Aviso de retención Infonavit: qué es, cómo sacarlo y qué hacer al cambiar de trabajo
Entraste a un trabajo nuevo, Recursos Humanos te pide «un papel del Infonavit» y no sabes cuál es. Es el aviso de retención de descuentos: el documento con el que el Instituto le dice a tu nuevo patrón que empiece a descontarte el crédito de la nómina, y con qué modalidad y qué factor. Se descarga gratis en Mi Cuenta Infonavit con tu NSS.
Y si te lo pidieron como «hoja», «carta» o «constancia» de retención, tranquilo: son cuatro nombres del mismo papel. El oficial —el que trae el archivo y el que usa la norma— es «Aviso para retención de descuentos».
Revisado el 2 de septiembre de 2026 · Hub de Infonavit
¿En qué paso de tu cambio vas?
Dos fechas y tres casillas. Te dice qué te falta, cuánto duró el hueco sin patrón y en qué fecha deberías empezar a ver el descuento — que casi siempre es más tarde de lo que la gente espera, y por una razón concreta.
Déjalo vacío si todavía no tienes empleo.
Pregúntalo en nóminas. Es la fecha que marca el artículo 44, no la de tu alta.
Si llegó antes que el aviso, es ésta la que dispara el plazo.
Ordena tus fechas dentro de tu navegador y les aplica la regla que sí consta: la obligación de tu patrón nace al día siguiente de recibir el aviso de retención o la cédula de determinación, lo que ocurra primero (artículo 44 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos). Si no sabes esa fecha, no te enseñamos ninguna: preferimos decírtelo a inventarla. No consulta al Infonavit y no te pedimos NSS, número de crédito ni contraseñas. Para revisar si la cifra del descuento es correcta, eso es otra página: el factor de descuento.
Este espacio está reservado para una marca aliada de vivienda y crédito hipotecario. ¿Quieres aparecer aquí?
Aviso, hoja, carta o constancia: ¿son el mismo documento?
Sí, los cuatro. Y merece la primera pantalla porque una parte enorme de las búsquedas de este tema es exactamente esta duda: la gente encuentra un documento con un nombre, se lo piden con otro, y cree que le falta un trámite.
El nombre oficial es «Aviso para retención de descuentos» —así se titula el archivo del propio Instituto—, y el Reglamento de Inscripción lo llama «aviso de retención de descuentos». Dentro del portal no encontrarás ninguno de los otros tres nombres: allí la sección se llama «Aviso de suspensión y retención de descuentos». Ése es el motivo de que buscar «hoja de retención» dentro de Mi Cuenta no devuelva nada.
| Como lo buscas | Búsquedas | ¿Es el mismo? | Qué conviene saber |
|---|---|---|---|
| Aviso de retención | 4,300/mes | Sí, el mismo | El nombre correcto, y el que usa la norma. El documento del Instituto se titula «Aviso para retención de descuentos» y el Reglamento lo llama «aviso de retención de descuentos». |
| Hoja de retención | 5,600/mes | Sí, el mismo | Nombre popular del mismo documento. Se dice «hoja» porque es una hoja, pero no aparece con ese nombre en ninguna norma ni en el portal — por eso buscarlo así dentro de Mi Cuenta no encuentra nada. |
| Carta de retención | 2,400/mes | Sí, el mismo | Otro nombre popular del mismo papel. Conviene no confundirla con la carta de instrucción de cancelación de hipoteca, que es un documento distinto y de otro momento de tu crédito. |
| Constancia de retención | 880/mes | Sí, el mismo | El mismo documento otra vez. Aquí la confusión es con las constancias de retención del SAT, que son de impuestos y no tienen nada que ver con tu crédito de vivienda. |
Y son tres avisos, no dos
El propio menú del portal lo dice: hay avisos de retención, de modificación y de suspensión. El de modificación es el que casi ninguna guía menciona, y es justo el que explica el caso más desconcertante del tema: que tu descuento cambie sin que tú hayas hecho nada.
