio, incluido el de supervisión, más los gastos indirectos relacionados con el servicio. El personal de ventas y de administración queda fuera y va a gastos del periodo.
En corto: el costo de producción o del servicio incluye materiales directos, mano de obra directamente relacionada, los demás costos directos de producir o prestar y los indirectos asignados, según aplique. Los gastos de venta y de administración quedan fuera del costo y van al periodo. Para la parte fiscal, el mismo artículo 39 distingue las actividades comerciales de «las demás» y, para éstas, admite en el costo los indirectos «en proporción a la importancia que tengan» en la producción.
Las tres fórmulas que sí se pueden usar
Antes de la lista, una distinción que casi todo el material mezcla y que en un examen cuesta puntos. La NIF C-4 separa dos cosas: los métodos de valuación de inventarios —costo de adquisición, costo estándar y detallistas— y las fórmulas de asignación del costounitario, que son otra cosa y son tres. Lo que la gente llama «métodos PEPS, UEPS y promedio» son, en el vocabulario de la norma, fórmulas, no métodos.
Costos identificados permitida
Cada artículo carga su propio costo. Se usa cuando las partidas no son intercambiables entre sí o se segregan para un proyecto concreto.
Cuándo encaja: Maquinaria, obra por pedido, joyería, autos con número de serie.
Costos promedios permitida
Se calcula un costo unitario promedio de todo lo disponible y con él salen las ventas. El más usado en comercio por lo simple que es de llevar.
Se supone que sale primero lo que entró primero, así que el inventario final queda valuado a los costos más recientes.
Cuándo encaja: Productos con caducidad o con precios al alza, donde refleja mejor el valor del almacén.
UEPS (últimas entradas primeras salidas) no permitida
Supone que sale primero lo último que entró. La NIF C-4 dice que no está permitida ni por ella ni por las normas del IASB; puede usarse por dentro para control, pero las cifras hay que ajustarlas antes de llevarlas a los estados financieros.
Costeo directo no permitida
Lleva al inventario sólo los costos variables y manda los fijos de producción directo a resultados. La NIF exige costeo absorbente, que reparte también los fijos entre las unidades producidas.
Tres ejemplos con cifras
Ejemplo 1. Una tienda de abarrotes, un trimestre completo
Abre con $180,000 de inventario. En el trimestre compra $640,000, paga $24,000 de fletes, devuelve $15,000 de mercancía en mal estado y le conceden $6,000 de bonificación. Al cerrar, el conteo físico da $210,000.
2Mercancía disponible para venta: 180,000 + 643,000 = $823,000.
3Costo de ventas: 823,000 − 210,000 = $613,000.
4Con ventas netas de $890,000, la utilidad bruta es 890,000 − 613,000 = $277,000, un margen del 31.12 %.
5Comprobación por el otro lado: 613,000 de costo + 210,000 que quedaron = 823,000, que es justo la mercancía disponible.
Ejemplo 2. Lo que cuesta usar la fórmula corta
Los mismos datos del ejemplo anterior, calculados con la fórmula incompleta que circula por internet.
La fórmula corta contra la completa, con los mismos datos.
Cálculo
Operación
Costo de ventas
Fórmula corta
180,000 + 640,000 − 210,000
$610,000
Fórmula completa
180,000 + 643,000 − 210,000
$613,000
Son $3,000 de diferencia en un trimestre modesto, y van directos a la utilidad contable: la fórmula corta infla la utilidad bruta en esos mismos $3,000. Lo que no se puede afirmar en automático es el efecto en el impuesto: el costo de lo vendido deducible se determina con las reglas de la Ley del ISR y puede diferir del costo contable, así que la consecuencia fiscal depende de cómo se haya determinado aquél. En una empresa que importa, donde los gastos sobre compras son decenas de miles, el error contable deja de ser anecdótico.
Ejemplo 3. La misma mercancía, tres fórmulas, tres resultados
Aquí se ve por qué la elección de fórmula no es un tecnicismo. Un negocio tiene tres capas de la misma mercancía compradas a precios distintos, y vende 200 de las 300 unidades.
