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Visor de deducciones personales: cómo usarlo

El visor no es la lista de todo lo que puedes deducir: es la lista de lo que el SAT ya clasificó por ti. Colegiaturas, funerarios, transporte escolar y donativos no salen ahí y siguen siendo deducibles. Y lo que sí debería salir y no sale suele tener arreglo: desde 2026, el plazo legal para cancelar y sustituir un CFDI llega hasta el mes en que se presenta la anual del ejercicio en que se expidió, no hasta el 31 de diciembre.

Gratis · Acceso con RFC y Contraseña, o e.firmaActualizado: 28 de agosto de 2026

Qué es, en dos frases

Un aplicativo del SAT que te enseña las facturas que él ya identificó y clasificó como deducciones personales tuyas. Es la vista previa de lo que te va a llegar precargado en abril.

Se entra con RFC y Contraseña, o e.firma, es gratuito y no presenta nada: sólo consulta. El trámite oficial vive en el portal del SAT. Calcu.mx no te pedirá nunca tu Contraseña ni tu e.firma.

Los nueve tipos de deducción que el visor identifica

El visor clasifica nueve tipos de deducción personal, y los CFDI que reconoce llegan precargados a tu declaración: honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios, gastos funerarios, donativos, aportaciones complementarias, primas de seguros de gastos médicos, transportación escolar, depósitos en cuentas especiales para el ahorro, colegiaturas y créditos hipotecarios.

Tipos de deducción del aplicativo

  • Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios
  • Gastos funerarios
  • Donativos
  • Aportaciones complementarias
  • Primas por seguros de gastos médicos
  • Transportación escolar
  • Depósitos en cuentas especiales para el ahorro
  • Colegiaturas
  • Créditos hipotecarios

SAT, ficha «Visor de deducciones personales» (filtro de tipo de deducción).

Lo que te toca revisar a ti

Ningún concepto es «manual» por naturaleza. Lo que te toca revisar es tu caso: si un gasto que sí procede no aparece, si aparece en la categoría equivocada o si cayó en «Sin clasificación». Ahí decides si conviene corregirlo con el emisor, reclasificarlo dentro del aplicativo o capturarlo manualmente, siempre que la ley lo permita y tengas la documentación soporte.

El error que hay que desmontar

Dar por hecho que colegiaturas, gastos funerarios, transporte escolar o donativos «no salen en el visor y se capturan a mano». Los cuatro están en el filtro del aplicativo. Quien parte de esa idea deja de revisar la precarga y acaba duplicando importes o capturando de más.

Y el detalle que descoloca a todo el mundo en enero: La información de créditos hipotecarios se puede visualizar a partir del mes de febrero del ejercicio que corresponda, una vez que las instituciones del sector financiero presentan su declaración informativa de intereses.

«Mi factura no aparece»: las siete causas

¿Cuál de estas describe tu caso?

El visor incluye una columna de motivo de no clasificación: ahí dice por qué un CFDI que sí recibiste no se va a considerar como deducción personal en tu anual. Si no lo tienes a la mano, elige la que más se parezca: son las siete causas por las que un CFDI recibido no llega a contar como deducción personal.

  • Por qué pasa: Se facturó a «público en general» (XAXX010101000) o al RFC de otra persona. El SAT clasifica por RFC del receptor: si no eres tú, no es tuya.

    Cómo se arregla: Pide al emisor que EMITA PRIMERO la factura sustituta a tu RFC —con tu nombre y código postal exactos como aparecen en tu constancia de situación fiscal— y sólo después cancele la equivocada con motivo 01. El orden importa: ver la secuencia completa abajo.

Desde 2026, el plazo legal para cancelar y sustituir un CFDI llega hasta el mes en que se presenta la anual del ejercicio en que se expidió, no hasta el 31 de diciembre. Aun así conviene revisar el visor cada tres meses: el plazo obliga al SAT, no al emisor, y un consultorio reexpide con mucha más facilidad a los trece días que a los trece meses.

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Cómo consultarlo, paso a paso

  1. Entra al Visor de deducciones personales del portal del SAT

    Está en la sección de Declaraciones. Se accede con RFC y Contraseña, o con e.firma. Es una consulta: no presenta ni modifica nada.