| Aviso | Qué le dice a tu patrón | Cuándo lo necesitas |
|---|---|---|
| Aviso de retención de descuentos← el de esta página | «Empieza a descontar, con esta modalidad y este factor.» | Cuando te formalizan el crédito, cuando cambias de trabajo y cuando firmas un convenio de reestructura. |
| Aviso de modificación de descuentos | «Sigue descontando, pero cambia el factor.» | Cuando el importe de tu descuento cambia sin que tú hayas hecho nada. Es el que explica el caso más desconcertante del tema, y el que casi ninguna guía menciona. |
| Aviso de suspensión de descuentos | «Deja de descontar.» | Típicamente al liquidar el crédito. Si tarda en llegarle a tu patrón, te siguen descontando de más y eso se reclama aparte. |
Qué es y qué hace exactamente
Es una notificación del Infonavit a tu patrón, no un permiso tuyo ni un comprobante. Aquí está la parte que casi nadie ha leído, y que cambia la conversación con cualquiera que te diga que sin tu papel no se puede hacer nada: el Artículo 44 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit dice cuatro cosas.
El Instituto avisa al patrón, no sólo a ti
Cuando el Infonavit otorga un crédito de vivienda, lo notifica al patrón o patrones del trabajador a través del aviso de retención de descuentos, con los datos del crédito y los porcentajes o cantidades a descontar.
La obligación nace al día siguiente de recibirlo
El patrón debe iniciar la retención y el entero a partir del día siguiente a aquel en que reciba el aviso de retención de descuentos o la cédula de determinación con los datos del crédito.
Vale «lo que ocurra primero»
No hay que esperar a los dos documentos: cuenta el primero que llegue. Por eso tu entrega no es el único disparador posible del descuento, y por eso la respuesta a «¿y si no lo entrego?» no es la que da el resto de internet.
Si los dos discrepan, manda la cédula
Cuando los datos del aviso y los de la cédula de determinación no coinciden, el patrón debe seguir los de la cédula. Es el detalle que evita una discusión con nóminas cuando tu recibo no cuadra con el papel que entregaste.
Ojo con los dos «artículo 44»
El que acabas de leer es del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos. Hay otro artículo 44, el de la Ley del Infonavit, que trata de algo completamente distinto —la extinción de gravámenes cuando terminas de pagar— y que vive en la guía de liberación de hipoteca. Son dos normas distintas y confundirlas manda a buscar la respuesta donde no está.
Cómo sacarlo, paso a paso
| Canal | Qué necesitas | Qué obtienes | Cuánto tarda |
|---|---|---|---|
| Mi Cuenta Infonavit (navegador) | Tu NSS y la contraseña que creaste en el portal | El PDF del aviso, listo para imprimir o enviar a Recursos Humanos | Minutos, y es gratis |
| Centro de Servicio Infonavit (CESI) | Consulta los requisitos vigentes en el propio Infonavit antes de ir | Atención presencial | Requiere acudir en persona |
- 1
Entra a Mi Cuenta Infonavit con tu NSS
La cuenta se abre con tu Número de Seguridad Social y una contraseña propia del portal del Infonavit, que no es la del IMSS ni la del SAT.
- 2
Abre la sección de avisos de descuento
Dentro del menú de tu crédito, en la sección de avisos de suspensión, retención y modificación de descuentos.
- 3
Descarga el aviso de retención en PDF
Es gratuito. Comprueba antes de cerrarlo que el registro patronal sea el de tu empresa actual: si sale la anterior, el problema está en tu alta.
- 4
Entrégalo a Recursos Humanos
En cuanto entres al nuevo trabajo. La obligación de tu patrón de retener nace al día siguiente de recibirlo, así que cuanto antes lo tenga, antes arranca.
Los cuatro atascos típicos
La sección de avisos aparece vacía
Por qué pasa
El aviso se genera cuando hay algo que avisar: el crédito recién formalizado, un cambio de patrón registrado o una reestructura. Si acabas de firmar, puede no estar todavía.
Qué hacer
Comprueba primero que tu crédito figure como formalizado en tu estado de cuenta. Si lo está y el aviso no aparece, es caso de Centro de Servicio.
El aviso trae el nombre de tu patrón anterior
Por qué pasa
El Instituto emite el aviso con la información patronal que tiene registrada. Si tu alta con el nuevo patrón no se ha reflejado, el documento sale con la anterior.
Qué hacer
El origen suele estar antes del Infonavit: en el alta ante el IMSS. Comprueba quién te tiene dado de alta hoy. Quién te tiene dado de alta →
No puedes entrar a Mi Cuenta Infonavit
Por qué pasa
La cuenta se crea con tu NSS y una contraseña propia del portal del Infonavit. No es la del IMSS ni la del SAT, y es la confusión más común.