Las tres capas de inventario del ejemplo.
Capa
Unidades
Costo unitario
Importe
Inventario inicial
100
$50
$5,000
Primera compra
100
$60
$6,000
Segunda compra
100
$70
$7,000
Disponible
300
—
$18,000
Costo de ventas e inventario final según cada fórmula de asignación.
Fórmula
Salen del almacén
Costo de ventas
Inventario final
PEPS
Las 100 de $50 y las 100 de $60
$11,000
$7,000
Costos promedios
200 unidades al promedio de $60
$12,000
$6,000
UEPSno permitida
Las 100 de $70 y las 100 de $60
$13,000
$5,000
Mismas compras, mismas ventas, y el costo va de $11,000 a $13,000 según la fórmula. La diferencia de $2,000 es utilidad que aparece o desaparece. Fíjate además en que en las tres el costo más el inventario final suman siempre los $18,000 disponibles: la fórmula no cambia cuánta mercancía hubo, sólo cómo se reparte entre lo que salió y lo que quedó. Y la tercera, con precios al alza, es la que da el costo más alto y la utilidad más baja — y es la que la NIF C-4 no admite para los estados financieros.
Costo de ventas contable y costo de lo vendido fiscal: no son lo mismo
Son dos cifras que se parecen, se calculan con reglas distintas y muchas veces no coinciden. El costo de ventas es el concepto contable que acabamos de calcular, gobernado por la NIF C-4. El costo de lo vendido es el concepto fiscal, el que se deduce en el ISR, y lo regula el artículo 39 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Diferencias entre el costo de ventas contable y el costo de lo vendido fiscal.
Costo de ventas (contable)
Costo de lo vendido (fiscal)
Qué lo regula
NIF C-4, Inventarios
Artículos 39 a 43 de la Ley del ISR
Sistema de costeo
Absorbente. El costeo directo no se admite
Absorbente, sobre costos históricos o predeterminados (art. 39)
Métodos o fórmulas
Costos identificados, costos promedios y PEPS (párrafo 46.1.1.1, edición 2015)
PEPS, costo identificado, costo promedio y detallista (art. 41)
Cuándo se reconoce
Al reconocer el ingreso de la venta
«En el ejercicio en el que se acumulen los ingresos que se deriven de la enajenación» (art. 39)
Permanencia del método
Consistencia; el cambio se trata de forma retrospectiva
Mínimo cinco ejercicios con el mismo método (art. 41)
Si difieren
—
Hay que llevar registro de la diferencia, que no es acumulable ni deducible (art. 41)
La regla del artículo 39 que más se pasa por alto es la de cuándo se deduce: no cuando se compra la mercancía, sino en el ejercicio en que se acumula el ingreso de venderla. Un negocio que compró fuerte en diciembre no deduce esa compra en diciembre; la deduce cuando vende. Por eso una empresa puede tener el banco vacío y utilidad fiscal a la vez — el dinero se fue al almacén, y el almacén no es deducción hasta que sale.
Si lo que buscas es la parte fiscal, sigue por la declaración anual, donde el costo de lo vendido entra como deducción autorizada, o por la depreciación fiscal, que es el otro gran concepto donde la cifra contable y la fiscal se separan.
Cinco errores que inflan la utilidad
Usar el importe de la factura como «compras»▾
Por qué pasa: Deja fuera los fletes y no resta devoluciones ni bonificaciones. Es el ejemplo 2 de esta página: $3,000 de utilidad inventada en un trimestre pequeño.
Cómo se arregla: Captura los cinco renglones de compras netas por separado, como hace la herramienta de arriba.
Meter el IVA acreditable en el costo▾
Por qué pasa: Infla el costo un 16 % y desinfla la utilidad. El IVA que pagas y luego acreditas no es un costo: es un activo fiscal, un crédito que se aplica contra el IVA que cobras. Sólo si queda un saldo a favor devolvible nace un derecho a pedir devolución. El revés también es un error: si el impuesto NO se recupera, sí forma parte del costo de adquisición.
