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Calculadora de utilidades (PTU) 2026

Estima tu reparto de utilidades (PTU) en México, con el pago que se hace en 2026 sobre las utilidades del ejercicio fiscal 2025. Captura tu salario fijo para PTU y tus días computables para ver el tope legal (3 meses de salario o el promedio de los últimos 3 años); si conoces el monto que reparte tu empresa y los totales del personal, la calculadora hace una estimación detallada repartida por días y por salario. El resultado depende de los datos definitivos del proyecto de reparto de tu empresa.

Estimación detallada de PTU

Estima la PTU que se paga en 2026 con base en las utilidades del ejercicio fiscal 2025 de tu empresa. El resultado se acerca al monto real solo cuando conoces: el total de PTU a repartir, los días computables y la base salarial de todo el personal con derecho, tus días computables, tu base salarial de PTU, el promedio de la PTU de los últimos 3 años y tu categoría. El resultado depende de los datos definitivos del proyecto de reparto de tu empresa.

Determina tu derecho y, en su caso, el tope de tu salario base (Art. 127 LFT).

Cuota diaria en efectivo × 30 (Art. 124 LFT). No incluyas horas extra, bonos, prestaciones integradas ni otros conceptos excluidos. Ideal para salario fijo.

Si tu salario fue variable, mixto, por comisión, destajo o cambió durante el año, marca la casilla de arriba y usa el salario anual base para PTU determinado con tus percepciones aplicables del ejercicio.

Incluye, según aplique: días laborados, descansos semanales, días festivos, vacaciones, permisos con goce, incapacidad por maternidad e incapacidad por riesgo de trabajo. Máx. de referencia: 365 (ejercicio 2025).

El tope es el MAYOR entre 3 meses de salario y este promedio (Art. 127 fr. VIII). Si lo dejas vacío, se usa solo el de 3 meses.

Datos de la empresa (opcional, para acercar el reparto)

Utilidad fiscal × 10%.

Tope máximo de PTU

Ingresa los valores para ver tu resultado.

La PTU se reparte 50% por días computables y 50% por el salario devengado (Art. 123 LFT), con el salario base en efectivo del Art. 124 (sin horas extra ni bonos). El monto individual está topado al MAYOR entre 3 meses de salario y el promedio de la PTU de los últimos 3 años, lo que te resulte más favorable (Art. 127 fr. VIII LFT). Los primeros 15 días de UMA están exentos de ISR (Art. 93 fr. XIV LISR; en 2026 = 15 × $117.31 = $1,759.65). La parte que exceda es potencialmente gravada, no la retención final: el ISR definitivo lo calcula tu nómina. Esta es una estimación educativa; el cálculo definitivo lo determina la Comisión Mixta de Reparto de Utilidades de tu empresa con los datos reales de todo el personal.

Los resultados son estimaciones educativas basadas en la Ley Federal del Trabajo. No constituyen asesoría jurídica ni laboral. Los casos laborales varían según contrato, convenio y circunstancias individuales. Calcu.mx no está afiliado al IMSS, ISSSTE, STPS ni a ninguna autoridad laboral. Consulta a un abogado o asesor laboral.

¿Qué es la PTU (reparto de utilidades)?

La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es el derecho de los trabajadores a recibir una parte de las ganancias de la empresa donde laboran. Está en la Constitución y en la Ley Federal del Trabajo: las empresas reparten el 10% de su renta gravable del ejercicio entre su personal con derecho. El pago se hace una vez al año, a más tardar el 30 de mayo (60 días después de la declaración anual de personas morales).

No todos los ingresos ni todas las empresas entran igual: hay exclusiones (por ejemplo, empresas de nueva creación en su primer año) y trabajadores sin derecho (como directores y administradores generales). La reforma de 2021 fijó además un tope al monto individual, que explicamos abajo.

Cómo se calcula la PTU (paso a paso)

El monto total a repartir (el 10% de la utilidad) se divide en dos partes iguales. Una mitad se reparte según los días trabajados por cada persona en el año, y la otra mitad según el salario que percibió. Así, quien trabajó más días y quien ganó más salario reciben proporcionalmente más de su respectiva mitad.

  • 1. Determina el monto repartible: 10% de la utilidad fiscal del ejercicio.
  • 2. Divídelo en dos mitades iguales: una por días computables, otra por salarios.
  • 3. Mitad por días: (monto/2) × (tus días computables ÷ días de todo el personal).
  • 4. Mitad por salario: (monto/2) × (tu salario anual de PTU ÷ base salarial de todo el personal). El salario base es la cuota diaria en efectivo (Art. 124), sin horas extra ni bonos.
  • 5. Suma ambas partes y aplica el tope: el MAYOR entre 3 meses de salario (tu salario anual de PTU ÷ 12 × 3) y el promedio de la PTU de los últimos 3 años.

El tope de la PTU (reforma 2021)

Desde la reforma de 2021 (Art. 127 fr. VIII LFT), la PTU individual está limitada al monto que resulte MAYOR entre tres meses de tu salario y el promedio de la PTU que recibiste en los últimos tres años, aplicándose el que te sea más favorable. Este tope evita repartos desproporcionados y es la razón por la que, aun con utilidades altas, tu PTU no crece sin límite.

