Días inhábiles 2026
Con el calendario de doce meses marcado, la diferencia entre inhábil fiscal y festivo laboral —que no son lo mismo— y la regla que casi nadie cuenta: las vacaciones del SAT no mueven la fecha de declarar.
Respuesta rápida
En 2026 hay 21 días inhábiles entre semana, sin contar sábados ni domingos: 8 que fija el artículo 12 del Código Fiscal y 13 que declaró el SAT en la regla 2.1.6 de la Resolución Miscelánea. Durante los del SAT se detienen los plazos de trámites, pero no los de declarar y pagar: el segundo párrafo del artículo 12 considera esos días hábiles para esos efectos, exclusivamente.
Por Deepak Middha, fundador y autor de calcu.mxRevisado el 10 de septiembre de 2026
El año entero, de un vistazo
Rojo: los días del artículo 12 del Código Fiscal, que no cuentan para ningún plazo. Ámbar: los que declaró el SAT, que paran los trámites pero no las declaraciones. Gris: sábados y domingos.
enero
febrero
marzo
abril
mayo
junio
julio
agosto
septiembre
octubre
noviembre
diciembre
Datos actualizados al 2026-09-10. Los días del artículo 12 se calculan —«el primer lunes de febrero», «el tercer lunes de marzo»— y por eso no pueden quedarse en las fechas del año pasado, que es el fallo de varias de las listas que circulan. Los del SAT se transcriben de la regla 2.1.6 y de sus modificaciones publicadas en el Diario Oficial.
Falta por publicar. El SEGUNDO periodo general de vacaciones de 2026 —el de diciembre— todavía no se ha publicado. Suele darse a conocer con la Resolución Miscelánea del ejercicio siguiente, hacia finales de diciembre, y en los últimos años ha ido del 18 de diciembre al 2 de enero. Hasta que aparezca en el Diario Oficial, esas fechas no son oficiales y esta página no las da por buenas.
Comprueba una fecha
¿Ese día es hábil?
Da las dos respuestas, que no siempre son la misma: para plazos de trámites ante el SAT y para presentar declaraciones y pagar contribuciones.
Para plazos de trámites ante el SAT
Inhábil
Primer periodo general de vacaciones del SAT. Regla 2.1.6., fracción III, reformada por la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2026 (DOF 09-07-2026)
Para declarar y pagar contribuciones
Hábil
Está dentro de un periodo de vacaciones del SAT, y el segundo párrafo del artículo 12 del Código Fiscal considera esos días hábiles para presentar declaraciones y pagar.
miércoles 22 de julio de 2026. El siguiente día hábil para trámites es el lunes 3 de agosto de 2026.
Y ese mes, el vencimiento del 17 se va al viernes 17 de julio de 2026.
Calculado con el artículo 12 del Código Fiscal, la regla 2.1.6 de la Resolución Miscelánea y el artículo 5.1 del decreto de beneficios fiscales. El SAT puede declarar días inhábiles adicionales durante el año: antes de un plazo crítico, comprueba la publicación vigente en el Diario Oficial.
Puntos clave
Datos al 10 de septiembre de 2026- Las vacaciones del SAT no mueven el día 17. Paran los plazos de trámites y procedimientos; declarar y pagar sigue su calendario.
- El 5 de mayo es inhábil fiscal y no es día de descanso obligatorio: el artículo 12 del Código Fiscal lo incluye y el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, no.
- Un vencimiento de pago en viernes se corre al siguiente día hábil, por el sexto párrafo del artículo 12. Poca gente lo sabe.
- Los plazos fijados por meses o por años cuentan todos los días: los fines de semana sólo se saltan en los plazos contados en días.
