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Determinación anual · ejercicio 2027

Prima de riesgo de trabajo 2027

El ejercicio 2027 trae tres particularidades de calendario que ningún año reciente junta a la vez: el 28 de febrero cae en domingo, el 1 de febrero es día de descanso obligatorio y la vigencia de la prima termina en un 29 de febrero, porque 2028 es bisiesto. Las tres mueven fechas que la gente da por sabidas.

Respuesta rápida

La determinación de 2027 se presenta 1 al 28 de febrero de 2027, pero el plazo no cierra ahí: como el 28 cae en domingo, vence el lunes 1 de marzo de 2027. Se computa la siniestralidad del 1 de enero a 31 de diciembre de 2026 —los casos terminados en ese periodo— y la prima que declares se paga desde la cédula de marzo de 2027 y hasta el 29 de febrero de 2028.

Deepak Middha, Fundador y autor de Calcu.mx

Por Deepak Middha, Chartered Accountant

Publicado: 27 de septiembre de 2026 · Actualizado: 27 de septiembre de 2026

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Las cuatro fechas de 2027

Periodo que se computa

1 de enero a 31 de diciembre de 2026

Periodo de presentación

1 al 28 de febrero de 2027

Vence de verdad

lunes 1 de marzo de 2027

Vigencia de la prima

1 de marzo de 2027 al 29 de febrero de 2028

Esta fecha límite no es una estimación. El 1 de marzo de 2027 no se estima: sale de aplicar al calendario de 2027 la regla del Reglamento de la LSS en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, artículos 32 fr. V y 3 último párrafo, cuyo texto vigente en este punto se publicó el 1 de noviembre de 2002: la regla existe desde antes de que este ejercicio empezara, así que el día se puede fijar hoy con certeza y no hay nada que esperar.

El error que cuesta el ejercicio es tomar «durante el mes de febrero» como si el plazo muriera el día 28. En 2027 no muere ahí, y tampoco murió ahí en 2026 ni en 2025: llevan tres ejercicios seguidos venciendo en marzo, cada uno por un motivo distinto.

Cómo cerró el plazo de la determinación en 2025, 2026 y 2027
Ejercicio28 de febrero cae enVencePor qué se recorre
2025vierneslunes 3 de marzoes viernes, y el Reglamento prorroga también por viernes
2026sábadolunes 2 de marzoel sábado es inhábil
2027domingolunes 1 de marzoel domingo es inhábil

En 2025 el 28 fue viernes —día hábil— y aun así el plazo se corrió, porque el Reglamento del IMSS prorroga también por viernes; en 2026 fue sábado y en 2027 es domingo. La regla es el último párrafo del artículo 3 del Reglamento en materia de Afiliación, no el artículo 12 del Código Fiscal. Leído el 2026-09-10.

Febrero de 2027, semana a semana

Febrero de 2027 empieza en lunes y tiene 28 días, así que caben cuatro semanas exactas. Parecen veinte días hábiles y son 19: el lunes 1 es día de descanso obligatorio —el primer lunes de febrero, en conmemoración del 5— y se cae de la cuenta. Quien planee la presentación «para la primera semana» trabaja con cuatro días, no con cinco.

Días hábiles de cada semana de febrero de 2027 para presentar la determinación
SemanaDías hábilesQué tiene de particular
1 al 7 de febrero4lunes 1: descanso obligatorio, no cuenta
8 al 14 de febrero5semana completa de lunes a viernes
15 al 21 de febrero5semana completa de lunes a viernes
22 al 28 de febrero5semana completa de lunes a viernes
Total del mes19más el lunes 1 de marzo, que el Reglamento añade al caer el 28 en domingo

El día de gracia es real pero es uno solo: 1 día natural. No es una prórroga que se pida ni depende del sexto dígito del RFC, y no hay nada equivalente al calendario de vacaciones generales del SAT, que rige trámites ante otra autoridad. Si necesitas el calendario fiscal del ejercicio, está en los días inhábiles del SAT de 2027, y el laboral en los días festivos de 2027.

