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Artículos 72 a 74 de la Ley del Seguro Social

Prima de riesgo de trabajo 2026

La fórmula la publica todo el mundo. Lo que casi nadie dice es de dónde saca el patrón cada letra y cómo funcionan los dos frenos del artículo 74. Eso es lo que hace la diferencia entre una fórmula bonita y una declaración que se puede presentar en febrero.

Respuesta rápida

La prima se calcula con Prima = [(S ÷ 365) + V × (I + D)] × (F ÷ N) + M, donde V = 28 años, F = 2.3 y M = 0.005 son fijos por ley. El resultado no puede alejarse más de 1 punto porcentual de la prima del año anterior, ni salirse del rango de 0.5 % a 15 %. La determinación se presenta 1 al 28 de febrero de 2026 con la siniestralidad del 1 de enero a 31 de diciembre de 2025, y rige 1 de marzo de 2026 al 28 de febrero de 2027.

Por Deepak Middha, fundador y autor de calcu.mxRevisado el 10 de septiembre de 2026

La fórmula, letra por letra y con su documento

Siete letras. Tres son constantes que fija la ley y no se negocian; cuatro salen de tu registro de siniestralidad, y cada una vive en un documento concreto. Éste es el paso que convierte la fórmula en algo que se puede llenar.

Prima = [ (S ÷ 365) + V × (I + D) ] × (F ÷ N) + MCADA LETRA, Y DÓNDE LA ENCUENTRASSDías subsidiadoslo aporta la empresaCertificados de incapacidad temporal delos casos TERMINADOS en el periodo.VVida activa promedio28 años · fijo por leyNo se elige. Lo fija el artículo 72 de laLey del Seguro Social.IIncapacidades permanenteslo aporta la empresaDictámenes de valuación (ST-3). Suma deporcentajes ÷ 100. Una total es 1.DDefuncioneslo aporta la empresaNúmero de fallecimientos por riesgo detrabajo en el periodo.FFactor de prima2.3 · o 2.2 acreditado2.2 si el centro tiene acreditado susistema de seguridad ante la STPS.NTrabajadores promediolo aporta la empresaPromedio expuesto al riesgo, según lamecánica con la que pagas cuotas.MPrima mínima de riesgo0.005 · fijo por leySe suma al final. Por eso una empresa sinaccidentes no paga cero.365Días del añoconstanteConvierte los días subsidiados enaños-trabajador.Lo aporta tu registro de siniestralidadFijo por ley: no se negocia ni se ajusta
Cómo se llena: las cajas azules son las cuatro cifras que salen de tu registro de siniestralidad, y las grises son constantes que fija la ley. S se saca sumando los días de todos los certificados de incapacidad temporal de los casos que terminaron entre el 1 de enero y el 31 de diciembre —no de los que empezaron—. I se saca de los dictámenes de valuación: si a un trabajador se le determinó una incapacidad permanente parcial del 25 %, aporta 0.25. D son las defunciones por riesgo de trabajo. N es el promedio de trabajadores expuestos, que sale de los días cotizados del periodo. Y ojo con lo que no entra: los accidentes de trayecto —de casa al trabajo y de vuelta— están expresamente excluidos por el cuarto párrafo del artículo 72, aunque el Instituto los haya calificado como riesgo de trabajo para otros efectos. Si necesitas el otro lado de la cuenta, la calculadora de incapacidad del IMSS explica cómo se determinan esos días y ese subsidio.

Calcula tu prima

Determina tu prima para 2026

Con el periodo de cómputo del 1 de enero al 31 de diciembre del año anterior. Nada de lo que escribas sale de tu navegador.

Prima de la fórmula

2.18037 %

Tras el tope del 1 %

2.18037 %

Prima a aplicar

2.18037 %

Cambio en pesos al año

-$37,623

La fórmula, resuelta con tus números:

[(120 ÷ 365) + 28 × (0 + 0)] × (2.3 ÷ 45) + 0.005
= [0.328767 + 0.000000] × 0.051111 + 0.005
= 0.016804 + 0.005 = 0.021804 2.18037 %

En pesos: con una masa salarial de $9,000,000, la prima anterior costaba $233,856 al año y la nueva cuesta $196,233.

Estimación educativa con la fórmula del artículo 72 de la Ley del Seguro Social y los límites del 74. La prima que rige es la que resulte de tu registro de siniestralidad y la que, en su caso, rectifique el Instituto. Si tienes menos de diez trabajadores puedes optar por no presentar la declaración y cubrir la prima media de tu clase; esa opción está en el último párrafo del artículo 72. Para el salario base de cotización sobre el que se aplica, la calculadora de salario diario integrado hace ese cálculo.