Qué hacer
Si no tienes tu NSS a la mano, consíguelo antes: es el dato con el que se abre la cuenta. Cómo saber cuál es tu NSS →
Recursos Humanos dice que el documento «no es el que piden»
Por qué pasa
Casi siempre es el problema de los cuatro nombres: te pidieron «la hoja» o «la carta» y llevas algo titulado «Aviso para retención de descuentos».
Qué hacer
Es el mismo documento y así se llama en la norma. Enséñales el título del PDF y la tabla de nombres de esta página.
El cambio de trabajo, paso a paso
Este es el ángulo por el que llega casi todo el mundo, y la razón de que sea confuso es que hay cuatro actores —tú, tu patrón anterior, el nuevo y el Infonavit— y ninguno te dice qué está haciendo el resto.
| Paso | Quién lo hace | Qué ocurre |
|---|---|---|
| 1. Te das de baja | Patrón anterior | Termina la relación laboral y con ella la retención por esa vía. |
| 2. El hueco entre empleos | Tú | Nadie te descuenta porque no hay nómina, y tu crédito sigue corriendo. Infonavit publica tres salidas para ese periodo, y no todas cuestan dinero ese mes. |
| 3. Descargas el aviso de retención | Tú | En Mi Cuenta Infonavit, gratis, en la sección de avisos de descuento. |
| 4. Se lo entregas a Recursos Humanos | Tú | En cuanto entras. La norma no te fija un plazo a ti; lo que fija es que la obligación de tu patrón arranca cuando él lo recibe. |
| 5. Nace la obligación del patrón | Patrón nuevo | Al día siguiente de recibir el aviso o la cédula de determinación, lo que ocurra primero (art. 44 del Reglamento). |
| 6. Aparece el descuento | Patrón nuevo | Desde que nace la obligación, y reflejado según el calendario de nómina y el periodo que le toque enterar. |
| 7. El patrón entera lo retenido | Patrón nuevo | A más tardar el día 17 del mes siguiente (art. 43 del Reglamento). |
¿Y qué plazo tengo yo para entregarlo?
La norma no le fija un plazo al trabajador para entregar el aviso. Lo que sí fija, en el artículo 44 del Reglamento, es cuándo empieza la obligación del patrón: al día siguiente de que reciba el aviso de retención o la cédula de determinación con los datos del crédito, lo que ocurra primero. Por eso lo que importa no es una fecha tuya, sino que él lo tenga cuanto antes.
El hueco entre empleos: ¿pago yo?
Mientras no hay nómina no hay de dónde retener, y tu crédito no se detiene por eso. Pero «pagar tú» no es la única salida: el Infonavit publica tres, y se eligen mes a mes mientras tengas meses disponibles.
- Pagar la mensualidad completa. La vía directa: cubres tú el pago con la referencia de tu Mi Cuenta Infonavit. Es lo que evita que el periodo se acumule.
- Fondo de Protección de Pagos. El esquema con el que Infonavit cubre parte de tu mensualidad durante los meses autorizados cuando pierdes la relación laboral. No aplica a todos los créditos: depende de cuándo se otorgó el tuyo y de tu historial de empleo.
- Prórroga total. Un periodo en el que no se te exige la mensualidad. Los meses disponibles dependen de las condiciones de tu crédito.
Las tres se eligen mes a mes mientras tengas meses disponibles, y cuál te corresponde lo confirma tu Mi Cuenta Infonavit. No des por hecho que calificas por lo que leas en ningún sitio, incluido éste. Lo que sí conviene evitar es dejar el periodo sin cubrir por ninguna de las tres vías y descubrirlo meses después en el estado de cuenta.
Si trabajas para dos patrones a la vez
El artículo 44 del Reglamento habla de notificar «al patrón o patrones» del trabajador, en plural, así que los dos pueden recibir un aviso y aplicarlo. Ojo con la conclusión fácil: que dos patrones te descuenten no significa por sí solo que te estén cobrando de más. Cada aviso puede traer su propia instrucción, y el importe que corresponde a tu crédito depende de lo que digan esos documentos.
Antes de llamarlo pago en exceso, compara las cuatro cosas: el aviso que recibió cada patrón, tus dos recibos del mismo periodo y tu estado de cuenta del Infonavit. Si de esa comparación sale que se enteró más de lo que correspondía, entonces sí es un pago en exceso y se reclama aparte — está explicado en la devolución de pagos en exceso.