Qué se computa: la siniestralidad de 2026

La determinación que presentas en 2027 no habla de 2027: mide el 1 de enero a 31 de diciembre de 2026. Y no mide lo que ocurrió en ese periodo, sino lo que terminó dentro de él. La diferencia decide de qué lado de la frontera cae cada caso, y en un cierre de año siempre hay varios en el filo.

  • Un caso de 2025 que terminó en 2026 cuenta aquí, aunque el accidente sea del año anterior.
  • Un caso de 2026 que sigue abierto el 31 de diciembre no cuenta aquí: entrará en la determinación de 2028, la que se presente en febrero de 2028.
  • Los accidentes de trayecto —los de ida y vuelta al trabajo— no entran en la siniestralidad, aunque el Instituto los haya calificado como riesgo de trabajo: los excluye el cuarto párrafo del artículo 72. Es la depuración que más dinero mueve, y está resuelta con números en el ejemplo comparado del ejercicio 2026.

Los seis pasos completos —depurar el listado, sumar S, reunir I y D, calcular N y aplicar los dos frenos— están escritos una sola vez, con su detalle, en la guía paso a paso del ejercicio anterior; la fórmula del artículo 72, variable por variable, vive en el hub de la prima de riesgo. Ninguna de las dos cambia en 2027, así que no se repiten aquí.

Desde cuándo rige la prima de 2027 (y hasta cuándo)

La prima que declares en febrero no se aplica al mes en que la presentas: rige 1 de marzo de 2027 al 29 de febrero de 2028. En enero y febrero de 2027 sigues pagando con la prima del ejercicio anterior, y el cambio aparece en la cédula de marzo de 2027.

La prima es una cuota mensual. El artículo 39 de la Ley del Seguro Social dice que «Las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas… a más tardar el día diecisiete del mes inmediato siguiente», así que la primera cédula que lleva la prima nueva, la de marzo de 2027, se cubre a más tardar el 17 de abril de 2027.

El retiro y la vivienda llevan otro calendario, y la prima no los toca. Esos dos conceptos son bimestrales: vencen el día 17 de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre, por el bimestre que acaba de cerrar. Los bimestres del Instituto son enero-febrero, marzo-abril, mayo-junio, julio-agosto, septiembre-octubre y noviembre-diciembre —seis, no otra combinación—, de modo que marzo abre el bimestre de marzo-abril y no cierra ninguno: el de enero-febrero vence el 17 de marzo de 2027 y el de marzo-abril, el 17 de mayo de 2027. La prima de riesgo pertenece sólo al Seguro de Riesgos de Trabajo, así que estas fechas son el contexto del recibo, no un plazo de la prima.

Los dos calendarios de pago del IMSS y cuál de ellos mueve la prima de 2027
Qué se pagaPeriodicidadLo de marzo de 2027 venceFundamento
Cuota del Seguro de Riesgos de Trabajo — aquí va la primaMensualLa cédula de marzo de 2027, el 17 de abril de 2027Art. 39 LSS
Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez (RCV)BimestralEl bimestre de marzo-abril, el 17 de mayo de 2027Art. 184 LSS y art. 21 Ley del ISSSTE
Aportación de vivienda del 5 % (Infonavit)BimestralEl bimestre de marzo-abril, el 17 de mayo de 20276.º transitorio del decreto DOF 6-ene-1997 y art. 21 Ley del ISSSTE

El artículo 35 de la Ley del Infonavit dice «mensualidades vencidas», pero su Sexto Transitorio de 1997 mantiene bimestral la periodicidad hasta que la Ley del ISSSTE pase a mensual, y no ha pasado: por eso la fila de vivienda cita el transitorio y el artículo 21 de esa ley, como las cuotas patronales lo explican con su fuente.