Cómo se arregla: Todos los importes del cálculo van sin IVA mientras sea acreditable. El IVA acreditable vive en sus propias cuentas de activo y pasivo; el impuesto no recuperable se queda dentro del costo.
Confundir compras con costo de ventas▾
Por qué pasa: Comprar no es vender. Si compras $640,000 y vendes la mitad, tu costo de ventas no es $640,000: la otra mitad sigue siendo un activo en el almacén.
Cómo se arregla: El inventario final es lo que corrige eso, y por eso el conteo físico de cierre no es opcional.
Aprender UEPS para el examen▾
Por qué pasa: Aparece en apuntes anteriores a 2011 y en material copiado de otros países. En México no se admite ni contable ni fiscalmente desde hace más de una década.
Cómo se arregla: Estudia las tres que sí: costos identificados, costos promedios y PEPS. Si tu material enseña UEPS como válida, está desactualizado.
Suponer que el costo contable y el fiscal coinciden▾
Por qué pasa: Se calculan con reglas distintas y el artículo 41 de la Ley del ISR prevé expresamente que difieran, obligando a registrar la diferencia.
Cómo se arregla: Si usas un método contable distinto del fiscal, lleva el registro de la diferencia desde el primer ejercicio, no al cierre.
Imprime el cálculo para tu expediente
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Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula el costo de ventas?
+
En un negocio comercial con inventario periódico, se suma el inventario inicial a las compras netas del periodo y se resta el inventario final. Las compras netas son el importe facturado más los gastos para dejar la mercancía lista para venderse, menos devoluciones, descuentos y bonificaciones. Un fabricante parte del costo de producción de lo vendido, y un prestador de servicios, del costo del personal directo.
¿Se puede usar UEPS en México?
+
No para los estados financieros. El párrafo 85.1 de la NIF C-4 dice que ni el costeo directo ni la fórmula de últimas entradas primeras salidas «son permitidas por esta NIF C-4». Se pueden llevar internamente para control, pero el párrafo 85.2 obliga a ajustar las cifras a lo que habrían dado las fórmulas que la norma sí acepta.
¿Qué métodos de valuación de inventarios sí acepta la NIF C-4?
+
Hay que separar dos cosas que casi siempre se mezclan. Los métodos de valuación son costo de adquisición, costo estándar y detallistas. Las fórmulas de asignación del costo unitario, que es cosa distinta, son tres: costos identificados, costos promedios y primeras entradas primeras salidas. La entidad elige una fórmula y la aplica consistentemente.
¿Cuál es la diferencia entre costo de ventas y gastos?
+
El costo de ventas va pegado a una venta concreta: es lo que costó aquello que se vendió, y sólo se reconoce cuando la venta ocurre. Un gasto se consume para operar, exista o no una venta, como la renta o la luz. Los dos son deudores y los dos reducen la utilidad, pero aparecen en niveles distintos del estado de resultados.
¿El costo de ventas contable es el mismo que la deducción fiscal?
+
No necesariamente. El artículo 39 de la Ley del ISR determina el costo de lo vendido con costeo absorbente sobre costos históricos o predeterminados, y lo deduce en el ejercicio en que se acumulan los ingresos por esa venta. Si el método contable difiere del fiscal, el artículo 41 obliga a llevar un registro de la diferencia, que no es acumulable ni deducible.
¿Qué es la rotación de inventarios y para qué sirve?
+
Es el costo de ventas dividido entre el inventario promedio del periodo, y dice cuántas veces se vendió el almacén completo. Dividir 365 entre esa cifra da los días que tarda en venderse. Sirve para detectar dinero parado: una rotación baja significa capital inmovilizado en mercancía que no se mueve. Con inventario promedio en cero la rotación no existe, y la herramienta lo dice.
¿El IVA forma parte del costo de ventas?