El aviso de suspensión, el otro documento
Es el hermano del tuyo y hace lo contrario: le dice al patrón que deje de descontar. Se emite típicamente al liquidar el crédito, y se busca junto con el de retención porque en el portal viven en la misma sección.
El problema clásico del de suspensión es que tarde en llegarle a tu patrón: te siguen descontando después de haber liquidado, y todo eso es un pago en exceso. Si ése es tu caso, no es esta página: es la liberación de hipoteca.
Qué pasa si no lo entregas
La respuesta que da el resto de internet es alarmista y está incompleta. La real tiene un matiz que cambia el primer eslabón: puede que te descuenten igual. El artículo 44 dice que la obligación del patrón arranca con el aviso o con la cédula de determinación con los datos de tu crédito, lo que ocurra primero.
Eso no es una excusa para no entregarlo. La cédula puede tardar, y el propio Instituto documenta un caso en que ni siquiera trae tu crédito: cuando se formalizó en los últimos diez días del bimestre. Entregar el aviso es lo rápido, lo seguro, y lo que deja constancia de que tú hiciste tu parte.
| Hito | Qué ocurre | Qué hacer |
|---|---|---|
| 1 · Puede que te descuenten igual | La obligación del patrón arranca con el aviso o con la cédula de determinación, lo que ocurra primero. Si al patrón le llega la cédula con tu crédito, tiene que descontar aunque tú no hayas entregado nada. | No lo dejes al azar: la cédula puede tardar o no traer tu crédito si se formalizó al final del bimestre. Entregar el aviso es lo rápido, y deja constancia de que lo hiciste. |
| 2 · Si no llega ninguno de los dos, no hay descuento | Tu recibo sale limpio y parece una buena noticia. No lo es: el crédito sigue generando lo que genere, y lo que no se descuenta se acumula. | Revisa tu primer recibo con nómina en la mano. Si no trae el descuento, ahí tienes la señal, y todavía estás a tiempo. Revisar si tu descuento cuadra → |
| 3 · Te toca cubrir el periodo | Mientras nadie retenga de tu nómina, el periodo lo cubres tú. Y aquí hay más de una opción: Infonavit publica tres salidas para quien se queda sin empleo, que se eligen mes a mes. | Las tres son: pagar la mensualidad completa; usar el Fondo de Protección de Pagos, si tu crédito califica; o tomar una prórroga total, si te corresponde. Cuál te aplica depende de las condiciones de tu crédito, y quien lo confirma es tu Mi Cuenta Infonavit. |
| 4 · Si no cubres el periodo, se acumula | Los periodos sin cubrir se acumulan en tu crédito. Los efectos concretos dependen de sus condiciones, así que aquí no ponemos cifras ni plazos: los tuyos están en tu estado de cuenta. | Revísalo antes de que se acumule, y mira si te toca alguna de las tres salidas de arriba: dos de ellas no cuestan dinero ese mes. Tu dinero en Infonavit → |
Y si te quedas sin empleo, no es sólo «paga tú»
Infonavit publica tres salidas para ese periodo, y se eligen mes a mes mientras tengas meses disponibles.
- Pagar la mensualidad completa. La vía directa: cubres tú el pago con la referencia de tu Mi Cuenta Infonavit. Es lo que evita que el periodo se acumule.
- Fondo de Protección de Pagos. El esquema con el que Infonavit cubre parte de tu mensualidad durante los meses autorizados cuando pierdes la relación laboral. No aplica a todos los créditos: depende de cuándo se otorgó el tuyo y de tu historial de empleo.
- Prórroga total. Un periodo en el que no se te exige la mensualidad. Los meses disponibles dependen de las condiciones de tu crédito.
Las tres se eligen mes a mes mientras tengas meses disponibles, y cuál te corresponde lo confirma tu Mi Cuenta Infonavit. No des por hecho que calificas por lo que leas en ningún sitio, incluido éste.