  2. Elige el ejercicio y, si quieres, acota por periodo

    El aplicativo deja filtrar por periodo de emisión del CFDI, y también localizar una deducción concreta dentro del listado.

  3. Mira la fecha de actualización en la parte superior

    Es hasta cuándo llega la información precargada. Un gasto posterior a ese corte todavía no puede aparecer, y no significa que esté mal.

  4. Revisa la columna de motivo de no clasificación

    Ahí está la razón por la que un CFDI que sí recibiste no se va a considerar como deducción personal en tu anual. Es el dato que dice qué hay que arreglar.

  5. Descarga el Excel del listado y guárdalo

    El aplicativo entrega el PDF y el XML de cada comprobante, y el listado completo en Excel. Ese archivo es lo que vas a cotejar en abril contra lo precargado.

  6. Pide la refactura de lo que salió mal, cuanto antes

    El emisor emite PRIMERO el comprobante sustituto —con tu RFC, tu nombre y tu código postal correctos, la forma de pago real y la clave que corresponde— y después cancela el equivocado con motivo 01, citando el folio de la sustituta.

Qué significa cada columna

El resultado de la consulta trae estos campos. Los dos que deciden si el gasto cuenta son el importe deducible por concepto —que puede ser menor que el total de la factura— y la forma de pago.

Columnas del resultado del Visor de deducciones personales
Importe deducible por conceptoLa que hay que mirarNo siempre es el total de la factura. Si el comprobante mezcla conceptos deducibles y no deducibles, aquí sale sólo la parte que cuenta.
Forma de pagoLa que tumba deduccionesSi dice efectivo, la deducción no procede en las categorías que exigen medio electrónico, aunque tú hayas pagado con tarjeta. Se corrige con una sustitución.
Tipo de deducciónEn cuál de las categorías del artículo 151 quedó clasificado el gasto. Un servicio médico clasificado como otra cosa no suma donde debería.
Clave de producto o servicioLa clave del catálogo que eligió el emisor. Es la base de la clasificación automática: si es genérica, el gasto puede quedar fuera.
RFC y nombre del emisorSirve para localizar a quién pedirle la refactura, y para verificar que la escuela o la donataria estén en el padrón que corresponde.
Folio fiscalEl UUID del comprobante. Es lo que se cita al pedir una aclaración y lo que permite verificar el CFDI en el validador oficial.

También puedes descargar pdf del comprobante, xml del comprobante, excel del listado completo. Si necesitas todos tus comprobantes del año, no sólo los clasificados, la ruta es otra: cómo descargar tus CFDI emitidos y recibidos.

«Sin clasificación»: lo que sí se puede rescatar dentro del aplicativo

Un CFDI que el clasificador no reconoció ya no desaparece: se queda a la vista en «Sin clasificación» y desde ahí puedes reclasificarlo al concepto que le toca, o capturarlo a mano. Es la diferencia entre perder una deducción buena por un error de forma del emisor y recuperarla en la propia declaración.

«En el apartado de Deducciones personales se considerarán los CFDI que no estén clasificados como tales debido a alguna inconsistencia. Esta podrá visualizarse en el aplicativo en el apartado de «Sin clasificación», con la opción de reclasificarlos o agregarlos manualmente, siempre que se cuente con la documentación soporte correspondiente.»
SAT, Declaración Anual de personas — Beneficios y mejoras

Qué NO arregla reclasificar

Reclasificar cambia la etiqueta, no el fondo. Si el CFDI dice forma de pago 01 (efectivo) en una categoría que exige medio electrónico, si el emisor no está autorizado para el concepto, o si el receptor no eres tú, la deducción sigue sin proceder por mucho que la muevas de casilla. Eso se arregla antes, con la refactura.

La propia frase del SAT lo condiciona: «siempre que se cuente con la documentación soporte correspondiente». Guarda el CFDI, el comprobante del pago electrónico y, cuando aplique, el certificado o la constancia que exija la categoría.

Cómo se sustituye un CFDI con errores (motivo 01), en orden

Lo que casi todas las guías dicen al revés

«Que lo cancele y luego me haga otro.» Con el motivo 01 no funciona: la cancelación pide el folio fiscal de la sustituta, y ese folio todavía no existe si no se emitió antes.