Los 21 días, uno por uno
Cada fila lleva la norma de la que sale y si ese día es o no hábil para presentar declaraciones y pagar contribuciones, que es la distinción que decide si tu plazo se mueve o no.
| Fecha | Motivo | ¿Se puede declarar y pagar? | Fundamento |
|---|---|---|---|
| jueves 1 de enero | Año Nuevo | No | Art. 12 CFF · 1o. de enero |
| viernes 2 de enero | Segundo periodo general de vacaciones del SAT (2025) | Sí | Regla 2.1.6., fracción I de la RMF 2026: «del 18 de diciembre de 2025 al 2 de enero de 2026» |
| lunes 2 de febrero | Día de la Constitución | No | Art. 12 CFF · primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero |
| lunes 16 de marzo | Natalicio de Benito Juárez | No | Art. 12 CFF · tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo |
| jueves 2 de abril | Días inhábiles declarados | Sí | Regla 2.1.6., fracción II de la RMF 2026: «Son días inhábiles para el SAT el 2 y 3 de abril de 2026» |
| viernes 3 de abril | Días inhábiles declarados | Sí | Regla 2.1.6., fracción II de la RMF 2026: «Son días inhábiles para el SAT el 2 y 3 de abril de 2026» |
| viernes 1 de mayo | Día del Trabajo | No | Art. 12 CFF · 1o. de mayo |
| martes 5 de mayo | Batalla de Puebla | No | Art. 12 CFF · 5 de mayo. NO es día de descanso obligatorio del art. 74 de la Ley Federal del Trabajo |
| lunes 20 de julio | Primer periodo general de vacaciones del SAT | Sí | Regla 2.1.6., fracción III, reformada por la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2026 (DOF 09-07-2026) |
| martes 21 de julio | Primer periodo general de vacaciones del SAT | Sí | Regla 2.1.6., fracción III, reformada por la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2026 (DOF 09-07-2026) |
| miércoles 22 de julio | Primer periodo general de vacaciones del SAT | Sí | Regla 2.1.6., fracción III, reformada por la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2026 (DOF 09-07-2026) |
| jueves 23 de julio | Primer periodo general de vacaciones del SAT | Sí | Regla 2.1.6., fracción III, reformada por la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2026 (DOF 09-07-2026) |
| viernes 24 de julio | Primer periodo general de vacaciones del SAT | Sí | Regla 2.1.6., fracción III, reformada por la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2026 (DOF 09-07-2026) |
| lunes 27 de julio | Primer periodo general de vacaciones del SAT | Sí | Regla 2.1.6., fracción III, reformada por la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2026 (DOF 09-07-2026) |
| martes 28 de julio | Primer periodo general de vacaciones del SAT | Sí | Regla 2.1.6., fracción III, reformada por la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2026 (DOF 09-07-2026) |
| miércoles 29 de julio | Primer periodo general de vacaciones del SAT | Sí | Regla 2.1.6., fracción III, reformada por la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2026 (DOF 09-07-2026) |
| jueves 30 de julio | Primer periodo general de vacaciones del SAT | Sí | Regla 2.1.6., fracción III, reformada por la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2026 (DOF 09-07-2026) |
| viernes 31 de julio | Primer periodo general de vacaciones del SAT | Sí | Regla 2.1.6., fracción III, reformada por la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2026 (DOF 09-07-2026) |
| miércoles 16 de septiembre | Independencia | No | Art. 12 CFF · 16 de septiembre |
| lunes 16 de noviembre | Revolución Mexicana | No | Art. 12 CFF · tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre |
| viernes 25 de diciembre | Navidad | No | Art. 12 CFF · 25 de diciembre |
Cómo se mueve tu fecha límite
Tres reglas, en un orden que importa, repartidas entre dos normas distintas. Es la parte que casi nunca se explica junta, y hacerlo al revés puede dar un día equivocado.
Los doce vencimientos del día 17 en 2026
Este año 3 de los doce se recorren porque el 17 cae en fin de semana. Las columnas de la derecha suman, además, los días hábiles que da cada sexto dígito del RFC.