El final de la vigencia tiene su propia rareza: 2028 es bisiesto, así que la prima de 2027 cubre 366 días y no 365, hasta el 29 de febrero de 2028. Sobre una masa salarial de $21,900,000 y una prima de 2.75000 %, ese día extra vale $602,250 ÷ 365 = $1,650. No cambia la tasa; cambia cuántos días la pagas.

Un ejemplo con cifras de 2027: cuando pesa una incapacidad permanente

El caso que más se repite en las consultas de febrero no es el de muchos días de incapacidad temporal, sino el de una sola incapacidad permanente. Una empresa de clase II con 120 trabajadores promedio cerró 2026 con 96 días subsidiados y un dictamen de incapacidad permanente parcial del 20 %. Su prima del ejercicio anterior era 1.75000 %.

La fórmula del artículo 72 resuelta con las cifras del ejemplo de 2027
S ÷ 36596 ÷ 365 = 0.263014
V × (I + D)28 × (20 ÷ 100) = 5.600000
Suma0.263014 + 5.600000 = 5.863014
F ÷ N2.3 ÷ 120 = 0.019167
Producto + M0.112374 + 0.005 = 0.117374
Prima teórica11.73744 %
Tope del artículo 74 (±1 punto)1.75000 % + 1 = 2.75000 %

Lo que enseña este ejemplo. Los 96 días subsidiados aportan 0.263014 a la fórmula; la única incapacidad permanente del 20 % aporta 5.600000, es decir 21.3 veces más, porque cada punto de incapacidad permanente se multiplica por los 28 años de V. La prima teórica se va a 11.73744 % y el tope del artículo 74 la deja en 2.75000 % este ejercicio.

Y lo que cuesta. Sobre una masa salarial anual de $21,900,000, la cuota del Seguro de Riesgos de Trabajo pasa de $21,900,000 × 1.75000 % = $383,250 a $21,900,000 × 2.75000 % = $602,250, $219,000 más al año desde marzo de 2027. Si nada mejora, el tope volverá a permitir otro punto el ejercicio siguiente: a 11.74 % teórico le faltan 9 ejercicios más de subida, y ahí la cuota sería $2,570,500 al año. El freno del artículo 74 no perdona la siniestralidad, sólo la reparte en el tiempo.

Resuelto con el motor de la propia calculadora del sitio, no a mano: V = 28, F = 2.3, M = 0.005, con el suelo de 0.5 % y el techo de 15 % del artículo 74.

Cinco ejercicios que terminan en la determinación de 2027

Tres empresas idénticas que arrancaron en 2023 con la prima media de clase III y sólo se diferencian en su siniestralidad. La ventana cierra en 2027, así que ésta es la fotografía de esta determinación.

Calcu.mx · Artículos 72 a 74 de la Ley del Seguro Social · datos al 2026-09-10Cómo evoluciona la prima de riesgo en cinco ejercicios2023 a 2027, empresa de la misma clase y plantillaSin incidentesIncidentes ocasionalesIncidentes frecuentesPrima sin el tope del 1 %El artículo 74 impide que la prima cambie más de un punto porcentual al año. Por eso sube y baja en escalera, con años de retraso respecto alo que dice la fórmula.0%10%20%30%40%50%60%202320242025202620270.50 %1.83 %5.60 %
Cinco ejercicios después, la empresa sin incidentes llega a febrero de 2027 con 0.50 % y la de incidentes frecuentes con 5.60 %. Esa distancia de 5.10 puntos no se abrió en un año: el tope de un punto del artículo 74 la fue construyendo ejercicio a ejercicio, igual que impide que el ejemplo de arriba salte de golpe a su prima teórica.

Calcula tu prima de 2027

La calculadora es la misma para todos los ejercicios, porque la fórmula no ha cambiado desde 2001: pide S, I, D, N y tu prima anterior, aplica los dos frenos del artículo 74 y enseña la operación resuelta con tus números. Para 2027 sólo cambia de dónde sacas los datos: del 1 de enero a 31 de diciembre de 2026.