  1. El emisor timbra la factura NUEVA con los datos correctos.

  2. En esa factura nueva relaciona la equivocada: nodo de CFDI Relacionados, tipo de relación «04 Sustitución de los CFDI previos», con el UUID del comprobante con errores.

  3. Ya con la sustituta timbrada, el emisor solicita la cancelación del comprobante equivocado y elige el motivo «01 Comprobante emitido con errores con relación».

  4. En esa solicitud captura el folio fiscal (UUID) de la factura sustituta.

  5. Si por el tipo, el monto o la fecha del comprobante hace falta la aceptación del receptor, la cancelación no surte efecto hasta que aceptas o vence el plazo para responder.

Conviene dejar pasar un momento entre el paso 1 y el paso 3: la relación entre los dos comprobantes tiene que haberse actualizado del lado del SAT para que la solicitud no se rechace.

SAT, guía de llenado del CFDI (Anexo 20) y catálogo de motivos de cancelación.

Hasta cuándo se puede corregir una factura del año pasado

La cancelación de un CFDI puede hacerse a más tardar en el mes en el que se deba presentar la declaración anual del ISR del ejercicio en que se expidió el comprobante. Para una persona física, cuya anual se presenta en abril, la ventana de un comprobante del ejercicio anterior llega hasta abril del año siguiente. Descubrir en marzo o abril que una factura del año pasado salió mal ya no es automáticamente tarde.

Lo que ese plazo NO te garantiza

  • El plazo es legal, no comercial: el emisor no queda obligado a reexpedir, y muchos dejan de hacerlo mucho antes.
  • Donde aplica la aceptación del receptor, la cancelación no surte efecto hasta que ésta ocurre o vence el plazo para responder.
  • Un CFDI con otros relacionados exige cancelar en el orden correcto, empezando por los que dependen de él.
  • Cancelar un comprobante de ingreso obliga a justificar y soportar documentalmente el motivo.

Tener plazo hasta abril no es lo mismo que convenir esperar a abril. Cuanto más fresca la operación, más probable es que el emisor la corrija sin pelea, y menos riesgo hay de llegar al aplicativo con la deducción en el aire.

CFF, Art. 29-A, cuarto párrafo (reforma DOF 07/11/2025, vigente desde el 01/01/2026)

El detalle del trámite —los motivos 01 a 04, la aceptación del receptor y el orden de los comprobantes relacionados— está en la guía de cancelación de CFDI.

El hábito que convierte esto en dinero: revisarlo cada tres meses

Casi todos los problemas del visor se arreglan con una refactura, y el plazo LEGAL para pedirla es más largo de lo que suele decirse: llega hasta el mes en que se presenta la anual del ejercicio en que se expidió el comprobante. Lo que no se alarga es la buena voluntad del emisor: el consultorio que facturó a público en general en marzo tiene muchas menos ganas de reexpedir trece meses después que trece días después. El plazo te da margen; el hábito te da la deducción.

  • Abril: primera revisión del ejercicio en curso. Los hipotecarios ya deben aparecer.
  • Julio y octubre: revisiones de rutina. Refacturar lo que salió mal todavía es fácil.
  • Primera semana de diciembre: la última oportunidad real de corregir cualquier cosa del año, y de decidir si conviene una aportación al PPR antes del cierre.

Preguntas frecuentes

¿Dónde está el visor de deducciones personales?

En el portal del SAT, en la sección de Declaraciones. Se entra con tu RFC y Contraseña, o con e.firma, y muestra las facturas que el SAT ya clasificó como deducciones personales tuyas. Es gratuito y no presenta nada: es sólo una consulta de lo que tendrás precargado en abril.

¿Por qué no aparece mi factura en el visor?

Las causas frecuentes son cuatro: el CFDI se emitió a otro RFC o a público en general, la forma de pago dice efectivo, la clave de producto o servicio no describe un servicio deducible, o el comprobante se canceló. El propio visor trae una columna de motivo de no clasificación que dice cuál de ellas fue.

¿Cada cuándo se actualiza el visor?

La fecha hasta la que está actualizada la información aparece en la parte superior de tu lista de deducciones precargadas cada vez que consultas. No es un dato fijo, así que conviene mirarlo antes de concluir que falta un gasto: puede que el CFDI sea posterior al último corte.