| Periodo | Día 17 | Ya recorrido | 1 y 2 | 3 y 4 | 5 y 6 | 7 y 8 | 9 y 0 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| enero | 17 (sábado) | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 26 |
| febrero | 17 | 17 | 18 | 19 | 20 | 23 | 24 |
| marzo | 17 | 17 | 18 | 19 | 20 | 23 | 24 |
| abril | 17 | 17 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 |
| mayo | 17 (domingo) | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 25 |
| junio | 17 | 17 | 18 | 19 | 22 | 23 | 24 |
| julio | 17 | 17 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 |
| agosto | 17 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 24 |
| septiembre | 17 | 17 | 18 | 21 | 22 | 23 | 24 |
| octubre | 17 (sábado) | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 26 |
| noviembre | 17 | 17 | 18 | 19 | 20 | 23 | 24 |
| diciembre | 17 | 17 | 18 | 21 | 22 | 23 | 24 |
Los números son días del mismo mes salvo que lleven «/mes» al lado. La tabla no aplica la regla del viernes, que sólo rige para el PAGO ante instituciones de crédito: si tu fecha cae en viernes y vas a pagar, corre un día hábil más. El calendario completo de obligaciones —qué se declara en cada fecha— está en el calendario fiscal del SAT.
Inhábil fiscal no es lo mismo que festivo laboral
Son dos listas distintas en dos leyes distintas, y no coinciden. Esta tabla las pone una al lado de la otra con la consecuencia práctica de cada diferencia; es la comparación que ninguna de las páginas que hoy posicionan para esta consulta publica.
| Tema | Código Fiscal (art. 12) | Ley Federal del Trabajo (art. 74) | Qué significa en la práctica |
|---|---|---|---|
| 5 de mayo | Inhábil. El artículo 12 dice «el 1o. y 5 de mayo». | No aparece. El artículo 74 sólo lista el 1o. de mayo. | Ese día no corren los plazos fiscales, pero el centro de trabajo abre con normalidad y no se paga salario doble a quien trabaje. |
| Transmisión del Poder Ejecutivo | 1o. de diciembre de cada 6 años. | 1o. de octubre de cada 6 años, desde la reforma publicada en el DOF el 30-09-2024. | Los dos textos ya no coinciden. La próxima transmisión será en 2030: descanso obligatorio el 1 de octubre y, según el texto vigente del Código, inhábil fiscal el 1 de diciembre. |
| Jornada electoral | No la menciona. | Fracción IX: el día que determinen las leyes electorales para la jornada electoral. | Un día de elecciones es descanso obligatorio laboral pero NO suspende los plazos fiscales por sí mismo. |
| Vacaciones generales del SAT | Inhábiles para plazos, salvo para declarar y pagar contribuciones. | No existen: son vacaciones de una autoridad, no del país. | Ni el patrón cierra ni el trabajador descansa porque el SAT esté de vacaciones. Lo único que se detiene son los plazos de trámites y procedimientos ante el propio SAT. |
Para la nómina lo que manda es el artículo 74: la calculadora de nómina y la de horas extra trabajan con esa lista, no con la fiscal. Trabajar un día de descanso obligatorio se paga con salario doble además del que corresponde al descanso; trabajar un 5 de mayo, no.
Cuántos días hábiles tiene de verdad el año
Casi todo el mundo calcula los plazos fiscales sobre un año de 365 días y por eso casi todo el mundo se queda corto. El artículo 12 del Código Fiscal no cuenta los sábados ni los domingos, y encima descuenta el calendario de esta página. La resta completa para 2026 es ésta, y son tres operaciones que nadie hace pero que explican por qué un plazo «de dos meses» acaba en noviembre:
1 · Fuera los fines de semana
365 − 104 = 261
2026 tiene 104 días de fin de semana. El artículo 12 los excluye siempre, sin necesidad de que nadie los declare.
2 · Fuera los inhábiles que caen entre semana
261 − 21 = 240
De los 21 días del calendario, 21 caen de lunes a viernes y por lo tanto restan de verdad; los demás ya estaban fuera por ser sábado o domingo. Quedan 240 días hábiles para trámites y plazos.