La presentación de 2027, en tres pasos

  1. 1Cierra el listado de casos terminados en 2026

    Cuenta lo TERMINADO entre el 1 de enero a 31 de diciembre de 2026, no lo ocurrido: un accidente de noviembre de 2026 que siga abierto el 31 de diciembre entra en la determinación de 2028, no en ésta. Los accidentes de trayecto quedan fuera.

  2. 2Presenta entre el 1 y el 28 de febrero de 2027

    Por el SUA o el módulo en línea del Instituto. Dentro del mes hay 19 días hábiles, uno menos de lo que sugiere el calendario porque el lunes 1 es descanso obligatorio. Si tu prima sale igual a la de 2026, quedas exento de presentar el formato, no de calcularla.

  3. 3Ten presente que el plazo vence el lunes 1 de marzo de 2027

    El 28 de febrero de 2027 es domingo, así que el último párrafo del artículo 3 del Reglamento corre el vencimiento al siguiente día hábil. La prima que declares se paga desde la cédula de marzo de 2027.

Las cinco primas medias del artículo 73 —la que te toca si te inscribiste este año o cambiaste de actividad— no se mueven en 2027 y están, con su costo anual, en la tabla de clases del ejercicio anterior. Si lo que buscas es en qué clase te clasifica el Instituto, el catálogo de las 276 fracciones del artículo 196 tiene buscador.

Qué cambió respecto a 2026

  • En la fórmula, nada

    Los artículos 72, 73 y 74 de la Ley del Seguro Social siguen sin reformarse en esta materia: V = 28, F = 2.3, M = 0.005, las cinco primas medias del artículo 73 y el tope de un punto con los límites de 0.5 % y 15 % son los mismos que en 2026 y que desde 2001.

  • En las fechas, sí

    La ventana de 2026 cerraba en sábado 28 y venció el lunes 2 de marzo de 2026; la de 2027 cierra en domingo 28 y vence el lunes 1 de marzo de 2027. Los dos ejercicios dejan 19 días hábiles dentro del mes, pero por motivos distintos: en 2027 febrero trae veinte días entre semana y el lunes 1 —primer lunes del mes— es descanso obligatorio.

  • La UMA de 2027 no toca la prima

    La UMA de 2027 todavía es una estimación ($121.89 diarios frente a $117.31 en 2026), entra en vigor el 1 de febrero y sólo mueve el tope de 25 UMA del salario base de cotización, es decir los pesos sobre los que se aplica la prima, nunca el porcentaje que se determina con la siniestralidad de 2026. El salario mínimo de 2027, vigente desde el 1 de enero, hace lo mismo con el piso.

  • La UMA de 2027 y su estado —estimación u oficial— se explican en la proyección de la UMA 2027; el piso lo fija el salario mínimo 2027, y lo que sube en la nómina por el escalón de cesantía está en las cuotas patronales de 2027.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se presenta la prima de riesgo de trabajo 2027?

Del 1 al 28 de febrero de 2027, que es la ventana del artículo 32, fracción V del Reglamento; pero el plazo no muere ahí. El 28 cae en domingo, así que el vencimiento efectivo es el lunes 1 de marzo de 2027. Dentro del mes tienes 19 días hábiles —no veinte— porque el lunes 1 de febrero es descanso obligatorio, el del primer lunes del mes.

¿Qué periodo se computa para la prima de 2027?

El del 1 de enero a 31 de diciembre de 2026, y lo que cuenta es lo TERMINADO en él, no lo ocurrido. Dos consecuencias prácticas en el cierre de año: un caso de 2025 que se cerró en 2026 entra en esta determinación, y un caso de 2026 que siga abierto el 31 de diciembre no entra aquí, sino en la de 2028.

