La depreciación contable
Por Deepak Middha, fundador y autor de calcu.mxRevisado el 23 de septiembre de 2026
Respuesta rápida
La depreciación contable reparte el costo de un activo entre los años en que se usa, según la vida útil que la empresa estima. No es lo mismo que la depreciación fiscal, que aplica los porcentajes máximos de la Ley del ISR y casi nunca coincide con ella.
Puntos clave
- La vida útil y el valor residual son ESTIMACIONES de la empresa, no datos que dé la ley. Elegir la vida útil copiando el porcentaje fiscal es el error más extendido: el número sale bonito y deja de significar nada.
- La depreciación fiscal se calcula sobre el monto original COMPLETO. La Ley del ISR no reconoce valor residual; la contable sí lo resta. Por eso las dos cifras casi nunca coinciden, y esa diferencia no es un error.
- El porcentaje fiscal depende del RÉGIMEN, y eso casi no se dice. Para mobiliario y equipo de oficina el artículo 34 fija 10%, pero el artículo 209 fija 25% para el Régimen Simplificado de Confianza de personas morales, si las inversiones del ejercicio no pasan de tres millones.
- Ningún método puede depreciar por debajo del valor residual. En saldos decrecientes hay que ajustar el último ejercicio a mano, porque la fórmula sola se pasa de largo.
- Depreciar no aparta dinero. Es un gasto que no sale de la cuenta de bancos: baja la utilidad y baja el activo, y no hay ni un peso moviéndose para reponer nada.
Calcula la depreciación
Los tres métodos sobre el mismo activo, con su tabla año por año. Y abajo, lo que la ley te deja deducir, que es otra pregunta.
Monto depreciable: $96,000.00 · $800.00 al mes
La suma de los años es exactamente el monto depreciable: la tabla cuadra.
| Año | Base | Tasa | Del año | Acumulada | Valor neto |
|---|---|---|---|---|---|
| 1 | $96,000.00 | 10.00 % | $9,600.00 | $9,600.00 | $86,400.00 |
| 2 | $96,000.00 | 10.00 % | $9,600.00 | $19,200.00 | $76,800.00 |
| 3 | $96,000.00 | 10.00 % | $9,600.00 | $28,800.00 | $67,200.00 |
| 4 | $96,000.00 | 10.00 % | $9,600.00 | $38,400.00 | $57,600.00 |
| 5 | $96,000.00 | 10.00 % | $9,600.00 | $48,000.00 | $48,000.00 |
| 6 | $96,000.00 | 10.00 % | $9,600.00 | $57,600.00 | $38,400.00 |
| 7 | $96,000.00 | 10.00 % | $9,600.00 | $67,200.00 | $28,800.00 |
| 8 | $96,000.00 | 10.00 % | $9,600.00 | $76,800.00 | $19,200.00 |
| 9 | $96,000.00 | 10.00 % | $9,600.00 | $86,400.00 | $9,600.00 |
| 10 | $96,000.00 | 10.00 % | $9,600.00 | $96,000.00 | $0.00 |
Éste es el activo real de Papelería El Lápiz. Con vida útil de diez años y sin valor residual, la depreciación contable es de $9,600.00 al año, o $800.00 al mes: los mismos 800 pesos del asiento de ajuste de la lección 7. Cambia el porcentaje fiscal arriba y mira lo que pasa.
Al imprimir sale la tabla del método elegido y la comparación con la deducción fiscal.
Son dos preguntas, y casi todo el mundo las mezcla
Si buscas «cuánto se deprecia el mobiliario», vas a encontrar «10%, lo dice la ley». Esa respuesta contesta una pregunta distinta de la que hace la contabilidad, y confundirlas es el origen de casi todos los errores de esta lección.