3 · Y el otro presupuesto, el de declarar y pagar
261 − 8 = 253
El párrafo segundo del artículo 12 dice que las vacaciones generales del SAT no son inhábiles para presentar declaraciones y pagar contribuciones. Por eso el año tiene dos presupuestos de días y no uno, y la diferencia entre los dos —13 días— es exactamente lo que dura el descanso del Servicio de Administración Tributaria.
| Ejercicio | Fines de semana | Inhábiles entre semana | Hábiles para trámites | Hábiles para declarar |
|---|---|---|---|---|
| 2025 | 104 | 29 | 232 | 253 |
| 2026 | 104 | 21 | 240 | 253 |
| 2027 | 104 | 6 | 255 | 255 |
Datos actualizados al 2026-09-10. Los ejercicios con periodos de vacaciones todavía sin publicar en el Diario Oficial aparecen con más días hábiles de los que acabarán teniendo: el descuento sólo puede hacerse cuando el SAT publica las fechas.
Otros años
Cada año tiene su calendario completo, sus vencimientos y lo que el SAT declaró ese ejercicio. Ninguno comparte fechas con otro: los días del artículo 12 se mueven cada año por diseño.
Cada regla, con su norma
| Regla | Norma | Qué dice |
|---|---|---|
| Qué días no se cuentan en un plazo fijado en días | Artículo 12, primer párrafoCódigo Fiscal de la Federación | «no se contarán los sábados, los domingos ni el 1o. de enero; el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; el 1o. y 5 de mayo; el 16 de septiembre; el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; el 1o. de diciembre de cada 6 años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo y el 25 de diciembre.» |
| Las vacaciones del SAT no mueven el día de declarar | Artículo 12, segundo párrafoCódigo Fiscal de la Federación | «Tampoco se contarán en dichos plazos, los días en que tengan vacaciones generales las autoridades fiscales federales, EXCEPTO cuando se trate de plazos para la presentación de declaraciones y pago de contribuciones, exclusivamente, en cuyos casos esos días se consideran hábiles. No son vacaciones generales las que se otorguen en forma escalonada.» |
| Los plazos por periodo o con fecha fija cuentan todos los días | Artículo 12, tercer párrafoCódigo Fiscal de la Federación | «En los plazos establecidos por períodos y aquéllos en que se señale una fecha determinada para su extinción se computarán todos los días.» Es decir: un plazo de «tres meses» no salta fines de semana; sólo lo hacen los plazos contados en DÍAS. |
| Si el último día es inhábil, el plazo se prorroga | Artículo 12, quinto párrafoCódigo Fiscal de la Federación | «si el último día del plazo o en la fecha determinada, las oficinas ante las que se vaya a hacer el trámite permanecen cerradas durante el horario normal de labores o se trate de un día inhábil, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil». |
| La regla del viernes | Artículo 12, sexto párrafoCódigo Fiscal de la Federación | «También se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil, cuando sea viernes el último día del plazo en que se deba realizar el pago de contribuciones, ante las instituciones de crédito autorizadas.» Reformado en el DOF el 12-11-2021. |
| El SAT puede habilitar días inhábiles y suspender plazos | Artículo 12, últimos párrafosCódigo Fiscal de la Federación | «Las autoridades fiscales podrán habilitar los días inhábiles. Esta circunstancia deberá comunicarse a los particulares y no alterará el cálculo de plazos.» Y podrán suspender plazos «por fuerza mayor o caso fortuito», dándolo a conocer mediante disposiciones de carácter general. |
| Los días que el SAT declara inhábiles cada año | Regla 2.1.6.Resolución Miscelánea Fiscal | Publica los periodos generales de vacaciones y los días inhábiles del ejercicio. «En los periodos y días señalados en esta regla no se computarán plazos y términos legales correspondientes en los actos, trámites y procedimientos que se sustanciarán ante las unidades administrativas del SAT.» |
| Los días extra por el sexto dígito del RFC | Artículo 5.1Decreto que compila diversos beneficios fiscales (DOF 26-12-2013) | Quien deba presentar declaraciones provisionales o definitivas a más tardar el día 17 «podrá presentarlas a más tardar el día que a continuación se señala, considerando el sexto dígito numérico de la clave del Registro Federal de Contribuyentes»: de uno a cinco días hábiles adicionales. |
| Días de descanso obligatorio (materia laboral) | Artículo 74Ley Federal del Trabajo | Lista siete días fijos más el de la jornada electoral. NO incluye el 5 de mayo, y sitúa la transmisión del Poder Ejecutivo el 1o. de OCTUBRE desde la reforma del DOF 30-09-2024. |
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días inhábiles tiene el SAT en 2026?