Qué tiene que hacer tu patrón, y en cuánto tiempo
Saber esto sirve para una conversación muy concreta: cuando en nóminas te dicen que «así no se puede» o que «hay que esperar». Sus obligaciones y sus plazos están escritos, y no son negociables.
| Qué hace | Cuándo | Base | Si no lo hace |
|---|---|---|---|
| Recibe el aviso de retención — tuyo, o del propio Instituto | Cuando se lo entregas, o cuando le llega la cédula de determinación con tu crédito | Artículo 44 del Reglamento: cuenta lo que ocurra primero | Si no le llega ninguno de los dos, no hay obligación que arrancar. Ése es el escenario que quieres evitar. |
| Empieza a retener de tu nómina | A partir del día siguiente a aquel en que recibe el documento | Artículo 44 del Reglamento | Se acumulan periodos sin descuento y tu saldo no baja. El Infonavit puede requerirle las amortizaciones no retenidas. |
| Entera al Instituto lo que te retuvo | A más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago | Artículo 43 del Reglamento | Es el caso más grave para ti, porque el dinero ya salió de tu bolsillo y tu deuda no lo registra. Se detecta comparando tus recibos con tu estado de cuenta. |
| Aplica el factor y la modalidad que dice el documento | En cada periodo, mientras dure la relación laboral | Artículo 44 del Reglamento: si el aviso y la cédula discrepan, manda la cédula | Un factor mal aplicado produce un descuento mal calculado en la misma dirección, periodo tras periodo. |
Retener y enterar no son lo mismo
Los patrones enteran el importe de los descuentos a más tardar el día diecisiete del mes siguiente a aquel al que corresponda el pago. Retener y enterar son dos actos distintos: que te lo quiten del recibo no prueba que haya llegado al Instituto.
Tu patrón puede descargarlo él mismo
Esto no lo publica ninguna de las guías que dominan este tema, y es llamativo porque varias están escritas por empresas de software de nómina. El Infonavit tiene un Servicio de Intercomunicación de Avisos en su Portal Empresarial: Un servicio del Portal Empresarial del Infonavit que permite al patrón consultar y descargar de forma masiva los avisos de retención, modificación y suspensión de todas las personas acreditadas ligadas a su RFC.
- Dónde está: Portal Empresarial del Infonavit, en la ruta Consultas / Servicio de Descarga de Avisos
- Qué devuelve: Exporta en Excel, JSON, XML y TXT
Que tu nuevo patrón no depende exclusivamente de que tú le lleves el papel: tiene un canal propio para verlo. Eso no te quita el trabajo de entregarlo —es lo rápido y lo que deja constancia—, pero cambia la conversación con Recursos Humanos cuando te dicen que sin tu hoja no pueden hacer nada.
Cuándo empieza a aparecer el descuento
La obligación de tu patrón de retener nace al día siguiente de que reciba el aviso de retención o la cédula de determinación con los datos de tu crédito, lo que ocurra primero (artículo 44 del Reglamento). Esa es la fecha que manda, y no la de tu alta en el nuevo empleo.
El Infonavit opera por bimestres, así que el momento exacto en que la retención aparece reflejada en tu recibo depende del calendario de nómina de tu patrón y del periodo que le toque enterar. Si quieres una fecha, la que hay que preguntar en nóminas es qué día recibieron el documento: a partir de ahí corre el plazo.
La consecuencia práctica: que tu primer recibo salga sin el descuento no es señal de que algo falló, porque el reloj no arranca con la emisión del aviso sino con su recepción por tu patrón. Lo que sí conviene hacer es concreto: si ya nació la obligación del artículo 44 y ha pasado el periodo de nómina en el que debería reflejarse, pregunta en nóminas —qué día recibieron el documento y qué registro patronal trae— en lugar de esperar sin más. Y cuando aparezca, si la cifra no te cuadra, esa auditoría es otra página — el factor de descuento te dice si lo que te quitan está bien calculado.
Qué campos trae el aviso
Aquí sólo se nombran los campos y para qué sirve cada uno. Lo que significan la modalidad, el factor y el seguro de daños no se explica en esta página: vive en la guía del factor, que es su dueña, y repetirlo aquí sería tener dos páginas contestando lo mismo.
La disposición exacta del documento —qué campo va dónde, con qué nombre y en qué orden— no está publicada en una fuente abierta del Instituto, así que no la reproducimos. Lo tienes delante en cuanto lo descargas.
| Campo | Para qué sirve |
|---|---|
| Los datos de tu crédito | Lo que identifica tu crédito ante tu patrón. Es lo que nóminas captura en su sistema |
| Los porcentajes o cantidades a descontar | Lo que hay que descontar de tu salario base de aportación. Qué significan la modalidad y el factor está en la guía del factor de descuento, que es su dueña Ver la guía → |
De todos ellos, el que más conviene mirar antes de entregarlo es el registro patronal. Si el documento sale a nombre de tu empresa anterior, el problema no está en el Infonavit sino antes: en tu alta ante el IMSS. Comprueba quién te tiene dado de alta antes de discutirlo con nóminas.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el aviso de retención de descuentos del Infonavit?
