Modalidad 44 del IMSS: IMSS completo sin patrón
Por Deepak Middha, fundador y autor de calcu.mxRevisado el 23 de septiembre de 2026
Respuesta rápida
Es la Incorporación Voluntaria de los Trabajadores del Ámbito Urbano al Seguro Social. Cuesta $20,539 al año, vigentes desde el 1 de febrero de 2026, y da prácticamente las mismas prestaciones que a una persona asalariada: servicio médico, incapacidades, pensión por invalidez y vida y fondo para el retiro. La cuota es fija y ampara también a tus beneficiarios.
La cuota NO se calcula sobre tu ingreso
Es el punto donde casi todo el mundo se equivoca, y conviene decirlo antes que nada. La Modalidad 44 cobra una cantidad fija que el IMSS publica en la ficha del trámite y que fija un acuerdo de su Consejo Técnico. Es la misma para quien factura cien mil pesos al mes y para quien factura quince mil.
La confusión viene de la Modalidad 40, que sí se calcula como un porcentaje de un salario base que tú eliges, y donde subir ese salario sube la cuota y la pensión futura. Aquí no hay salario que elegir ni porcentaje que aplicar: hay una cuota, y se paga entera.
Son esquemas opuestos, no alternativas del mismo tipo. La 40 es continuación voluntaria para quien ya cotizó y quiere sumar semanas: no da atención médica. La 44 es para quien trabaja por su cuenta, y sí la da.
¿Modalidad 44 o Modalidad 33? Depende de cuántos sean
Aquí está la decisión real, y no es la que parece. La Modalidad 33 cobra una cuota por cada persona; la 44 cobra una sola cuota fija que ampara al titular y a sus beneficiarios. Para una persona sola la 33 sale mucho más barata; a partir de cierto tamaño de familia el orden se invierte.
Modalidad 33 · 3 cuotas
$38,000
$3,167 al mes
Modalidad 44 · una cuota fija
$20,539
$1,712 al mes
Con esta familia sale más barata la Modalidad 44, por $17,461 al año. La cuota de la 44 no crece con el número de personas, y ahí está la diferencia.
| Persona | Edad | Cuota en Modalidad 33 |
|---|---|---|
| Tú | 42 | $14,350 |
| Cónyuge | 40 | $14,350 |
| Hija | 12 | $9,300 |
El precio no decide solo. La Modalidad 44 exige no tener patrón ni estar en otro régimen del IMSS, y a cambio da cosas que la 33 no da: incapacidades, pensión por invalidez y vida, y fondo para el retiro. La 33 no pide requisito de empleo. Compara también eso, no sólo la cuota.
Cuota de la Modalidad 44 vigente desde el 1 de febrero de 2026. Es una cantidad fija fijada por acuerdo del Consejo Técnico del IMSS: no se calcula sobre ningún salario declarado.
Qué cubre
- Servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y atención obstétrica
- Incapacidades
- Pensión por invalidez y vida
- Fondo para el retiro (vejez a los 65 años)
- Prestaciones sociales: guarderías y velatorios
Y qué deja fuera
- Cesantía en edad avanzada: la pensión por vejez llega a los 65 años, no a los 60
- Subsidios por riesgos de trabajo
- Padecimientos preexistentes a la inscripción
La exclusión que más gente deja fuera. No se puede inscribir quien ya tiene determinados padecimientos: tumores malignos, enfermedades crónico-degenerativas con complicaciones, enfermedades del tejido conectivo, adicciones, trastornos mentales, enfermedades congénitas y VIH. Hay que responder un cuestionario médico por el titular y por cada familiar.
Antes de pagar, comprueba
Hay un detalle que convierte un error de trámite en dinero perdido: el IMSS no hace devoluciones, ni totales ni parciales. Todo lo que haya que verificar, se verifica antes.
- Que no tengas patrón ni estés incorporado a otro régimen del IMSS. Es el requisito de entrada y no admite matices.
- Que no te aplique ninguna exclusión médica, ni a ti ni a los familiares que vayas a asegurar.
- Cuándo empieza el servicio. A partir del primer día del mes siguiente al de la inscripción, no el mismo día que pagas.
- Cómo vas a pagar. Se puede anual o bimestral. La vigencia del aseguramiento es de un año.
Lo que de verdad la distingue: acumula semanas
La Modalidad 33 da atención médica y se acaba ahí. La 44 además te mete en el régimen obligatorio, y eso significa que cada año cotizado suma semanas para tu pensión. Para alguien que lleva años trabajando por su cuenta, ésa suele ser la diferencia que decide, no los pesos de la cuota.