21 días entre semana, sin contar sábados ni domingos: los ocho que fija el artículo 12 del Código Fiscal —que son de calendario y se calculan— y los que el SAT declaró en la regla 2.1.6 de la Resolución Miscelánea, incluido su primer periodo general de vacaciones. Cuidado con las listas que circulan: varias arrastran las fechas del año anterior, y como los días del artículo 12 son «el primer lunes de febrero» o «el tercer lunes de marzo», cambian de fecha cada año.
¿Los días inhábiles del SAT son los mismos que los días festivos del trabajo?
No, y hay dos diferencias comprobables. El 5 de mayo es día inhábil FISCAL —el artículo 12 del Código Fiscal dice «el 1o. y 5 de mayo»— y NO es día de descanso obligatorio: el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo sólo lista el 1o. de mayo. Y la transmisión del Poder Ejecutivo es el 1o. de diciembre para el Código Fiscal y el 1o. de octubre para la Ley Federal del Trabajo, que se reformó el 30 de septiembre de 2024 mientras el Código no. Un día puede ser inhábil para un plazo del SAT y perfectamente laborable en tu centro de trabajo.
Si el SAT está de vacaciones, ¿se mueve la fecha de mi declaración?
No. Es la excepción más importante de este tema y la que menos se cuenta. El segundo párrafo del artículo 12 dice que los días de vacaciones generales de las autoridades fiscales tampoco se cuentan en los plazos, «EXCEPTO cuando se trate de plazos para la presentación de declaraciones y pago de contribuciones, exclusivamente, en cuyos casos esos días se consideran hábiles». Traducido: durante las vacaciones del SAT se paran los plazos de trámites, revisiones y recursos, pero el día 17 sigue siendo el día 17.
¿Qué pasa si el día 17 cae en sábado o en domingo?
El plazo se recorre al siguiente día hábil, por el quinto párrafo del artículo 12: «si el último día del plazo o en la fecha determinada, las oficinas ante las que se vaya a hacer el trámite permanecen cerradas durante el horario normal de labores o se trate de un día inhábil, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil». Y sobre ESE día, no sobre el 17 original, se suman después los días adicionales del sexto dígito de tu RFC. El orden importa.
¿Es verdad que un vencimiento en viernes se corre al lunes?
Sí, si lo que vence es un PAGO. El sexto párrafo del artículo 12, reformado el 12 de noviembre de 2021, dice: «También se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil, cuando sea viernes el último día del plazo en que se deba realizar el pago de contribuciones, ante las instituciones de crédito autorizadas». Es una regla poco conocida y con un alcance concreto: habla del pago ante instituciones de crédito, no de cualquier trámite que venza en viernes.
¿Cuántos días extra me da el sexto dígito de mi RFC?
De uno a cinco días HÁBILES, contados a partir del 17 ya recorrido: dígitos 1 y 2, un día; 3 y 4, dos; 5 y 6, tres; 7 y 8, cuatro; 9 y 0, cinco. Está en el artículo 5.1 del decreto que compila diversos beneficios fiscales, publicado en el Diario Oficial el 26 de diciembre de 2013. Ojo con dos cosas: son días hábiles, así que saltan fines de semana e inhábiles; y el propio artículo excluye a varios grupos de contribuyentes, entre ellos quienes dictaminan sus estados financieros.
¿Un plazo de «tres meses» también salta los fines de semana?
No. El tercer párrafo del artículo 12 lo distingue con claridad: «En los plazos establecidos por períodos y aquéllos en que se señale una fecha determinada para su extinción se computarán todos los días». Sólo los plazos contados en DÍAS descuentan sábados, domingos e inhábiles. Un plazo de tres meses corre de corrido y vence el mismo día del tercer mes siguiente; si ese día no existe en el calendario —un 31 en un mes de 30—, vence el primer día hábil del mes siguiente.