Los tres métodos sobre el mismo activo
Los tres reparten exactamente el mismo importe —$96,000.00— entre los mismos diez años. Lo único que cambia es el ritmo. Ninguno es más correcto que otro: el correcto es el que se parece a cómo se consume tu activo.
| Método | Año 1 | Año 10 | Qué supone |
|---|---|---|---|
| Línea recta | $9,600.00 | $9,600.00 | Que el activo se consume al mismo ritmo todos los años. Es el más usado y el que pide menos suposiciones. |
| Unidades producidas | $13,440.00 | $5,760.00 | Que el desgaste depende del uso, no del calendario. Necesita estimar la capacidad total del activo. |
| Saldos decrecientes | $19,200.00 | $12,884.90 | Que el activo pierde más valor al principio. Carga el gasto en los primeros años y baja la utilidad justo cuando la inversión es reciente. |
La fórmula de la línea recta
(costo − valor residual) ÷ años de vida útil = depreciación anual
($96,000.00 − $0.00) ÷ 10 = $9,600.00 al año
y entre doce meses, $800.00 al mes
Lo que ninguna fórmula hace sola. Saldos decrecientes nunca llega solo al valor residual: multiplicar por una tasa deja siempre un resto. El último ejercicio absorbe $10,307.92 para cerrar en el residual exacto. Es la práctica habitual y conviene declararla en las notas, no dejarla escondida en la tabla. Es el error clásico al programar saldos decrecientes: la fórmula multiplica el valor neto por una tasa fija, así que tiende a cero sin llegar nunca y se pasa del valor residual por el camino. El último ejercicio hay que ajustarlo.
Por qué la fiscal casi nunca coincide, y cuándo eso es sospechoso
La depreciación fiscal se calcula sobre el monto original completo: la Ley del Impuesto sobre la Renta no reconoce valor residual. La contable sí lo resta. Con eso solo, las dos cifras ya se separan en cuanto estimes que vas a recuperar algo al final.
Y hay un segundo motivo que casi ninguna página menciona: el porcentaje depende del régimen. Para mobiliario y equipo de oficina el artículo 34, fracción III fija un máximo del 10% anual. Pero el artículo 209 permite un 25% a las personas morales del Régimen Simplificado de Confianza, siempre que las inversiones del ejercicio no excedan de tres millones de pesos; si se pasan de esa cifra, vuelven a los porcentajes del 34.
| Cifra | Al año | Base y quién la fija |
|---|---|---|
| Depreciación contable | $9,600.00 | Costo menos residual, entre la vida útil que estima la empresa. |
| Deducción fiscal, art. 34 fr. III | $9,600.00 | 10% del costo completo. El máximo general. |
| Deducción fiscal, art. 209 | $24,000.00 | 25% del costo completo, sólo en el Régimen Simplificado de Confianza de personas morales y con inversiones del ejercicio de hasta tres millones. |
Cuando coinciden, sospecha. Aquí la contable y el 10% del artículo 34 dan la misma cifra, $9,600.00, y no es una buena noticia: Coinciden. Pasa cuando la vida útil estimada equivale al porcentaje fiscal y no hay valor residual; no es lo normal, y cuando ocurre conviene comprobar que no se eligió la vida útil copiando el porcentaje fiscal en vez de estimarla.
La diferencia con el artículo 209 es de $14,400.00 al año. La deducción fiscal del año es MAYOR que la depreciación contable. La base del impuesto baja más rápido que la utilidad contable. También es temporal, y también hay que registrarla: no se elige una de las dos, se llevan las dos y se conciliona la diferencia. Ese importe no se pierde: va a la conciliación entre el resultado contable y el fiscal, y el cálculo fiscal completo —con la actualización por inflación que permite el artículo 31— está en la calculadora de depreciación fiscal.
Errores al depreciar
Elegir la vida útil copiando el porcentaje fiscal
Es el error que sostiene a todos los demás. Si deprecias mobiliario a diez años «porque la ley dice 10%», la vida útil dejó de ser una estimación de cuánto te va a durar el mueble y se volvió un trámite. Da la casualidad de que los dos números coinciden en este caso; en cuanto el activo sea otro, dejan de hacerlo y el error queda a la vista.
Restar el valor residual también en la depreciación fiscal
La Ley del ISR no reconoce valor residual: el porcentaje se aplica sobre el monto original de la inversión, completo. Restarlo antes reduce la deducción y regala impuesto. Es la contable la que resta el residual, porque a ella sí le interesa lo que esperas recuperar.