Puntos clave

Datos al 10 de septiembre de 2026
  • El tope del artículo 74 hace que la prima suba y baje de uno en uno. Un accidente grave no se paga un año: se paga durante varios, y una mejora tarda lo mismo en notarse.
  • Los accidentes de trayecto no cuentan para tu siniestralidad, aunque el Instituto los califique como riesgo de trabajo para las prestaciones del trabajador.
  • Lo que se computa son los casos terminados en el año, no los ocurridos. Una incapacidad que cruza el 31 de diciembre entra en el cómputo del año siguiente.
  • Con el sistema de seguridad acreditado ante la Secretaría del Trabajo, la F baja de 2.3 a 2.2. Es un descuento permanente que casi nadie menciona.

Las cinco clases y sus primas medias

La prima media es la que paga quien se inscribe por primera vez o cambia de actividad. A partir del segundo ejercicio manda la fórmula, y la prima real se separa de la media. Los cinco valores llevan cinco decimales en la ley y aquí se conservan tal cual.

Primas medias de las cinco clases de riesgo del artículo 73 de la Ley del Seguro Social
ClasePrima mediaCosto anual sobre $9,000,000Qué tipo de actividad
Clase I0.54355 %$48,919Riesgo mínimo. Trabajo de oficina, comercio al por menor y servicios sin maquinaria pesada ni manipulación de sustancias peligrosas.Por ejemplo: Servicios médicos, Compraventa de bienes inmuebles, Servicios de enseñanza.
Clase II1.13065 %$101,758Riesgo bajo. Manufactura ligera, comercio con almacén y servicios con algo de manejo de carga o de equipo.Por ejemplo: Trabajos de hilados sin maquinaria, Seguridad social, Comercio con almacén.
Clase III2.59840 %$233,856Riesgo medio. Industria con maquinaria, agricultura, ganadería y servicios con exposición física habitual.Por ejemplo: Agricultura, Cría y explotación de ganado, Fabricación de tejidos de punto.
Clase IV4.65325 %$418,793Riesgo alto. Industria pesada, transporte de pasajeros, explotación minera y procesos con calor, presión o químicos.Por ejemplo: Transporte de pasajeros, Industria textil de fibras blandas, Explotación de sal.
Clase V7.58875 %$682,988Riesgo máximo. Construcción, explotación forestal, transporte ferroviario y actividades con riesgo de caída, sepultamiento o explosión.Por ejemplo: Construcción de edificaciones, Explotación de bosques madereros, Transporte ferroviario y eléctrico.

Datos actualizados al 2026-09-10, transcritos del artículo 73 de la Ley del Seguro Social (PDF de la Cámara de Diputados, última reforma DOF 15-01-2026). La columna de costo anual es una traducción nuestra sobre una masa salarial de ejemplo, para dar escala.

¿No sabes cuál te toca? El catálogo completo de 276 actividades tiene buscador: es la pregunta anterior a toda la fórmula, y no la publica ninguna otra página del tema.

Cinco años de prima bajo tres escenarios

Ésta es la consecuencia práctica del tope del 1 % y es lo que decide cuándo conviene invertir en seguridad. Las tres empresas de la gráfica arrancan en la misma prima media de clase III, con 45 trabajadores expuestos, y sólo se diferencian en su siniestralidad.

Calcu.mx · Artículos 72 a 74 de la Ley del Seguro Social · datos al 2026-09-10Cómo evoluciona la prima de riesgo en cinco ejercicios2022 a 2026, empresa de la misma clase y plantillaSin incidentesIncidentes ocasionalesIncidentes frecuentesPrima sin el tope del 1 %El artículo 74 impide que la prima cambie más de un punto porcentual al año. Por eso sube y baja en escalera, con años de retraso respecto alo que dice la fórmula.0%10%20%30%40%50%60%202220232024202520260.50 %1.83 %5.60 %
La línea verde baja un punto al año hasta chocar con el mínimo del 0.5 %: la recompensa por no tener accidentes tiene tope. La roja es la interesante: su prima teórica —la línea punteada— se dispara, pero la real sube de uno en uno. Traducción: un mal ejercicio se paga durante varios, y por eso la conversación sobre seguridad conviene tenerla antes del accidente y no después.