La calculadora deriva los tres meses de tu salario anual de PTU (salario anual ÷ 12 × 3) para que sea consistente con la base usada en el reparto, y te lo muestra aunque no captures los datos de la empresa (es el máximo que podrías recibir por esa vía). Si conoces el promedio de tu PTU de los últimos 3 años, captúralo: si es mayor, se usará ese como tope. Y si además ingresas el monto a repartir y los totales del personal, hacemos la estimación detallada y le aplicamos el tope más favorable.

Ejemplo práctico

Supón un trabajador de planta con salario fijo de 12,000 pesos al mes que tuvo 365 días computables. Su cuota diaria de PTU es 12,000 ÷ 30 = 400 pesos y su salario anual de PTU es 400 × 365 = 146,000 pesos. Su tope es 146,000 ÷ 12 × 3 = 36,500 pesos (o el promedio de su PTU de los últimos 3 años, si fuera mayor). Si su empresa reparte 500,000 pesos, el personal sumó 7,300 días y 2,500,000 pesos de base salarial, la parte por días es 250,000 × (365/7,300) = 12,500 pesos y la parte por salario es 250,000 × (146,000/2,500,000) = 14,600 pesos. Su PTU antes del tope es 27,100 pesos; como es menor que 36,500, no se topa.

Cambia los números en la calculadora para ver tu caso. Recuerda que el salario base de la PTU es la cuota diaria en efectivo (sin horas extra ni bonos), y que el resultado es una estimación que depende del proyecto de reparto definitivo de tu empresa.

PTU, finiquito y otras prestaciones

La PTU es independiente del aguinaldo, las vacaciones y el finiquito, pero suele revisarse junto con ellos. Si eras trabajador de planta y dejaste la empresa durante el año, conservas el derecho proporcional a la PTU por tus días computables, y se te paga cuando la empresa haga el reparto. Los trabajadores eventuales necesitan al menos 60 días computables para participar, y siguen aplicando las exclusiones (dirección, administración y gerencia general) y los topes del Art. 127. Para estimar lo que te corresponde al terminar la relación laboral, usa la calculadora de finiquito.

Fuentes oficiales y referencias

  • Ley Federal del Trabajo (LFT)Art. 117-131: Art. 123 (reparto 50/50), Art. 124 (salario base = cuota diaria), Art. 127 fr. I (exclusión dirección), fr. II (confianza +20%), fr. VII (eventual 60 días) y fr. VIII (tope 3 meses o promedio de 3 años)
  • LFT — trabajo en plataformas digitalesArt. 291-C y ss.: derecho a PTU al superar 288 horas efectivas al año e ingreso neto mensual ≥ 1 salario mínimo
  • Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR)Art. 93 fr. XIV — exención de 15 UMA de la PTU (desindexación 2016: se mide en UMA)
  • SAT — Manual del reparto de utilidades (PTU) 2026 e INEGIdías computables, cálculo del ISR de la PTU y valor de la UMA vigente (1-feb-2026)
  • PROFEDETorientación gratuita sobre el reparto de utilidades

Consulta fuentes oficiales o un profesional antes de tomar decisiones fiscales, laborales, legales o financieras.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula la PTU en 2026?

La PTU 2026 se calcula sobre las utilidades del ejercicio 2025. Se reparte el 10% de la utilidad: la mitad según los días computables de cada persona y la otra mitad según su salario base (cuota diaria en efectivo, sin horas extra ni bonos). El resultado individual se limita al mayor entre 3 meses de salario o el promedio de la PTU de los últimos 3 años.

¿Cuándo se paga la PTU?

A más tardar el 30 de mayo para personas morales (60 días después de la declaración anual) y el 29 de junio para personas físicas. Es un pago anual sobre las utilidades del ejercicio anterior.

¿Cuál es el tope de la PTU?

Desde 2021, la PTU individual no puede superar el monto mayor entre tres meses de salario o el promedio de la PTU recibida en los últimos tres años. La calculadora aplica ese tope automáticamente.

¿Quién tiene derecho a la PTU?

En general, quienes prestaron servicios durante el ejercicio. Hay reglas por categoría (Art. 127 LFT): la dirección, administración y gerencia general están excluidas; los eventuales necesitan al menos 60 días computables; a las personas de confianza se les topa el salario al del trabajador de base mejor pagado más 20%; y en plataformas digitales se requiere superar 288 horas efectivas al año. Quienes trabajaron parte del año reciben la parte proporcional.

¿Si renuncié tengo derecho a utilidades?

Si eras trabajador de planta, conservas el derecho proporcional a la PTU por tus días computables y se te paga cuando la empresa realice el reparto, aunque ya no labores ahí. Los eventuales necesitan al menos 60 días computables, y siguen aplicando las exclusiones (dirección, administración y gerencia general) y los topes del Art. 127.

¿La PTU paga ISR?

Sí, pero con una exención: los primeros 15 días de UMA están exentos de ISR (Art. 93 fr. XIV LISR). Tras la desindexación de 2016 esta exención se mide en UMA, no en salario mínimo: en 2026 equivale a 15 × 117.31 = 1,759.65 pesos. Sólo la parte de tu PTU que exceda ese monto es potencialmente gravada; la retención final la calcula tu nómina con tu situación del periodo.

¿Esta calculadora da el monto definitivo de mi PTU?

No: es una estimación detallada. El monto definitivo lo determina la Comisión Mixta de Reparto de Utilidades de tu empresa con los días computables y salarios reales de todo el personal. La estimación se acerca al reparto real en la medida en que captures los datos correctos de la empresa y tu categoría.

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