Dejar que saldos decrecientes se pase del valor residual
La fórmula multiplica el valor neto por una tasa fija, así que tiende a cero sin llegar nunca, y por el camino se pasa del residual. El último ejercicio hay que ajustarlo para que el valor neto final sea exactamente el residual. La herramienta de arriba lo ajusta sola y lo avisa.
Creer que la depreciación aparta dinero para reponer el activo
No sale efectivo de ningún lado. Baja la utilidad y baja el activo en libros, y eso es todo. El día que haya que comprar el equipo nuevo, el dinero tiene que existir por otra vía; la depreciación no lo reunió.
Depreciar el terreno junto con el edificio
El terreno no se deprecia: no se consume con el uso ni tiene vida útil. Cuando se compra un inmueble hay que separar el valor del terreno del de la construcción, y depreciar sólo la segunda. Meterlos juntos infla el gasto todos los años.
Pon a prueba lo que acabas de leer
Cinco preguntas con la explicación de todas las opciones, no sólo de la correcta. Si te equivocas, lo útil no es saber cuál era: es leer por qué la que elegiste no lo era.
La papelería es persona moral y tributa en el Régimen Simplificado de Confianza, con inversiones del ejercicio muy por debajo de tres millones. ¿Cuánto puede DEDUCIR al año por ese mismo mobiliario de 96,000 pesos?
¿En qué se diferencia el cálculo de la depreciación fiscal del de la contable?
Compras un local: terreno y construcción en una sola operación. ¿Qué deprecias?
La papelería registra 800 pesos de depreciación en enero. ¿Cuánto efectivo sale de su cuenta de bancos por ese asiento?
Todavía no has contestado ninguna.
Herramientas relacionadas
La depreciación se calcula aquí, se registra en un asiento de ajuste y acaba en dos estados financieros. Esto es lo que hay alrededor.
- Depreciación fiscalEl otro lado: los porcentajes del artículo 34 con la actualización por inflación que permite el artículo 31.
- Asientos de ajusteDónde se registra esta cifra: la depreciación es uno de los seis tipos de ajuste de cierre.
- Balance generalCómo se presenta el activo fijo: su costo, su depreciación acumulada y el valor neto que queda.
- Estado de resultadosDonde el gasto aparece cada año, y por qué baja la utilidad sin mover un peso de la cuenta de bancos.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la depreciación contable y para qué sirve?
Es el reparto del costo de un activo entre los ejercicios en los que va a usarse. Sirve para que el gasto aparezca en los periodos que de verdad aprovechan el bien, en vez de cargarse entero el año de la compra. Sin ella, el año en que compras una máquina sale con una pérdida enorme y los diez siguientes con una utilidad inflada.
¿Cuál es la diferencia entre la depreciación contable y la fiscal?
La contable reparte el costo según la vida útil que tú estimas y descuenta el valor residual que esperas recuperar. La fiscal aplica los porcentajes máximos que fija la Ley del ISR sobre el monto original completo, sin reconocer valor residual. Son dos respuestas a dos preguntas distintas, y su diferencia es una de las partidas que concilian el resultado contable con el fiscal.
¿Cómo se calcula la depreciación por línea recta?
Se resta el valor residual al costo y el resultado se divide entre los años de vida útil estimada. Ese cociente es la depreciación anual, y dividirlo entre doce da la mensual. Es el método más usado porque supone que el activo se consume al mismo ritmo todos los años, que es razonable para mobiliario, equipo de oficina y edificios.
¿Qué porcentaje de depreciación fija la ley para el mobiliario de oficina?
El artículo 34, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta fija 10% anual como máximo. Pero hay una excepción que casi no se menciona: el artículo 209 permite 25% a las personas morales del Régimen Simplificado de Confianza, siempre que las inversiones del ejercicio no excedan de tres millones de pesos. Si se pasan, vuelven a los porcentajes del 34.
¿La depreciación es dinero que se aparta para reponer el activo?
No, y es una confusión frecuente. La depreciación es un gasto que no implica salida de efectivo: baja la utilidad y reduce el valor del activo en libros, pero no mueve un peso de la cuenta de bancos. Por eso el estado de flujo de efectivo la suma de vuelta a la utilidad. Si quieres dinero para reponer el bien, hay que apartarlo aparte.