+
No cuando es acreditable, que es el caso normal. El IVA que pagas en las compras es un activo fiscal, un crédito que se aplica contra el IVA que cobras; sólo cuando queda un saldo a favor legalmente devolvible nace un derecho a pedir devolución. No es un costo. La NIF C-4 lo excluye al dejar fuera los impuestos que la entidad recupera después de las autoridades.
¿Puedo cambiar de método de valuación de un año a otro?
+
Contablemente exige consistencia y tratar el cambio de forma retrospectiva. Fiscalmente el artículo 41 de la Ley del ISR es más estricto: una vez elegido el método hay que usarlo durante un periodo mínimo de cinco ejercicios, y si el cambio genera una deducción, ésta se disminuye proporcionalmente en los cinco ejercicios siguientes.
Fuentes oficiales y referencias
•NIF C-4, Inventarios (texto íntegro de la edición NIF 2015, copia docente de la FCA-UNAM) — Edición NIF 2015; la norma está en vigor desde el 1 de enero de 2011. Párrafo 44.2.1: qué incluye el costo de compra y qué se resta. Párrafos 44.3.1 y 44.3.2: el costo de producción y sus tres elementos. Párrafo 44.5.1: el costo de los inventarios de prestadores de servicios. Párrafo 46.1.1.1: las tres fórmulas de asignación del costo. Párrafo 85.1: el costeo directo y la fórmula de últimas entradas primeras salidas (UEPS) «no son permitidas por esta NIF C-4». Se citan porque medio internet sigue enseñando UEPS como uno de los métodos válidos en México. Comprueba la numeración en el libro NIF vigente del CINIF.
•Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 39 a 43 (texto vigente, Cámara de Diputados) — Artículo 39: el costo de lo vendido se determina con costeo absorbente sobre costos históricos o predeterminados y «se deducirá en el ejercicio en el que se acumulen los ingresos que se deriven de la enajenación»; distingue lo que integra el costo en las actividades comerciales (adquisiciones netas y gastos para dejar la mercancía en condiciones de venderse) y en las demás actividades (materias primas, remuneraciones y gastos directamente relacionados con la producción o el servicio, y la deducción de inversiones). Artículo 41: los cuatro métodos fiscales de valuación —PEPS, costo identificado, costo promedio y detallista—, el mínimo de cinco ejercicios y el registro de la diferencia con el método contable, que «no será acumulable o deducible». El mismo artículo obliga a llevar PEPS por cada tipo de mercancía de manera individual, «sin que se pueda llevar en forma monetaria»; impone el costo identificado como único método cuando la mercancía se identifica por número de serie y su costo excede de $50,000.00; y manda disminuir en cinco ejercicios proporcionalmente la deducción que genere un cambio de método. Artículo 43: los bienes que se proporcionan al prestar servicios. Última reforma consultada: DOF 1 de abril de 2024.
Ninguna regla de esta página se escribió de memoria. Revisado por Deepak Middha, Contador calificado y Chartered Accountant, con 18 años de experiencia. Si detectas un error, escríbenos a support@calcu.mx y lo corregimos.
Qué sigue
El costo de ventas no es un destino ni un paso del ciclo: es el dato que alimenta el segundo renglón del estado de resultados. Con él y las ventas ya sale la utilidad bruta, que es donde empieza la cascada.
El ciclo contable, paso a paso
1Asientos. Cada operación se registra por partida doble: lo que se carga es igual a lo que se abona.
2Mayor. Los asientos se agrupan por cuenta y cada cuenta acumula su saldo.
3Balanza. Se comprueba que los cargos igualan a los abonos antes de seguir. Es el filtro del ciclo.
4Estado de resultados. Las cuentas de ingresos, costos y gastos producen la utilidad del periodo.
5Balance general. Las cuentas de activo, pasivo y capital retratan la situación a la fecha de cierre.
Costo de ventas —esta página— es un tema intermedio, no un paso del ciclo: sale de las cuentas de inventario y compras que ya cuadraron en la balanza, y es el segundo renglón del estado de resultados.