Es el documento con el que el Infonavit le indica a tu patrón que empiece a descontarte el crédito de la nómina, y con qué modalidad y qué factor. Su nombre completo, tal y como sale el archivo, es «Aviso para retención de descuentos», y el Reglamento lo llama «aviso de retención de descuentos». Lo descargas gratis en Mi Cuenta Infonavit y lo entregas a Recursos Humanos cuando te formalizan el crédito, cuando cambias de trabajo y cuando firmas un convenio de reestructura.
¿Aviso, hoja, carta o constancia de retención: son lo mismo?
Son el mismo documento, y ésta es la confusión que más búsquedas genera de todo el tema. «Hoja de retención», «carta de retención» y «constancia de retención» son nombres populares; el que usa la norma y el propio archivo del Instituto es aviso de retención de descuentos. Por eso buscar «hoja de retención» dentro del portal no encuentra nada: ahí la sección se llama «avisos de suspensión, retención y modificación de descuentos». Si en tu trabajo te piden «la hoja», lleva el aviso: es ése.
¿Cómo saco mi aviso de retención del Infonavit?
En Mi Cuenta Infonavit, con tu NSS y la contraseña del portal, en la sección de avisos de descuento. Es gratis, tarda minutos y también se puede desde la app. Si no puedes entrar, casi siempre es porque la cuenta se abre con tu NSS y una contraseña propia del Infonavit —no la del IMSS ni la del SAT—; si no tienes tu número a la mano, consíguelo primero. La tercera vía es acudir a un Centro de Servicio Infonavit con identificación oficial.
¿Cuándo tengo que entregar el aviso de retención a mi nuevo trabajo?
En cuanto entres, y aquí conviene ser exacto: no hemos localizado ningún plazo legal para que el trabajador lo entregue, ni en la Ley del Infonavit ni en el Reglamento. El «plazo de cinco días hábiles» que repiten varias guías de nómina no cita fuente y no aparece en la norma. Lo que sí consta es más útil: el artículo 44 del Reglamento dice que la obligación del patrón de retener nace al día siguiente de recibir el aviso o la cédula de determinación con los datos de tu crédito. O sea que el plazo que de verdad importa no es el tuyo: es que él lo tenga cuanto antes.
¿Qué pasa si no entrego el aviso de retención?
La respuesta honesta tiene un matiz que casi nadie publica. El artículo 44 del Reglamento dice que la obligación del patrón arranca con el aviso o con la cédula de determinación con los datos del crédito, lo que ocurra primero. Así que puede que te descuenten igual, sin que tú entregues nada. Pero no cuentes con ello: la cédula puede tardar, o no traer tu crédito si se formalizó en los últimos diez días del bimestre. Si no llega ninguno de los dos, no hay descuento; tu crédito sigue corriendo y lo no cubierto se acumula. Entregar el aviso es lo rápido, y deja constancia de que lo hiciste.
¿Tengo que pagar yo mientras estoy entre un trabajo y otro?
El periodo hay que cubrirlo, pero pagar tú no es la única vía. El Infonavit publica tres salidas para quien se queda sin empleo, y se eligen mes a mes mientras tengas meses disponibles: pagar la mensualidad completa con tu referencia de Mi Cuenta Infonavit; usar el Fondo de Protección de Pagos, si tu crédito califica; o tomar una prórroga total, si te corresponde. Cuál te aplica depende de las condiciones de tu crédito y lo confirma tu Mi Cuenta Infonavit. Lo que conviene evitar es dejar el hueco sin cubrir por ninguna de las tres y descubrirlo meses después.
¿Mi nuevo patrón puede sacar el aviso por su cuenta?
Sí, y es de las cosas más útiles que puedes saber al discutirlo con Recursos Humanos. El Infonavit tiene un Servicio de Intercomunicación de Avisos en su Portal Empresarial que permite al patrón consultar y descargar de forma masiva los avisos de retención, modificación y suspensión de toda su plantilla ligada a su RFC, con exportación en Excel, JSON, XML o TXT. No te libra de entregarlo —sigue siendo lo rápido— pero sí desmonta el «sin tu hoja no podemos hacer nada».