Puedes republicar esta gráfica citando a Calcu.mx; la imagen ya incluye título, series y fuente.

Dos casos resueltos, con los mismos 45 trabajadores

Caso 1 · Siniestralidad baja, sin incapacidades permanentes

120 días subsidiados en el año, ninguna incapacidad permanente, ninguna defunción, 45 trabajadores promedio y prima anterior de 2.59840 % (la media de clase III). La fórmula da [(120 ÷ 365) + 28 × 0] × (2.3 ÷ 45) + 0.005 = 0.021804, o sea 2.18037 %. Está dentro del punto de variación permitido, así que la prima a aplicar es 2.18037 %. Sobre una masa salarial de $9,000,000, eso es $196,233 al año, frente a los $233,856 anteriores.

Caso 2 · Una incapacidad permanente parcial lo cambia todo

Los mismos 45 trabajadores, pero con 380 días subsidiados y una incapacidad permanente parcial valuada en 35 %. Esa incapacidad aporta 0.35 a I, y como se multiplica por V = 28 años, pesa 9.80 en el numerador: casi diez veces más que todos los días subsidiados juntos, que aportan 1.04. Escrita entera, la fórmula es [(380 ÷ 365) + 28 × 0.35] × (2.3 ÷ 45) + 0.005 = 0.559100, o sea 55.91005 %, pero el tope del artículo 74 la deja en 3.59840 %. En dinero, sobre la misma masa salarial de $9,000,000: $9,000,000 × 3.59840 % = $323,856 al año, frente a los $233,856 que pagaba antes del accidente. Ahí está el punto que se pierde de vista: la diferencia entre 55.91 % y 3.60 % no se perdona, se arrastra, porque el cálculo del año siguiente partirá de esta prima nueva y volverá a subir un punto. Un caso permanente se paga durante años.

Cuándo se presenta

Del 1 al 28 de febrero de 2026

Es una ventana de un mes exacto y no admite prórroga por sexto dígito del RFC ni nada parecido: el artículo 32, fracción V del Reglamento dice «durante el mes de febrero» y punto. La determinación de 2026 computa el 1 de enero a 31 de diciembre de 2025 y la prima que declares rige 1 de marzo de 2026 al 28 de febrero de 2027. Si tu prima sale igual a la del ejercicio anterior, quedas exento de presentar los formatos —pero no de calcularla ni de conservar el registro—.

Ponlo en el calendario junto al resto de tus fechas fiscales: el calendario fiscal del año tiene los vencimientos mensuales y anuales, y el calendario de días inhábiles explica qué pasa cuando una fecha cae en fin de semana.

Qué ha cambiado y qué no

La fórmula no se ha tocado desde la reforma de 2001. Los artículos 72, 73 y 74 llevan más de veinte años con las mismas constantes, las mismas primas medias y el mismo tope. Es una de las pocas cifras del sistema fiscal y de seguridad social mexicano que no cambia cada enero, y eso hace que las guías del tema envejezcan bien —salvo por lo que sí cambia—.

Lo que cambia es lo que la fórmula multiplica. La prima es un porcentaje de los salarios base de cotización, y esa base sube cada año con el salario mínimo. En 2026 eso significa que la misma prima, sobre la misma plantilla, cuesta más pesos que en 2025. El cálculo del salario diario integrado es el punto de partida de esa cadena.

Y cambia lo que la reforma laboral hizo con N. El aumento de días de vacaciones de 2023 reduce los días efectivamente trabajados, y como N es el promedio de trabajadores expuestos, un centro de trabajo con la misma plantilla y la misma siniestralidad puede ver su prima moverse ligeramente por esa vía. No es un efecto grande, pero explica variaciones que si no parecerían inexplicables.