¿Por qué no veo mis intereses de crédito hipotecario?

Porque esa información se visualiza a partir de febrero del ejercicio que corresponda, cuando las instituciones del sector financiero presentan su declaración informativa de intereses. No es un error del banco ni tuyo. Si en marzo sigue vacío, pide la constancia de intereses reales directamente a tu banco.

¿El visor es lo mismo que mis CFDI recibidos?

No. Tus CFDI recibidos son todas las facturas emitidas a tu RFC, deducibles o no. El visor es un subconjunto: sólo las que el SAT clasificó como deducción personal. Un gasto puede estar en tus CFDI recibidos y no aparecer en el visor, y eso es justo lo que hay que corregir antes de abril.

¿Qué hago si un gasto está mal clasificado?

En este orden: el emisor timbra PRIMERO la factura sustituta con tus datos correctos y relaciona en ella la equivocada con el tipo de relación 04; después cancela la equivocada con motivo 01 y captura ahí el folio de la sustituta. El orden importa, porque el motivo 01 pide el folio del comprobante que sustituye y ese folio no existe si no se emitió antes.

¿Qué tipos de deducción identifica el visor?

Nueve: honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios, gastos funerarios, donativos, aportaciones complementarias, primas por seguros de gastos médicos, transportación escolar, depósitos en cuentas especiales para el ahorro, colegiaturas y créditos hipotecarios. Es un error frecuente creer que colegiaturas, funerarios, transporte escolar y donativos no salen ahí: los cuatro están en el filtro del aplicativo.

¿El visor trae todas mis deducciones?

Identifica los nueve tipos de deducción personal, y lo que reconoce te llega precargado. Lo que no garantiza es que TU factura concreta haya llegado bien: un CFDI puede faltar, estar en la categoría equivocada o caer en «Sin clasificación». Ahí te toca revisar si conviene corregirlo con el emisor, reclasificarlo en el aplicativo o capturarlo a mano, siempre que tengas la documentación soporte.

Con el visor revisado, sigue

Quién escribió esta guía

Deepak Middha, fundador y autor de calcu.mx. Contador público colegiado con dieciocho años de experiencia en fondos de cobertura. Lo que muestra el visor, sus columnas y la regla de los intereses hipotecarios desde febrero se transcribieron de la ficha del propio SAT y de su documento de preguntas frecuentes. Fundamento que cita el SAT: LISR, Arts. 151 y 185; RLISR, Arts. 250, 264, 266, 267, 269, 303 y 305; Decreto DOF 26/12/2013, Arts. 1.8., 1.9. y 1.10.

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Fuentes oficiales y referencias

Fuentes leídas el 28 de agosto de 2026. Se transcribieron los artículos 98 —fracción III, inciso por inciso—, 150, 151 —incluidos el segundo párrafo de su fracción I, sobre incapacidad y discapacidad, y su último párrafo—, 152 y 185 de la LISR; los artículos 12, 22, 29-A, 73, 81 y 82 del CFF; las reglas 2.3.2., 3.13.7., 3.17.3. y 3.17.11. de la Resolución Miscelánea Fiscal; el Anexo 5 de la RMF vigente, del que salen los importes de multa; el decreto de colegiaturas del DOF del 26 de diciembre de 2013; y las fichas del Portal del SAT sobre la Declaración Anual y sus mejoras, el Visor de deducciones personales, las deducciones personales, la consulta de la devolución y las multas. Última lectura completa: 28 de agosto de 2026. Los topes en pesos usan la UMA vigente y la tarifa anual del ejercicio 2026; ambos se revisan cada enero.

⚠️ Aviso importante. Esta guía es información educativa sobre reglas fiscales públicas, no asesoría fiscal, contable ni legal. Las herramientas de estas páginas hacen estimaciones con la tarifa y los topes vigentes: el cálculo que cuenta es el del aplicativo del SAT, que usa tu información precargada. Los topes, las multas y los plazos cambian con cada Resolución Miscelánea Fiscal. Calcu.mx no es el SAT, no está afiliado al SAT, no presenta declaraciones por ti, no consulta tu información fiscal y NUNCA te pedirá tu Contraseña, tu CIEC ni tu e.firma. Esta página no consulta tu visor ni tus facturas: explica cómo hacerlo tú en el portal del SAT.

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