¿Desde cuándo se aplica la prima que presento en febrero de 2027?

Del 1 de marzo de 2027 al 29 de febrero de 2028. Enero y febrero de 2027 se siguen pagando con la prima del ejercicio anterior y el cambio aparece en la cédula de marzo. Ojo con el final: 2028 es bisiesto, así que esta prima cubre 366 días y no 365.

¿Qué tuvo de particular el ejercicio de 2027?

Tres cosas de calendario a la vez. El 28 de febrero cae en domingo y el plazo se corre al lunes 1 de marzo de 2027; el 1 de febrero es descanso obligatorio y le quita un día hábil a la primera semana; y la vigencia termina el 29 de febrero de 2028, porque el año siguiente es bisiesto. Es además el tercer ejercicio seguido cuyo plazo vence en marzo, cada uno por un motivo distinto: viernes en 2025, sábado en 2026 y domingo en 2027.

¿Cómo se presenta la determinación de 2027?

Por el Sistema Único de Autodeterminación o por el módulo en línea del Instituto, con tu registro patronal, el listado depurado de casos terminados en 2026 y el promedio de trabajadores expuestos. Si la prima que calculas sale igual a la del ejercicio anterior quedas exento de presentar el formato, pero no de calcularla ni de conservar el registro del artículo 34. Los seis pasos con su detalle están en la página del ejercicio 2026.

¿En qué se diferencia de la prima de 2026?

No en la fórmula: los artículos 72, 73 y 74 siguen sin reformarse desde 2001, así que V, F, M, las primas medias y los dos frenos son los mismos. Cambia el periodo que se computa, y con él tu siniestralidad; cambia el calendario, porque el plazo de 2026 se corrió al lunes 2 de marzo y el de 2027 al lunes 1; y cambia el efecto en pesos, porque la base de cotización sube con el salario mínimo de 2027.

¿Por qué la prima de riesgo de trabajo 2027 vence el 1 de marzo y no el 28 de febrero?

Porque ese domingo es inhábil y el último párrafo del artículo 3 del Reglamento en materia de Afiliación prorroga el plazo al día hábil siguiente. Es la misma regla que en 2025 corrió el vencimiento aunque el 28 cayera en viernes —dice «inhábil o viernes»— y no es la del artículo 12 del Código Fiscal, que sólo recorre por día inhábil. Tercer ejercicio seguido venciendo en marzo: viernes en 2025, sábado en 2026, domingo en 2027. Presentar el lunes 1 de marzo es presentar en tiempo; el 2 ya es extemporáneo.

¿La UMA de 2027 cambia la prima de riesgo de trabajo?

No cambia el porcentaje y sí puede cambiar los pesos. La prima es un porcentaje de los salarios base de cotización que sale de la fórmula del artículo 72 de la Ley del Seguro Social, y en esa fórmula no aparece la UMA por ningún lado: intervienen los días subsidiados, las incapacidades permanentes, las defunciones y el promedio de trabajadores expuestos al riesgo. La UMA nueva entra en vigor el 1 de febrero de 2027 y lo que mueve es el límite superior del salario base de cotización, de 25 UMA (artículo 28), así que una plantilla con sueldos en el tope cotizará sobre una base mayor a partir de febrero y pagará más pesos por la misma prima. El salario mínimo de 2027, vigente desde el 1 de enero, hace lo propio con el piso. Ninguno de los dos toca la determinación que presentas en febrero.

Firma Deepak Middha, contador calificado y chartered accountant. Las fechas de esta página salen del calendario de 2027 aplicando el Reglamento, no de una tabla escrita a mano, y la política de correcciones está en la metodología editorial.

Fuentes oficiales y referencias

Calcu.mx no está afiliada al IMSS. Las fechas de 2027 salen de aplicar el Reglamento al calendario; la prima que rige es la que resulte de tu registro de siniestralidad y la que, en su caso, rectifique el Instituto.

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