Cada regla, con su artículo

Fundamento legal de la prima de riesgo de trabajo
ReglaArtículoQué dice
La fórmula de la primaArtículo 72Ley del Seguro Social«las empresas deberán calcular sus primas, multiplicando la siniestralidad de la empresa por un factor de prima, y al producto se le sumará el 0.005». Define V = 28 años, F = 2.3, N, S, I, D y M = 0.005.
El descuento por sistema de seguridad acreditadoArtículo 72, penúltimo párrafoLey del Seguro Social«Los patrones cuyos centros de trabajo cuenten con un sistema de administración y seguridad en el trabajo acreditado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, aplicarán una F de 2.2 como factor de prima.»
Los accidentes de trayecto NO cuentanArtículo 72, cuarto párrafoLey del Seguro Social«No se tomarán en cuenta para la siniestralidad de las empresas, los accidentes que ocurran a los trabajadores al trasladarse de su domicilio al centro de labores o viceversa.»
Las empresas de menos de 10 trabajadores pueden no presentarArtículo 72, último párrafoLey del Seguro Social«Las empresas de menos de 10 trabajadores, podrán optar por presentar la declaración anual correspondiente o cubrir la prima media que les corresponda conforme al reglamento.»
Las primas medias de las cinco clasesArtículo 73Ley del Seguro SocialClase I 0.54355 %, Clase II 1.13065 %, Clase III 2.59840 %, Clase IV 4.65325 % y Clase V 7.58875 %. Es la prima que cubre quien se inscribe por primera vez o cambia de actividad.
El tope de variación anual y los límitesArtículo 74Ley del Seguro SocialLa prima puede modificarse «en una proporción no mayor al uno por ciento con respecto a la del año inmediato anterior», y esas modificaciones «no podrán exceder los límites fijados para la prima mínima y máxima, que serán de cero punto cinco por ciento y quince por ciento de los salarios base de cotización respectivamente».
Periodo de cómputo, plazo y vigenciaArtículo 32, fracciones I, III y VReglamento de la LSS en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y FiscalizaciónLa siniestralidad se obtiene con los riesgos terminados «entre el primero de enero y el treinta y uno de diciembre del año de que se trate»; la prima «tendrá vigencia desde el primero de marzo del año siguiente… y hasta el día último de febrero del año subsecuente»; y los patrones presentan «durante el mes de febrero».
Se exime de presentar cuando la prima no cambiaArtículo 32, fracción V, último párrafoReglamento de la LSS en materia de Afiliación«Se eximirá a los patrones de la obligación de presentar los formatos impresos o el dispositivo magnético mencionados, cuando al determinar su prima ésta resulte igual a la del ejercicio anterior.»
Hay que llevar un registro pormenorizadoArtículo 34Reglamento de la LSS en materia de Afiliación«Para que el patrón determine su prima deberá llevar un registro pormenorizado de su siniestralidad, desde el inicio de cada uno de los casos hasta su terminación.» Es la obligación que hace posible la declaración y la que más se descubre tarde.
El catálogo de actividadesArtículo 196Reglamento de la LSS en materia de AfiliaciónContiene las 276 fracciones agrupadas en nueve divisiones y 62 grupos, cada una con la clase de riesgo que le corresponde.
Qué hacer si tu actividad no está en el catálogoArtículo 20Reglamento de la LSS en materia de Afiliación«el patrón o el Instituto procederán a determinar la clasificación considerando la analogía o similitud en la actividad, los procesos de trabajo y los riesgos de dicha actividad con los que se establecen en el Catálogo mencionado».

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula la prima de riesgo de trabajo?

Con la fórmula del artículo 72 de la Ley del Seguro Social: Prima = [(S ÷ 365) + V × (I + D)] × (F ÷ N) + M. S son los días subsidiados por incapacidad temporal de los casos terminados en el año; V son 28 años, fijo por ley; I es la suma de los porcentajes de incapacidad permanente dividida entre 100; D son las defunciones; F es 2.3; N es el promedio de trabajadores expuestos al riesgo; y M es 0.005, la prima mínima. El resultado se expresa en por ciento y después pasa por dos frenos: el tope de variación anual y los límites mínimo y máximo.

¿Cuál es la fórmula de la prima de riesgo y qué significa cada letra?

Las siete letras son S, V, I, D, F, N y M. Tres son constantes que fija la ley y no se eligen: V = 28 años (la duración promedio de vida activa de quien no ha sufrido un accidente mortal), F = 2.3 (el factor de prima) y M = 0.005 (la prima mínima de riesgo). Las otras cuatro salen de tu registro de siniestralidad: S de los certificados de incapacidad, I de los dictámenes de valuación, D del número de fallecimientos y N de los días cotizados del periodo. El diagrama de esta página dice, para cada una, en qué documento se encuentra.

¿Cuánto puede subir o bajar mi prima de un año a otro?