Conviene entender qué pensión estás construyendo. La 44 da pensión por invalidez y vida, y pensión de vejez a partir de los 65 años cumpliendo las semanas exigidas. Lo que no da es cesantía en edad avanzada, que es la que permite pensionarse desde los 60. Si tu plan pasa por retirarte antes de los 65, esa exclusión importa y hay que contarla desde el principio.
Para ver qué monto de pensión construyen las semanas que vayas sumando, y compararlo con lo que ya tengas acumulado, está la calculadora de AFORE y retiro. Y si lo que te falta son semanas y ya cotizaste antes, compara también contra la Modalidad 40, que existe precisamente para eso.
Un matiz que conviene tener presente si vienes de un empleo formal: cotizar por esta vía suma semanas, pero lo hace sobre la base que corresponde al esquema, no sobre el sueldo que ganabas antes. Para el cálculo de una pensión de Ley 73, donde pesa el promedio salarial de los últimos años, eso puede jugar en contra. Quien esté en ese caso hace bien en revisar los números de las dos vías antes de elegir, y no dar por hecho que sumar semanas siempre mejora la pensión.
Puntos clave
Datos al 1 de febrero de 2026Página actualizada el 23 de septiembre de 2026. Es la fecha de la edición del contenido, no la de ninguna serie: la cobertura de cada una va arriba y, indicador por indicador, junto a su tabla.
- Cuesta $20,539 al año, vigentes desde el 1 de febrero de 2026.
- Es una cuota fija: no se calcula sobre ningún ingreso ni salario declarado, a diferencia de la Modalidad 40.
- Una sola cuota ampara al titular y a sus beneficiarios, así que para familias grandes puede salir más barata que la Modalidad 33.
- Da pensión por invalidez, vida y vejez a los 65, pero no cesantía en edad avanzada a los 60.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Modalidad 44 del IMSS?
Es la Incorporación Voluntaria de los Trabajadores del Ámbito Urbano al Seguro Social: un esquema para quien trabaja por su cuenta y no tiene patrón —profesionistas, comerciantes, artesanos, prestadores de servicios— que le da prácticamente las mismas prestaciones que a una persona asalariada, incluida la pensión.
¿Cuánto cuesta la Modalidad 44 en 2026?
$20,539 al año, vigentes desde el 1 de febrero de 2026. Es una cantidad fija que ampara al titular y a sus beneficiarios legales, y se puede pagar de forma anual o bimestral. No depende de cuánto ganes.
¿La cuota se calcula sobre mi salario o mi ingreso?
No. Es una cuota fija que el IMSS publica en la ficha del trámite y que fija un acuerdo de su Consejo Técnico, igual para todos. Quien llega desde la Modalidad 40 espera lo contrario, porque aquélla sí se calcula sobre un salario base que tú eliges, y confundirlas lleva a presupuestar mal.
¿Qué diferencia hay entre la Modalidad 44 y la 40?
Son opuestas. La 40 es continuación voluntaria para quien ya cotizó y quiere seguir sumando semanas y subir su salario promedio: no da atención médica. La 44 es para quien nunca ha cotizado o dejó de hacerlo, y sí da servicio médico además de pensión. Ni se sustituyen ni se parecen.
¿Qué NO cubre la Modalidad 44?
No cubre cesantía en edad avanzada —la pensión por vejez llega a los 65 años, no a los 60— ni subsidios por riesgos de trabajo, ni padecimientos preexistentes. Esa última exclusión es amplia: tumores malignos, enfermedades crónico-degenerativas, VIH y varias más impiden inscribirse.
¿Me devuelven el dinero si me doy de baja?
No. El IMSS no hace devoluciones totales ni parciales de los pagos realizados. Por eso conviene comprobar que se cumplen los requisitos —y que no aplica ninguna exclusión por padecimiento— antes de pagar, no después.
Fuentes oficiales y referencias
- IMSS — Solicita la incorporación voluntaria al Régimen Obligatorio (IMSS-02-030-C) — El costo del aseguramiento anual es de $20,538.59 vigente a partir del 1° de febrero de 2026. Fundamento: Acuerdo ACDO.AS2.HCT.300424/82.P.DIR del Consejo Técnico del IMSS (30 de abril de 2024).
Contenido educativo. Los requisitos y la cuota vigente son los que publique el IMSS en la ficha del trámite.
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Publicado: 23 de septiembre de 2026Última revisión normativa: 23 de septiembre de 2026