¿Puedo cambiar el método o la vida útil una vez elegidos?
La vida útil y el valor residual deben revisarse cuando cambien las condiciones: un equipo que va a usarse más años de los previstos, o menos, obliga a recalcular. El cambio se aplica hacia adelante, sobre el valor neto en libros y los años que queden, no rehaciendo los ejercicios ya cerrados. Lo que no vale es cambiarlos para que la utilidad salga como conviene.
Fuentes oficiales y referencias
- Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 39 a 43 (texto vigente, Cámara de Diputados) — Artículo 39: el costo de lo vendido se determina con costeo absorbente sobre costos históricos o predeterminados y «se deducirá en el ejercicio en el que se acumulen los ingresos que se deriven de la enajenación»; distingue lo que integra el costo en las actividades comerciales (adquisiciones netas y gastos para dejar la mercancía en condiciones de venderse) y en las demás actividades (materias primas, remuneraciones y gastos directamente relacionados con la producción o el servicio, y la deducción de inversiones). Artículo 41: los cuatro métodos fiscales de valuación —PEPS, costo identificado, costo promedio y detallista—, el mínimo de cinco ejercicios y el registro de la diferencia con el método contable, que «no será acumulable o deducible». El mismo artículo obliga a llevar PEPS por cada tipo de mercancía de manera individual, «sin que se pueda llevar en forma monetaria»; impone el costo identificado como único método cuando la mercancía se identifica por número de serie y su costo excede de $50,000.00; y manda disminuir en cinco ejercicios proporcionalmente la deducción que genere un cambio de método. Artículo 43: los bienes que se proporcionan al prestar servicios. Última reforma consultada: DOF 1 de abril de 2024.
- NIF C-4, Inventarios (texto íntegro de la edición NIF 2015, copia docente de la FCA-UNAM) — Edición NIF 2015; la norma está en vigor desde el 1 de enero de 2011. Párrafo 44.2.1: qué incluye el costo de compra y qué se resta. Párrafos 44.3.1 y 44.3.2: el costo de producción y sus tres elementos. Párrafo 44.5.1: el costo de los inventarios de prestadores de servicios. Párrafo 46.1.1.1: las tres fórmulas de asignación del costo. Párrafo 85.1: el costeo directo y la fórmula de últimas entradas primeras salidas (UEPS) «no son permitidas por esta NIF C-4». Se citan porque medio internet sigue enseñando UEPS como uno de los métodos válidos en México. Comprueba la numeración en el libro NIF vigente del CINIF.
- CINIF — Carta de promulgación de la NIF A-1, Marco Conceptual (23 de diciembre de 2021) — Documento del propio emisor. Fija que la NIF A-1, Marco Conceptual, fue aprobada por unanimidad en noviembre de 2021 y «tendrá vigencia a partir del 1º de enero de 2023». Es la norma que sustituyó al marco conceptual de 2005 —las NIF A-1 a A-8, entre ellas la A-5 que casi todas las guías siguen citando— y la que hoy define activo, pasivo y capital contable.
Las tres tablas de esta página las calcula el motor de depreciación a partir del mismo activo: ninguna cifra se escribió a mano, y una prueba exige que la suma de los años sea exactamente el monto depreciable en los tres métodos. Los dos porcentajes fiscales se leyeron en el texto vigente de la Ley del ISR —artículo 34, fracción III, y artículo 209—. Revisado por Deepak Middha, Contador calificado y Chartered Accountant, con más de 15 años de experiencia. Si detectas un error, escríbenos a support@calcu.mx y lo corregimos.
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Middha, D. (2026). La depreciación contable. Calcu.mx. Revisado el 2026-09-23. https://calcu.mx/aprende/contabilidad/depreciacion-contableAutor: Deepak Middha, Contador calificado y Chartered Accountant. Si encuentras un error en esta lección, escríbenos y lo corregimos: la fecha de revisión de arriba cambia cuando el contenido cambia, no cuando se despliega el sitio.