¿El SAT puede declarar más días inhábiles durante el año?
Sí, en las dos direcciones. El artículo 12 le permite «habilitar los días inhábiles», comunicándolo a los particulares y sin que eso altere el cálculo de plazos, y también suspender plazos «por fuerza mayor o caso fortuito» mediante disposiciones de carácter general. En la práctica, cada año la regla 2.1.6 se modifica al menos una vez para anunciar el periodo de vacaciones. Por eso esta página lleva su fecha de verificación y declara qué falta por publicar. El SEGUNDO periodo general de vacaciones de 2026 —el de diciembre— todavía no se ha publicado. Suele darse a conocer con la Resolución Miscelánea del ejercicio siguiente, hacia finales de diciembre, y en los últimos años ha ido del 18 de diciembre al 2 de enero. Hasta que aparezca en el Diario Oficial, esas fechas no son oficiales y esta página no las da por buenas.
¿Y si presento algo en un día inhábil por el buzón tributario?
Se tiene por recibido la primera hora del día hábil siguiente. Lo dice la regla 2.1.7 de la Resolución Miscelánea: «tratándose de promociones que deban presentarse a través del buzón tributario, cuando el contribuyente haga uso del mismo en día inhábil, las promociones se tendrán por recibidas la primera hora del día hábil siguiente». No se pierde nada por enviarlo antes, pero tampoco se gana: la fecha que cuenta es la del siguiente día hábil.
Con la fecha ya clara
Si lo que buscas es qué se declara en cada fecha, el calendario fiscal del año tiene las obligaciones mensuales y anuales. Si necesitas ir a una oficina, cómo sacar cita en el SAT explica el proceso y por qué en los periodos de vacaciones no hay disponibilidad. Y si el plazo ya se pasó, el plan para ponerte al corriente ordena qué hacer primero, con la calculadora de recargos para saber cuánto cuesta cada mes de retraso. El resto de trámites está en la guía de trámites del SAT.
Autor y revisión editorial
Fundador y autor de Calcu.mx
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Aviso: contenido informativo y educativo; no constituye asesoría fiscal, legal ni contable. Calcu.mx no está afiliado al SAT ni a ninguna autoridad. Las fechas, tasas y montos pueden cambiar por reformas o actualizaciones; verifica siempre el dato vigente en el DOF o en el SAT, y consulta a un contador antes de tomar decisiones.
Publicado: 10 de septiembre de 2026Última revisión normativa: 10 de septiembre de 2026
Fuentes oficiales y referencias
- Código Fiscal de la Federación (artículo 12) — PDF de la Cámara de Diputados, última reforma DOF 09-04-2026. Leído el 2026-09-10.
- Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, regla 2.1.6. — DOF 28 de diciembre de 2025. Fracción I: segundo periodo de vacaciones de 2025. Fracción II: 2 y 3 de abril de 2026.
- Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2026 — DOF 9 de julio de 2026. Reforma el primer párrafo de la regla 2.1.6. y fija el primer periodo general de vacaciones de 2026 del 20 al 31 de julio.
- Decreto que compila diversos beneficios fiscales, artículo 5.1 — DOF 26 de diciembre de 2013. Los días hábiles adicionales por el sexto dígito del RFC.
- Ley Federal del Trabajo (artículo 74) — PDF de la Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-05-2026. Los días de descanso obligatorio, que NO coinciden con los inhábiles fiscales.
- Normatividad de la RMF — Servicio de Administración Tributaria — Donde el SAT publica la Resolución Miscelánea y sus modificaciones. Es la página que hay que vigilar para los periodos que aún no salen.
Calcu.mx no está afiliada al SAT. Este calendario recoge los días del artículo 12 del Código Fiscal —que son de calendario y se calculan— y los que el SAT ha declarado en la regla 2.1.6 de la Resolución Miscelánea a la fecha del sello. El SAT puede declarar días inhábiles adicionales durante el año y habilitar días inhábiles; antes de un plazo crítico, comprueba la publicación vigente en el Diario Oficial. Si detectas un dato equivocado, escríbenos y lo corregimos dejando constancia de la fecha.
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