¿Cuánto tarda en aparecer el descuento en mi recibo?
Lo que fija la norma no es una fecha del calendario, es un disparador: por el artículo 44 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos, la obligación de tu patrón de retener nace al día siguiente de que reciba el aviso de retención o la cédula de determinación con los datos de tu crédito, lo que ocurra primero. A partir de ahí, cuándo lo veas reflejado depende de su calendario de nómina y del periodo que le toque enterar —el Infonavit opera por bimestres—. Si quieres una fecha, pregunta en nóminas qué día recibieron el documento. Y si la cifra no te cuadra, eso se audita en la guía del factor de descuento.
¿Cobran por el aviso de retención?
No. Descargarlo de Mi Cuenta Infonavit es gratuito, igual que consultar tu estado de cuenta y tu saldo. Si alguien te ofrece «gestionarte la hoja de retención» por dinero, te está cobrando por descargar un PDF que puedes descargar tú en dos minutos con tu NSS.
Sigue por aquí
- Factor de descuento — cuánto te van a descontar y si la cifra de tu recibo está bien.
- Devolución de pagos en exceso — si te descontaron de más, por dos patrones o después de liquidar.
- Liberación de hipoteca — el otro extremo del crédito: cuando ya terminaste de pagar.
- Número de Seguridad Social — el dato con el que se abre tu cuenta del Infonavit.
- Todo sobre Infonavit — el índice completo del tema.
Fuentes oficiales y referencias
- Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit (DOF 09-12-1997) — Artículo 44: el Instituto notifica al patrón mediante el aviso de retención de descuentos, y el patrón inicia la retención y el entero a partir del día siguiente a aquel en que reciba ese aviso o la cédula de determinación con los datos del crédito, lo que ocurra primero; si los datos discrepan, prevalecen los de la cédula. Artículo 43: el entero se hace a más tardar el día diecisiete del mes siguiente. Es la única base normativa del tema y no la cita ninguno de los competidores analizados.
- Infonavit — Servicios de intercomunicación (Portal Empresarial) — El Servicio de Intercomunicación de Avisos permite al patrón la consulta masiva de los avisos de retención, modificación y suspensión ligados a su RFC, en la ruta Consultas / Servicio de Descarga de Avisos, con exportación en Excel, JSON, XML y TXT.
- Mi Cuenta Infonavit — avisos de suspensión, retención y modificación de descuentos — Donde se descarga el documento, sin costo. Es el propio menú del portal el que enseña que los avisos son TRES y no dos. Portal del Instituto, ajeno a este sitio; devuelve 403 a la lectura automatizada, así que su maqueta no se transcribe aquí.
- Infonavit — centro de ayuda y preguntas frecuentes para patrones — Materiales del Instituto para patrones sobre la operación bimestral del descuento y sobre el supuesto del crédito formalizado en los últimos días del bimestre. El momento en que NACE la obligación no sale de aquí: lo fija el artículo 44 del Reglamento, al día siguiente de la recepción del aviso o de la cédula.
- Ley del Infonavit (texto vigente, última reforma DOF 21-02-2025) — Artículo 29, fracción III: la obligación patronal de hacer los descuentos. Su desarrollo —la base salarial, los topes y la no suspensión por ausencias e incapacidades— vive en la guía del factor de descuento, no aquí.
Fuentes abiertas y leídas el 2 de septiembre de 2026: los artículos 43 y 44 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos son la base normativa de todo lo que esta página afirma sobre plazos y obligaciones. El portal del Infonavit sigue devolviendo 403 a la lectura automatizada, así que la maqueta del documento no se transcribe y lleva su marcador a la vista, igual que el plazo de entrega que circula sin fuente. Las herramientas de estas páginas funcionan enteramente en tu navegador. Nada de lo que escribes se envía a ningún servidor, ni al nuestro ni a ningún otro, y nada se guarda. Tampoco te pedimos las credenciales de Mi Cuenta Infonavit: ningún sitio que no sea el del Instituto debería pedírtelas nunca. Calcu.mx es un sitio independiente, sin afiliación ni relación con el Infonavit. Esta guía es informativa y sus herramientas son estimaciones educativas: no sustituyen tu precalificación oficial ni la resolución del Instituto sobre tu crédito.