Un punto porcentual como máximo, en cualquiera de las dos direcciones. El artículo 74 dice que la prima «podrá ser modificada, aumentándola o disminuyéndola en una proporción no mayor al uno por ciento con respecto a la del año inmediato anterior». Eso convierte la prima en una escalera con inercia: una empresa cuyo cálculo dé 15 % viniendo de 2 % no paga 15 % el primer año, sube a 3 %, luego a 4 % y así. Y al revés: mejorar la seguridad hoy se nota en la cuota de dentro de dos ejercicios, no en la del mes que viene.

¿Hay una prima mínima y una máxima?

Sí: 0.5 % y 15 % de los salarios base de cotización, por el mismo artículo 74. El suelo tiene una consecuencia que sorprende: ni con cero accidentes durante años se paga cero, porque además la fórmula suma M = 0.005 al final. El techo es el que se alcanza en actividades de clase V con siniestralidad alta, y llegar a él lleva varios ejercicios por el tope del 1 %.

¿Los accidentes de camino al trabajo cuentan para mi prima?

No. El cuarto párrafo del artículo 72 los excluye expresamente: «no se tomarán en cuenta para la siniestralidad de las empresas, los accidentes que ocurran a los trabajadores al trasladarse de su domicilio al centro de labores o viceversa». El Instituto sí los califica como riesgo de trabajo para efectos de las prestaciones del trabajador —que las cobra igual—, pero no entran en el cálculo de tu prima. Es una de las depuraciones que hay que hacer sobre el listado de casos antes de sumar los días.

Tengo pocos trabajadores, ¿estoy obligado a presentar la determinación?

Si tienes menos de diez, no necesariamente. El último párrafo del artículo 72 te deja optar: presentar la declaración anual o cubrir la prima media que corresponda a tu clase. Vale la pena hacer el cálculo antes de decidir, porque con plantillas pequeñas la fórmula es muy sensible —un solo caso puede disparar el resultado, ya que N es el divisor—, y en esos casos la prima media puede salir más barata y desde luego más estable.

¿Qué pasa si mi prima sale igual a la del año anterior?

Que no tienes que presentar nada. El artículo 32, fracción V del Reglamento exime de presentar los formatos «cuando al determinar su prima ésta resulte igual a la del ejercicio anterior». Ojo: la exención es de PRESENTAR, no de CALCULAR ni de conservar el registro pormenorizado de siniestralidad que exige el artículo 34. Si el Instituto revisa y tu registro no existe, la exención no te protege.

¿Se puede bajar la prima acreditando un sistema de seguridad?

Sí, y es el descuento menos conocido del tema. El penúltimo párrafo del artículo 72 dice que «los patrones cuyos centros de trabajo cuenten con un sistema de administración y seguridad en el trabajo acreditado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, aplicarán una F de 2.2 como factor de prima» en lugar de 2.3. Es una reducción de alrededor del 4 % en el término variable de la fórmula, y aplica todos los años mientras se conserve la acreditación. La casilla de la calculadora de esta página lo aplica.

Lo que viene después de determinar la prima

La prima se aplica sobre el salario base de cotización, así que el siguiente paso es integrar bien ese salario: un factor de integración mal calculado arrastra la cédula entera. Si de la siniestralidad salieron incapacidades, la calculadora de incapacidad del IMSS explica cómo se determinan los días y el subsidio. Y si la cédula se pagó tarde, los recargos del IMSS usan las tasas del Código Fiscal con otro calendario. El resto de obligaciones patronales está reunido en el centro de recursos para empresas y en el índice del IMSS.

Autor y revisión editorial

Deepak Middha

Fundador y autor de Calcu.mx

Contador calificadoChartered AccountantSeries 65Autor de dos libros

Contenido de seguridad social con enfoque contable, verificado contra fuentes oficiales (Ley del Seguro Social y su Reglamento en materia de Afiliación). Conoce nuestra metodología editorial o escríbenos a support@calcu.mx.

Aviso: contenido informativo y educativo; no constituye asesoría fiscal, legal ni contable. Calcu.mx no está afiliado al IMSS ni a ninguna autoridad. La prima que rige es la que resulte de tu registro de siniestralidad y la que, en su caso, rectifique el Instituto.

Publicado: 10 de septiembre de 2026Última revisión normativa: 10 de septiembre de 2026

Fuentes oficiales y referencias

Calcu.mx no está afiliada al IMSS. La prima que calculas aquí es una estimación educativa con la fórmula del artículo 72 de la Ley del Seguro Social; la que rige es la que resulte de tu registro de siniestralidad y la que, en su caso, rectifique el Instituto. Si detectas un dato equivocado, escríbenos y lo corregimos dejando constancia de la fecha.

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